Diario Oficial El Peruano del 11/11/2021 - Procesos Constitucionales

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Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 16/11/2021 04:13

AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA

Martes 16 de Noviembre de 2021

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XVII / Nº 3254

1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO COMPETENCIAL
Pleno. Sentencia 868/2021
Caso de parámetros urbanísticos
Expediente 00003-2020-PCC/TC
RAZÓN DE RELATORÍA
En la sesión de Pleno del Tribunal Constitucional, de fecha 28
de septiembre de 2021, se reunieron los magistrados Ledesma Narváez, Ferrero Costa, Miranda Canales, Blume Fortini, Sardón de Taboada y Espinosa-Saldaña Barrera a efectos de pronunciarse sobre la demanda de conflicto competencial que dio origen al Expediente 00003-2020-PCC/TC.
La votación fue la siguiente:
- Los magistrados Ferrero, Sardón ponente y Blume votaron por declarar fundada la demanda en todos sus extremos.
- Los magistrados Ledesma, Miranda y Espinosa-Saldaña votaron a favor de declarar infundada la demanda.
Estando a la votación descrita, corresponde aplicar el acuerdo de Pleno de fecha 28 de septiembre de 2021, en el que se dispuso que en los procesos competenciales, cuando no se obtengan cinco votos conformes para dictar sentencia, como lo dispone el artículo 112, primer párrafo del Nuevo Código Procesal Constitucional, se tendrá por infundada la demanda en aplicación de los artículos 111, segundo párrafo, y IX del Título Preliminar del código mencionado. Por lo que, se declara INFUNDADA la demanda.
La Secretaría del Pleno deja constancia de que la presente razón encabeza los votos antes referidos, y que los magistrados intervinientes en el Pleno firman digitalmente al pie de esta razón en señal de conformidad.
Flavio Reátegui Apaza Secretario Relator SS.
LEDESMA NARVÁEZ
FERRERO COSTA
MIRANDA CANALES
BLUME FORTINI
SARDÓN DE TABOADA
ESPINOSA-SALDAÑA BARRERA
VOTO DE LOS MAGISTRADOS FERRERO COSTA, BLUME FORTINI Y SARDÓN DE TABOADA
TABLA DE CONTENIDOS
I. ANTECEDENTES
A. Petitorio Constitucional B. Argumentos de las Partes
Demanda Contestación de la demanda Amicus Curiae II. FUNDAMENTOS

1. Naturaleza del presente conflicto competencial 2. Competencias en materia de parámetros urbanísticos y edificatorios 3. Marco normativo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en materia de Viviendas de Interés Social 4. Competencias exclusivas de los gobiernos locales en materia de desarrollo urbano 5. Sobre los efectos de la sentencia III. FALLO

I. ANTECEDENTES
A. Petitorio Constitucional El 2 de octubre de 2020, Augusto Federico Cáceres Viñas, en su condición de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Isidro, interpone demanda competencial contra el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuestionando los artículos 9.2, 10.3, 10.4 y 10.6 del Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación, por contravenir la competencia del gobierno local de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la Municipalidad Distrital de San Isidro.
Por su parte, el 19 de febrero de 2021, el Poder Ejecutivo contesta la demanda solicitando que sea declarada infundada en todos sus extremos.
B. Argumentos de las Partes Demanda Los argumentos de la demanda son los siguientes:
- La municipalidad recurrente alega que el Decreto Supremo 010-2018-VIVIENDA y el Decreto Supremo 012-2019-VIVIENDA, así como el 02-2020-VIVIENDA afectan las atribuciones conferidas a la MML, ya que, al establecer los parámetros urbanísticos y edificatorios para los proyectos de edificación para viviendas de interés social, están contraviniendo las competencias municipales en materia de edificación urbanística.
- Alega que la Constitución dispone que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política. Además, sostiene que, los gobiernos locales son competentes para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial.
- Por ello, el demandante sostiene que, es competencia de las municipalidades provinciales la aprobación de la zonificación, que comprende la determinación de los parámetros urbanísticos y edificatorios para cada zona de la circunscripción que le corresponde.
- Refiere que la Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce jurisdicción sobre las municipalidades distritales de la Provincia de Lima en las materias de su competencia, por ello señala que, la Municipalidad de San Isidro se sujeta a las disposiciones en materia de control de suelo dispuestas por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
- Sostiene que la Municipalidad Metropolitana de Lima ha aprobado la zonificación del distrito de San Isidro mediante la

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Diario Oficial El Peruano del 11/11/2021 - Procesos Constitucionales

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CountryPeru

Date16/11/2021

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