Diario Oficial El Peruano del 11/11/2022 - Procesos Constitucionales

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PROCESOS CONSTITUCIONALES

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pues el fallo condenatorio en su contra no fue revisado por una instancia superior, lo que generó amenaza al derecho a la libertad; por cuanto, pese a que los operadores jurídicos y justiciables estuvieron limitados de su desplazamiento y acceso físico a las instalaciones del Poder Judicial, se exige la presentación de un recurso, cuando los plazos procesales se encontraban suspendidos desde el 16 de marzo del 2020
al 04 de octubre del 2020, cuya reanudación del cómputo del plazo fue declarada expresamente por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la resolución Nº 118-2020-CEPJ a partir del 05 de octubre del 2020.DECISIÓN:
Por estas consideraciones, la Jueza del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Huánuco, con sujeción a la Constitución Política del Perú y Administrando Justicia a nombre de la Nación;

Sánchez, contra la resolución Nº 24 sentencia 40-2020, por vulnerar el debido proceso en su expresión de pluralidad de instancia y amenaza al derecho a la libertad de Noemí Huaccha Sánchez iii Restituir los efectos de la Resolución Nº 26 de fecha 24 de marzo del 2021 emitido por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Huánuco y continúese con el trámite que corresponde, para tal fin OFÍCIESE conforme corresponde.
Así lo pronuncio, mando y firmo en el despacho del Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de Huánuco, de la Corte Superior de Justifica de Huánuco a tres días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
NOTIFICÁNDOSE con arreglo a ley.ANABELY MEZA PÉREZ
Juez ANALY NARVI VELÁSQUEZ PIMENTEL
Especialista
FALLO:
i declarando fundada la demanda de Habeas Corpus.
ii Nula la resolución Nº 30-SPA de fecha 03 de diciembre del 2021, en el extremo que declara nulo por extemporáneo, i el concesorio de apelación concedido mediante resolución Nº 25 de fecha 24 de marzo del 2021, que resolvió conceder el recurso de apelación interpuesto por Noemí Huaccha
El Peruano Viernes 18 de noviembre de 2022

1

El proceso de Hábeas Corpus, desde la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional; Carlos Mesía Magistrado del Tribunal Constitucional-;
Gaceta Jurídica; Primera Edición, Julio 2007; pág. 13.

W-2120999-1

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
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1

En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente:
a b
Oficio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones Oficiales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El oficio podrá ser firmado digitalmente o con sello y firma manual del funcionario autorizado.
El archivo en formato Excel conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF.
Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http pga.editoraperu.com.
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2

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3

En el campo ASUNTO del correo institucional se deberá consignar el número de Oficio y nombre de la institución.
En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos.

4

Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación OP. Este mensaje será considerado Cargo de Recepción.

5

La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio.

6

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7

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Diario Oficial El Peruano del 11/11/2022 - Procesos Constitucionales

TitleDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

CountryPeru

Date18/11/2022

Page count38

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First edition08/01/2016

Last issue01/05/2024

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