Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/9/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 180

La Junta de Gobierno se reunirá con carácter ordinario cada jueves a las 10:00 horas.
No podrá celebrarse ninguna sesión sin asistencia del Alcalde y del Secretario de la Corporación o de quienes legalmente le sustituyan.

SEGUNDO.- DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LAALCALDIA
A FAVOR DE LAS TENENCIAS DE ALCALDIA Y SEÑORES Y SEÑORAS
CONCEJALES EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:

Delegar en los Tenientes de Alcalde y Concejales, con sujeción a las competencias propias y delegadas y las restantes que se ejercitan en la actualidad, a las previsiones y medidas del Plan de Ajuste 2014-2032, a las dotaciones presupuestarias del presupuesto en vigor en cada ejercicio y, con la observancia de no incurrir en las conductas definidas en el artículo 28 de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el ejercicio de las siguientes competencias:

2. 1. AREA ECONÓMICA, PATRIMONIO, GOBIERNO Y
ORGANIZACIÓN MUNICIPAL
2.1.1.- DELEGADA DEL ÁREA ECONÓMICA, PATRIMONIO, GOBIERNO
Y ORGANIZACIÓN MUNICIPAL: TENIENTE DE ALCALDE DOÑA MARÍA
BLANCA MERINO DE LA TORRE.

Competencias:

Ejercer las funciones que a los Delegados de Área asignan los artículos 140 y 141 del Reglamento Orgánico Municipal.

Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios económicos del Ayuntamiento, que comprenden los de Intervención, Gestión Tributaria e Inspección Fiscal, I.B.I., Tesorería, Recaudación, así como la preparación de los asuntos que hayan de someterse a la consideración del Sr. Alcalde-Presidente y de los demás órganos municipales, y en particular ejercer, entre otras, las siguientes atribuciones:
a Inspección e impulso de los servicios del Área Económica.
b Aprobación de Padrones fiscales, Plan de Inspección Tributaria, listas cobratorias y su puesta al cobro, fijación y modificación de plazos de cobranza.
c Aprobar las liquidaciones tributarias.
d Resolver reclamaciones contra tributos municipales.
e Acordar aplazamientos y fraccionamientos de ingresos de derecho público conforme a las bases de ejecución del Presupuesto y a la Ordenanza Fiscal General de Gestión y Recaudación.
f El reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente adquiridos.
g Autorizar y Disponer gastos de hasta 18.000 €, I.V.A. excluido y emitir informe previo de gastos y formulas de financiación, en las propuestas que le formulen los Tenientes de Alcalde, Concejales Delegados y los demás órganos municipales.
h Ordenar toda clase de pagos.
i Clavero de la tesorería del Ayuntamiento.
j Condonación de sanciones tributarias de acuerdo con la Ley y hasta el límite de 1.500€.
k Desarrollar la gestión económica conforme al presupuesto aprobado y a sus bases de ejecución. Si en el ejercicio de las competencias delegadas en los apartados a, b, c, d, e, f, g, h, j o en la letra b del apartado 2.4.6 de esta resolución, existiera informe desfavorable de la Intervención, automáticamente la competencia en el asunto concreto quedará avocada por el Sr. Alcalde, de conformidad con el artículo 217.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, salvo en los casos en que la resolución de la discrepancia corresponda al Pleno conforme al artículo 217.2 del indicado cuerpo legal.
l Publicar los edictos y anuncios correspondientes al Área Económica.
m La aprobación, a propuesta de Intervención, del plan de cuentas de contabilidad financiera que se asigne a aplicaciones y conceptos, tanto presupuestarios como no presupuestarios, de conformidad con lo que se establece en la Instrucción del Modelo normal de Contabilidad Local, así como la determinación de la estructura presupuestaria aplicable a los subconceptos que se creen conforme a las Bases de Ejecución del Presupuesto.
n La aprobación de las cuentas justificativas de pagos otorgados con carácter de a justificar y las que correspondan a anticipos de caja fija.
ñ La resolución de los expedientes de tercería de derecho de dominio o mejor derecho planteados en expedientes de la Recaudación.
2.1.2. DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS, ORGANIZACIÓN Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO: TENIENTE DE ALCALDE DOÑA MARINA DOLORES PERIS
SAYABERA.

Competencias:
a Dirigir, inspeccionar e impulsar la gestión de personal, asumiendo cuantas competencias no estén expresamente atribuidas a la Junta de Gobierno ni al Pleno Municipal; todo ello sin perjuicio de la Jefatura Superior del Personal que corresponde a la Alcaldía, y que no se delega conforme dispone el artículo 21.3 de la Ley 7/85. Esta delegación comprende la facultad de autorizar y disponer gastos de personal siempre que se trate de la ejecución de los acuerdos y convenios vigentes con el personal, cuya aprobación haya sido previamente adoptada por el Pleno, la Junta de Gobierno Local o la Alcaldía. Comprende asimismo la aprobación de los Convenios de Colaboración para prácticas formativas que no supongan coste económico para el Ayuntamiento.
b Dirigir, inspeccionar e impulsar la organización del Ayuntamiento asumiendo cuantas competencias no estén expresamente atribuidas a la Junta de Gobierno ni al Pleno. Todo ello sin perjuicio de la Jefatura Superior del Personal que corresponde a la Alcaldía, y que no se delega conforme dispone el artículo 21.3 de la Ley 7/85.
c En relación con la Promoción del Empleo, le corresponderá dirigir, inspeccionar e impulsar, asumiendo cuantas competencias no estén atribuidas expresamente a otras autoridades y órganos municipales, los servicios municipales destinados a:
Promover la integración de las personas al mercado laboral, mediante la mejora de la cualificación, la orientación profesional y el desarrollo de itinerarios de inserción laboral.
Desarrollar planes de formación y empleo que potencien y mejoren a empleabilidad de la población y favorezcan el acceso al empleo.
Impulsar todas aquellas actuaciones que garantice la adaptabilidad de las personas a
18 de septiembre de 2020

las oportunidades de empleo que ofrece el mercado de trabajo.
Trabajará de forma coordinada con los demás servicios cuando el ejercicio de estas funciones requiera la adopción de resoluciones o acuerdos que sean de competencia de otras áreas y servicios del Ayuntamiento.
2.1.3. DELEGADO DE INNOVACIÓN, COMUNICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
ELECTRÓNICA: TENIENTE DE ALCALDE DON FRANCISCO JAVIER BELLO
GONZÁLEZ.

Competencias:
a Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios de información y comunicación destinados a informar a los ciudadanos y a los medios de comunicación.
b Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios de la Oficina de Atención al Ciudadano, destinados a facilitar la tramitación administrativa de los asuntos que afecten a los ciudadanos a través de la OAC, OAC-Virtual y demás medios que se articulen.
c Velar por la imagen Corporativa del Ayuntamiento a través del diseño gráfico de los impresos administrativos, carteles, invitaciones y cualquier otro elemento impreso o audiovisual que difunda el Ayuntamiento, ocupándose de la distribución de los mismos y coordinándose con las demás autoridades y servicios para la implantación de las modificaciones que les afecten.
d Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios informáticos, telemáticos y electrónicos.
Impulsar la modernización tecnológica del Ayuntamiento, desarrollando entre otros, los proyectos relacionados en el ámbito de las Smart Cities, así como de Territorios y Destinos Turísticos Inteligentes, impulsando el despliegue de los mismos, incluyendo las iniciativas IoT Internet Of Thing Internet de las Cosas tanto en los edificios como en la vía pública, así como de Big Data para disponer de información del estado de la Ciudad, con el objetivo de que los servicios municipales puedan tomar las decisiones estratégicas más adecuadas.

Promover la participación de la ciudadanía en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la comunicación e información, incluyendo reducción de la brecha digital entre los ciudadanos, haciendo uso de plataformas y entornos interactivos y canales de comunicación digitales.

Presidir la Comisión de Modernización e Innovación.

Ordenar e inspeccionar la asistencia técnica y los servicios que presta al Ayuntamiento la empresa municipal EL PUERTO GLOBAL a través de los correspondientes encargos o convenios que procedan.
2.1.4. DELEGADO DE INFORMACIÓN GEOGRAFICA Y ESTADISTICA:
TENIENTE DE ALCALDE DON FRANCISCO JAVIER BELLO GONZÁLEZ.

Competencias:
Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios de Información Geográfica y Estadística asumiendo cuantas competencias no estén atribuidas, expresamente, a otras autoridades y órganos municipales.
2.1.5. DELEGADO DE PATRIMONIO: TENIENTE DE ALCALDE DON MILLÁN
ALEGRE NAVARRO.

Competencias:

Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios de Patrimonio asumiendo cuantas competencias no estén atribuidas, expresamente, a otras autoridades y órganos municipales, así como las competencias en materia de contratos patrimoniales, ya se trate de concesiones, autorizaciones, enajenaciones o adquisiciones siempre que se trate de contratos menores o de contratos que puedan adjudicarse por procedimiento negociado, salvo los procedimientos negociados a que se refiere el apartado 1.2.2.4.
letras d y e y 2.4.1. letra b, de esta resolución. Ejercerá asimismo las competencias relativas a la gestión, inspección y sanción de la Ordenanza Municipal de Instalaciones y Actividades Publicitarias.

2. 2. ÁREA DE ORDENACIÓN Y PLANIFICACIÓN URBANA, MEDIO
AMBIENTE Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
2.2.1.- DELEGADA DEL ÁREA DE ORDENACIÓN Y PLANIFICACIÓN URBANA, MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD SOSTENIBLE: TENIENTE DE ALCALDE
DOÑA DANUXIA MARÍA ENCISO FERNÁNDEZ.

Competencias:

Ejercer las funciones que a los Delegados de Área asignan los artículos 140 y 141 del Reglamento Orgánico Municipal.

Dirigir, inspeccionar e impulsar la gestión, la disciplina y el planeamiento urbanístico, asumiendo cuantas competencias no estén atribuidas expresamente a otras autoridades y órganos municipales y, en particular, las siguientes:
a.- Dictar las resoluciones derivadas de la no aceptación de declaraciones responsables de obras.
b.- Dictar resoluciones de cambio de titularidad de actividades.
c.- Dictar resoluciones, en su caso, derivadas de declaraciones responsables en materia de aperturas de establecimientos.
d.- Dictar Resoluciones de transmisiones de Licencias de Apertura.
e.- Declaración de ruina inminente.
f.- Suspensión de obras realizadas sin licencia o sin ajustarse a sus condiciones y órdenes de ejecución de obras por motivos de ornato o seguridad pública.
g.- Ordenar las medidas, que deban adoptarse para la reposición de la realidad física alterada, incluidas las que procedan con carácter subsidiario.
h.- Dictar resoluciones de caducidad y archivo de expedientes en tramitación, en las materias de su competencia, por inactividad o renuncia de los interesados.
i.- Concesión de Licencias de Ocupación/Utilización j.- Resolución de expedientes de caducidad de licencias urbanísticas y de transmisión de licencias urbanísticas.
k.- Concesión de Licencias de Otras Actuaciones Urbanísticas, y de Obras de pequeña reforma, conservación y mantenimiento según se definen en las Guías de Tramitación GT 06 y GT08, y dictar resoluciones caducidades y otras relativas a las mismas.
l.- Otorgamiento de prórrogas de ejecución de las obras sujetas a Licencia Urbanística.
m.- La Inspección Técnica de Edificios.
n.- La calificación provisional de viviendas protegidas.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/9/2020

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date18/09/2020

Page count15

Edition count6009

First edition02/01/2001

Last issue03/05/2024

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