Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del
General Manuel Belgrano
MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXIV - Nº 84
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION
SUMARIO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Resolución Nº 40 Pag. 1
Resolución Nº 41 Pag. 1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Resolución N 40

Córdoba, 14 de abril de 2020
VISTO: La Resolución N 157, de fecha 13 de abril de 2020 BOE 14/04/2020
de la Secretaría General de la Gobernación de la Provincia de Córdoba, mediante la cual dispone la prórroga de las Resoluciones N 142 y 149 hasta el día 26 de abril inclusive, en sus mismos términos y condiciones.
Y CONSIDERANDO:
Que asimismo, la referida Resolución N 149, exceptuó de lo dispuesto por el artículo 2º del Decreto Nº 195/20 - en lo relativo a la declaración de días inhábiles durante el receso administrativo-, a las actuaciones vinculadas con contrataciones que se sustancien en el marco de las Leyes Nº 10155 y 8614, que resulten esenciales y de improrrogable ejecución para las distintas jurisdicciones del Sector Público Provincial no Financiero a criterio del Titular de cada Jurisdicción en el ámbito de su competencia.
Que en dicho marco normativo y, atento la necesidad y conveniencia de realizar contrataciones imprescindibles para continuar prestando un adecuado servicio de justicia, en este contexto de crisis sanitaria provocada por la irrupción de la enfermedad COVID-19; se considera oportuno adherir a la excepción dispuesta por la Provincia y en consecuencia, habilitar los plazos administrativos durante el receso judicial extraordinario dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia Acuerdo Reglamentario N
1620, del 16 de marzo del 2020, prorrogado por Acuerdos Reglamentarios Nros. 1621 y 1622, todos Serie A, al Área de Administración, dependiente de la Administración General, para que, a través de las oficinas técnicas pertinentes, lleve a cabo los procedimientos administrativos establecidos en el marco de las Leyes Nros. 10155 y 8614.
Que este Poder Judicial, es consecuente con el fin perseguido en cuanto a la implementación de tal excepción para procurar la satisfacción de las necesidades del ciudadano en la prestación del servicio de justicia
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

que esta Institución brinda, en armonía con las medidas que corresponda tomar en el marco de la situación excepcional y de emergencia social y sanitaria, y sin perder de vista el uso eficiente de los recursos públicos y la transparencia en el actuar de la Administración Pública Provincial y, en particular, de la Administración General de este Poder Judicial.
Por ello, y la facultad que surge de los arts.12 y 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N 8435, y el art. 7 del Acuerdo Reglamentario N
1620/2020 Serie A;
LA SEÑORA PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
RESUELVE:
1. ADHERIR a la excepción dispuesta por Resolución N 149 de la Secretaría General de la Gobernación, prorrogada por Resolución N 157, de fecha 13 de abril del año 2020 BOE 14/04/2020.
2. HABILITAR los plazos administrativos para llevar adelante los procesos de las contrataciones administrativas que resulten esenciales a la prestación del servicio de Justicia durante el receso judicial extraordinario al Área de Administración, dependiente de la Administración General, para que, a través de las oficinas operativas y técnicas pertinentes, establecidos en el marco de la Ley N 10155 Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial, y de la Ley N 8614 Régimen de Obras Públicas de la Provincia, conforme lo establecido en el punto 1. de la presente Resolución.

3. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y archívese.-

FDO: MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Resolución N 41
Córdoba, 14 de abril de 2020.VISTO: 1. Lo dispuesto por el artículo 166 in fine, de la Constitución Provincial y artículos 12 y 14, inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley 8435, en especial en cuanto prescribe: Artículo 14. ATRIBUCIONES del Presidente. Corresponde al Presidente: 3.- Ejercer las atribuciones de Superintendencia delegadas por el Tribunal Superior de Justicia y proveer en las no delegadas, en casos de urgencia, con cargo de dar cuenta.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y en los términos de las potestades conferidas por artículo 9 del Acuerdo Reglamentario Nº 1622, serie A del 12/04/2020, que facultó: a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia para que adopte las medidas urgentes que el devenir de los acontecimientos propios de la crisis sanitaria que se atraviesa exija en relación con el más adecuado funcionamiento del Poder Judicial, así como con el cumplimiento de la función jurisdiccional, con comunicación permanente al Alto Cuerpo en pleno.
2.- La necesidad y pertinencia de que, en este momento de excepción y
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/04/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha15/04/2020

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4126

Primera edición01/02/2006

Ultima edición27/04/2024

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