Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/04/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIV - Nº 83
CORDOBA, R.A. MARTES 14 DE ABRIL DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

1. DEJAR SIN EFECTO, la Resolución J Nº: 73599 de fecha 16 de marzo de 2020 en virtud a lo reglado en el artículo 27 inc. a de la Ley Nº: 10.155/2013.

2. DISPONER se realicen los ajustes contables pertinentes.

3. Protocolícese, Comuníquese a quienes corresponda y Archívese copia.
FDO.: CRIO. GRAL. TEC. SUP. GUSTAVO MARCELO VELEZ, JEFE DE POLICIA

EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE
CÓRDOBA
Resolución N 83.093
Córdoba, 13 de abril de 2020
VISTO: los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nº 297/2020, 325/2020 y 355/2020, la Ley Provincial Nº 10.690, y los Decretos provinciales Nro. 195/2020, 201/2020, 235/2020 y 245/20, y CONSIDERANDO:
QUE a través de los instrumentos emitidos por el Estado Nacional, se dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio, el cual ha sido prorrogado sucesivamente desde el 1 de abril y hasta el 12 de abril, y desde el 13 y hasta el día 26 del mismo mes, todos del año 2020, habiéndose previsto también las excepciones pertinentes al cumplimiento de la medida;
QUE en el orden local, el Poder Ejecutivo Provincial emitió los Decretos relacionados, a través de los cuales dispuso el receso administrativo y sus prórrogas hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive, y la adhesión a la mentada medida impartida por el Gobierno Nacional;
QUE mediante las Resoluciones Nº 83.045 y 83.071, este Directorio dispuso la suspensión de los términos que se hallaran corriendo en los procedimientos administrativos en el ámbito de la Empresa, en los términos y con los alcances allí determinados, declarando también inhábiles a los días comprendidos entre las fechas que allí se expresan;
QUE en función de todo ello, y atendiendo a que los citados dispositi-

vos han sido emitidos con motivo de la situación sanitaria provocada por el virus COVID-19, y en atención a que la misma persiste al día de la fecha, procede en la instancia emitir la pertinente Resolución, prorrogando desde el día 13 de abril y hasta el día 26 inclusive del mismo mes, ambos del año en curso, lo dispuesto en los instrumentos previamente relacionados;

Por todo ello, en función de las disposiciones contenidas a los Artículos 5º, 17º y concordantes del Estatuto Orgánico de EPEC, aprobado por Ley Nº 9.087 y sus modificatorias, EL DIRECTORIO
DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA
EN SU SESIÓN DEL DÍA DE LA FECHA RESUELVE:
ART. 1º - Prorrogar las disposiciones de las Resoluciones Nº 83.045 y 83.071, desde el día 13 de abril y hasta el día 26 del mismo mes, ambos del año en curso.
ART. 2º - Comuníquese, dese copia al Ministerio de Servicios Públicos y a las dependencias que correspondiere, pase a Gerencia de Finanzas y a la Unidad Asesora Relaciones Públicas a sus efectos, debiendo archivarse el original de la presente en Área Despacho.FDO. ING. LUIS E. GIOVINE, PRESIDENTE CR. EDUARDO JESÚS GAUNA, VOCAL JUAN GROSSO, VOCAL.

TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N 50
Córdoba, 13 de abril de 2020
VISTO: Las Resoluciones N46/2020, N47/2020, N48/2020 y Nº 49/2020
dictadas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba, el Decreto Nacional Nº 355/2020, el Decreto Provincial Nº 245/2020; y el estado de situación sanitaria en la que se encuentra el país como consecuencia del progresivo avance del coronavirus COVID-19.
Y CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno Federal, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N
260/2020 ha ampliado la declaración de Emergencia Sanitaria, y en dicho contexto estableció una serie de medidas de acción, que resultan de aplicación en todo el territorio nacional, entre ellas lo dispuesto en los Decretos Nº 297/2020, 325/2020 y 355/2020 respecto del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
Que, la Provincia de Córdoba ha decretado el Estado de Alerta, PreBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

vención y Acción Sanitaria mediante el decreto N156/2020, y en su consecuencia mediante el Decreto N 157/2020, el Poder Ejecutivo, ha instruido a todas las jurisdicciones públicas provinciales para que actúen en forma coordinada con las autoridades sanitarias de la Provincia acatando las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, disponiendo entre otras cuestiones el receso administrativo mediante Decreto Nº 195/2020, cuya vigencia ha sido prorrogada hasta el 12 de abril -Decreto Nº 235/2020y el 26 de abril - Decreto Nº 245/2020- ambos del corriente año.
Que, este Tribunal de Cuentas, mediante las Resoluciones citadas en el visto, dispuso una serie de acciones con el objeto de actuar conforme las decisiones adoptadas a nivel nacional y provincial como consecuencia de la emergencia sanitaria, y en especial resolvió la exclusión del control preventivo de aquellos actos administrativos que dispongan gastos dentro del marco de la emergencia sanitaria declarada y/o con el fin de cubrir necesidades hasta índice treinta30, con el fin de poder dar una respuesta inmediata a la sociedad que se traduzca en un accionar eficaz y eficiente de este órgano de controlexterno.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/04/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha14/04/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones4150

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/05/2024

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