Diario Oficial El Peruano del 12/12/2023 - Procesos Constitucionales

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Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 04/12/2023 00:17

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Lunes 4 de diciembre de 2023

AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL DESARROLLO

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XIX / Nº 3666

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO DE HÁBEAS CORPUS
Sala Primera. Sentencia 644/2023
EXP. No 03938-2022-PHC/TC
LIMA
MARÍA YARSELI FLORES BUSTAMANTE Y OTRA
REPRESENTADAS POR FERNANDO HUAROTE
ZEGARRA ABOGADO
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 23 días del mes de octubre de 2023, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, conformada por los magistrados Monteagudo Valdez, Pacheco Zerga y Ochoa Cardich, pronuncia la siguiente sentencia.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Fernando Huarote Zegarra abogado de doña María Yarseli Flores Bustamante y doña Paola Fernanda Yepez Piña contra la resolución de foja 347, de fecha 18 de julio de 2022, expedida por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de habeas corpus de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 22 de mayo de 2022, doña Gloria Isidora Cabrera Lizano interpuso demanda de habeas corpus f. 2 a favor de doña María Yarseli Flores Bustamante y doña Paola Fernanda Yépez Piña; y la dirigió contra la teniente PNP de la Comisaría de Miraflores, doña Karolayne Melgar Benavides y contra el fiscal adjunto del Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Penal Corporativa de Cercado de Lima, don Javier Junior Gamboa Besada. Alega la vulneración del derecho a la libertad personal.
El recurrente solicita se disponga la inmediata libertad de las favorecidas.
Alega que el día sábado 21 de mayo de 2022, los policías al mando de la teniente Karolayne Melgar Benavides se acercaron aproximadamente a las 4:15 p. m. al local de la empresa R &
M Portátiles, deteniendo a doña Paola Fernanda Yépez Piña, doña María Yarseli Flores Bustamante y a doña Sarita Medalid Delgado Pérez, sin mandato judicial, sin intervención fiscal y sin existir flagrancia. Precisa que doña Sarita Medalid Delgado Pérez fue puesta en libertad horas después.
Señala que al momento de la detención no hubo flagrancia, pues no hubo inmediatez personal ni inmediatez regular, habida cuenta de que al momento de la intervención policial jamás estuvo la mercadería supuestamente obtenida mediante estafa financiera, en el lugar donde estaban las detenidas. Además, que, hasta ese momento, ya había transcurrido más de treinta minutos entre la comisión del supuesto hecho delictivo y la detención policial, circunstancia que distorsiona la flagrancia.
Refiere que las detenidas no son dueñas de la mercadería, sino simples trabajadoras de una empresa, pues ellas estaban
plenamente identificadas con fotocheck y con polo distintivo de la empresa, por tanto, eran completamente ajenas al delito precedente a la receptación que se les atribuye injustamente.
Finalmente, hace mención que el fiscal demandado conoce que las detenidas están internadas en el calabozo con una medida arbitraria dispuesta por la teniente Karolayn Melgar Benavides y que por capricho y ensañamiento del supuesto agraviado las favorecidas están padeciendo una detención arbitraria y desproporcionada.
El Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, a través de la Resolución 1 f. 18, de fecha 22 de mayo de 2022, admitió a trámite la demanda.
A foja 35 de autos obra la contestación de la demanda de parte de doña Karolayne Rubí Melgar Benavides quien manifiesta que la intervención realizada a las favorecidas ha reunido todas las formalidades de ley; así como las detenidas fueron patrocinadas por su abogado de libre elección, a quien se le brindaron todas las facilidades para que ejerza su defensa. Finalmente, precisa que las favorecidas han aceptado la comisión de los hechos por los que fueron detenidas y que en la etapa de instrucción no han manifestado ningún tipo de arbitrariedad en su detención.
Don Javier Junior Gamboa Besada, mediante Informe 001-2022-JJGB-FAPP-3D-1FPPCCLBRJM, de fecha 22 de mayo de 2022 f. 81, refiere que el 21 de mayo de 2022, a las 19:00 horas, se le comunicó la detención en flagrancia de las favorecidas por parte del personal policial de la Depincri Miraflores San Isidro, indicando que habían realizado una intervención en una galería de venta de productos de cómputo dentro de su jurisdicción. Ante ello, se solicitó la remisión de los principales actuados a efectos de emitir la disposición que corresponda, la cual fue debidamente motivada y remitida a la unidad policial que realizó la detención en flagrancia de las favorecidas. Añade que no solo se emitió la disposición que correspondía, sino que también se constituyó al lugar donde se encontraban las favorecidas para recibir las manifestaciones de las partes implicadas con el único afán de acelerar las diligencias y tomar conocimiento directo de las implicancias del presente caso, y que se tiene hasta 48 horas de la detención para realizar las diligencias que se dispongan.
Sostiene que existe un presunto modus operandi de personas que adquieren equipos informáticos de manera irregular para luego ofrecerlos al público en general como si se trataran de equipos adquiridos de manera legal.
A foja 127 de autos obra la Razón del secretario judicial en la que se da cuenta que se constituyó a la dependencia policial y se le hizo entrega de las órdenes de libertad expedidas por el fiscal de cada una de las favorecidas, quienes fueron puestas en libertad el día 22 de mayo a las 16:58 horas la investigada Paola Yépez Piña y a las 17:00 horas la investigada María Flores Bustamante.
El comandante PNP Ramón Tercero Vásquez Vela, jefe del Departamento de Investigación Criminal San Isidro Miraflores, remitió el Oficio 03907-2022-REG.POLLIMA-DIVPOL-SUR1DEPINCRI-SANISIDRO-MI-E1f. 131 mediante el cual informa y remite el resultado de la investigación preliminar seguida contra Paola Fernanda Yépez Piña por la presunta comisión del delito de receptación, en agravio de Edwin Iván Adama Rosales y contra María Yarsely Flores Bustamante por la

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Diario Oficial El Peruano del 12/12/2023 - Procesos Constitucionales

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Date04/12/2023

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