Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 05/07/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 153 venres, 5 de xullo de 2019

BOP Lugo
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
LUGO, veinte de junio de dos mil diecinueve.EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
R. 1900

Anuncio DON SINESIO NOVO FERNÁNDEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de Lugo, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 421/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de DÑA. MARÍA FE
RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ contra la empresa JOSÉ LUIS ROBLEDO ÁLVAREZ, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de SUPLICACIÓN para ante la SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, debiendo en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo y, si fuese la empresa demandada quien lo hiciese, acreditando, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este Juzgado de lo Social en la Entidad Banco Santander antes Banesto, oficina principal. Cta.
núm. 2323000065042118, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, si fuera la empresa demandada quien intentase interponer el recurso de SUPLICACIÓN, deberá consignar el depósito de 300,00 euros, en la cuenta corriente denominada recurso de suplicación que, con el núm. 2323000065042118 mantiene este Juzgado de lo Social en la misma Entidad Bancaria, debiendo el recurrente entregar en la Secretaria del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
Así por esta mí sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a JOSÉ LUIS ROBLEDO ÁLVAREZ, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Lugo, veinticuatro de junio de dos mil diecinueve.- EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
R. 1901

XULGADO DO SOCIAL N.º 3 LUGO
Anuncio D MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ CARBALLO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de LUGO, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000047/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de MUTUA FRATERNIDAD MUPRESPA, contra DON FERNANDO LUCAS CARRAL, sobre ORDINARIO, se ha dictado DECRETO, en fecha 25.06.19, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo:- El embargo de bienes inmuebles de propiedad del ejecutado FERNANDO LUCAS CARRAL, Fincas Rústicas inscritas en el Registro de la Propiedad de Villalba con los números 1.422, 1423 y 2.051, y ello a fin de
Anuncio publicado en: Num BOP 153 año 2019 04/07/2019 14:19:51
05/07/2019 08:00:00

Que estimando la demanda formulada por D MARÍA FE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, contra la empresa JOSÉ
LUIS ROBLEDO ÁLVAREZ, declaro improcedente el despido de la demandante con efectos de fecha 21 de marzo de 2018, y condeno a la empresa demandada,a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta resolución, opte entre readmitir al demandante en su puesto de trabajo o indemnizarle por la extinción de la relación laboral con la cantidad de 625,24 euros, sin salarios de tramitación, debiendo poner en conocimiento del Juzgado en el plazo antes dicho, si optan o no por la readmisión. En caso que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación, a razón de 32,84 euros diarios. Así como condeno a la demandada al pago de la cantidad de 691,56 euros por salarios del mes de marzo de 2018, con el interés moratorio del 10%, y de 559,81 euros por vacaciones no disfrutadas.

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Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 05/07/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

CountrySpain

Date05/07/2019

Page count40

Edition count3289

First edition01/03/2013

Last issue29/04/2024

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