Boletin Judicial de Costa Rica del 2/3/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Firmado digitalmente por JORGE EMILIO
JORGE EMILIO CASTRO
CASTRO FONSECA FONSECA FIRMA
Fecha: 2023.03.01 16:09:20
FIRMA
-0600

La Rica, lunes jueves defebrero marzo del del2016
2023
LaUruca, Uruca,San SanJosé, José, Costa Costa Rica, 12de
AÑO CXXIX

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR
No. No.
39-2023
CIRCULAR
39-2023
CIRCULAR
No.
39-2023

Nº 39 40 Páginas
Nota 1:
Cuando en un proceso laboral se abre un legajo de ejecución, este se mantiene abierto hasta que se cumpla el plazo de ejecución, donde finalmente se le da un cierre estadístico ejecución cumplida. Por lo tanto; si se deben tramitar liquidaciones de interés, embargos o giros, se hace dentro del legajo de ejecución que permanece abierto hasta el final, cada resolución que se dicte al respecto quedará cuantificada en el módulo donde se incorporan las resoluciones. Cuando se abre el legajo de ejecución, el principal debe estar cerrado estadísticamente.

Asunto: Reiteración de la circular N 47-2022
denominada Cambios administrativos y operativos Reiteración la circular N47-2022
47-2022
denominada Cambios administrativos y operativos Asunto:Asunto:
Reiteración de lade circular N
denominada Cambios administrativos y operativos que que se deberán implementar en aplicación de ladeReforma Procesal Laboral.
EstaEsta circular dejadeja sin efecto la la se deberán implementar en aplicación Reforma Procesal Laboral.
circular sin deja efecto que se deberán implementar en aplicación de lalaReforma Procesal Laboral.
Esta circular sin efecto la 17-2021.
17-2021.17-2021.

Cuándo se reabre una carpeta?
Cuando soliciten copias del expediente o una certificación.
Para adjuntar algún documento que no requiere tramitación.

A TODOS
LOS
DESPACHOS
QUE
TRAMITAN
LA LA
MATERIA
LABORAL
DEL
A TODOS
LOS
DESPACHOS
QUE
TRAMITAN
MATERIA
LABORAL
DEL
A TODOS
LOS DESPACHOS
QUE
TRAMITAN
LA
MATERIA
LABORAL
DEL
PAÍS, EN EN
PRIMERA
INSTANCIA
PRIMERA
INSTANCIA
PAÍS, ENPAÍS, PRIMERA
INSTANCIA

Cuando se trata de un giro continuo sin resolución.

SE LESLES
HACE SABER
QUE:
SABER
QUE:
SE LESSE
HACEHACE
SABER
QUE:

Para una anotación
El Consejo Superior del del Poder Judicial en sesión N 6-2023
celebrada el 24
de 2023, El Consejo Superior Poder Judicial en sesión sesión N
6-2023
celebrada el de 24 enero de 2023, de 2023, El Consejo Superior del Poder Judicial en N
6-2023
celebrada el enero 24 dedeenero artículo XXXIX, dispuso reiterar la circular 47-2022, en la que se establecen claramente los motivos de artículo XXXIX, dispuso reiterar la circular 47-2022, en se se establecen claramente los motivos artículo XXXIX, dispuso reiterar la circular 47-2022, enlalaque que establecen claramente los de motivos de término parapara cerrar estadísticamente el legajo de ejecución, lo anterior en atención al informe rendido por por término cerrar estadísticamente el legajo de ejecución, lo anterior en atención al informe rendido término para cerrar estadísticamente el legajo de ejecución, lo anterior en atención al informe rendido por la Dirección de Planificación relacionado con con la propuesta de de creación del Juzgado de Ejecución parapara la la la Dirección de Planificación relacionado propuesta del Juzgado de Ejecución la Dirección de Planificación relacionado con lalapropuesta decreación creación del Juzgado de Ejecución para la materia de Trabajo parapara la atención de los asuntos fallados, y que requieren del del trámite de ejecución de de materia de Trabajo la atención asuntos fallados, yy que requieren trámite de ejecución materia de Trabajo para la atención de de loslos asuntos fallados, que requieren del trámite de ejecución de sentencia por por los Juzgados de Trabajo del Primer, Segundo y Tercer Circuito Judicial de San José, en ese los Juzgados de Trabajo Primer, Segundo yy Tercer Circuito Judicial de San José, en ese sentencia sentencia por los Juzgados de Trabajo deldel Primer, Segundo Tercer Circuito Judicial de San José, en ese sentido se dispuso comunicar lo siguiente:
se dispuso comunicar lo siguiente:
sentido sesentido dispuso comunicar lo siguiente:
El El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N 17-2022
celebrada el 01
Consejo Superior Poder Judicial enen sesión N 17-2022
celebrada el 01
El Consejo Superior deldel Poder Judicial sesión N 17-2022
celebrada el 01
de marzo del 2022, artículo XL,XL, acordó hacer de conocimiento que que en aplicación de lade la de del marzo del 2022, artículo acordó hacer de en aplicación de marzo 2022, artículo XL, acordó hacer deconocimiento conocimiento que en aplicación de la Reforma Procesal Laboral de Costa Rica, los siguientes serán los trámites Reforma Procesal Laboraldede Costa Costa Rica, Rica, los seránserán los trámites Reforma Procesal Laboral lossiguientes siguientes los trámites administrativos y operativos de cada expediente que que se tramite en las oficinas indicadas.
administrativos y operativos de cada expediente se tramite en las oficinas indicadas.
administrativos y operativos de cada expediente que se tramite en las oficinas indicadas.
1-Expedientes iniciados con con la legislación anterior:
se aplica el transitorio 1-Expedientes iniciados la legislación legislación anterior:
se aplica el transitorio 1-Expedientes iniciados con la anterior:
se aplica el transitorio primero de ladeReforma Procesal Laboral.
la Reforma Procesal Laboral.
primeroprimero de la Reforma Procesal Laboral.
Instructivo para el uso del Formulario Estadístico Mensual Instructivo para uso del Formulario Estadístico Mensual Instructivo para eleluso del Formulario Estadístico Mensual Movimiento de trabajo en asuntos relacionados Movimiento detrabajo trabajo en relacionados Movimiento de enasuntos asuntos relacionados concon la materia Laboral de Primera Instancia la materiaLaboral Laboral de Primera Instancia con la materia de Primera Instancia El presente instructivo ofrece una una guíaguía a lasa personas que que alimentan el Sistema El presente instructivo ofrece personas alimentan el Sistema El presente instructivo ofrece una guía alas las personas que alimentan el Sistema de de Gestión de de Despachos Judiciales mediante el cual se generan los los informes Gestión Despachos Judiciales mediante el elcual se generan informes de Gestión de Despachos Judiciales mediante cual se generan los informes estadísticos correspondientes a losa juzgados que que conocen la materia Laboral, ofreciendo estadísticos correspondientes juzgados la materia Laboral, ofreciendo estadísticos correspondientes a loslos juzgados queconocen conocen la materia Laboral, ofreciendo las indicaciones básicas para el ingreso y uso correcto de ladeinformación en los las indicaciones básicas el ingreso uso correcto la información en sistemas.
los sistemas.
las indicaciones básicas parapara el ingreso yyuso correcto de la información en los sistemas.
Tipos de Carpetas queque se miden estadísticamente en el general:
de Carpetas miden estadísticamente enbalance elen balance general:
Tipos Tipos de Carpetas que sese miden estadísticamente el balance general:
Principales PRI
Principales PRI
Principales PRI
Legajos de ejecución LEG
Legajos de ejecuciónLEG
LEG
Legajos de ejecución Legajos de medida cautelar anteante causa PRI
Legajos de medida cautelar PRI
Legajos de medida cautelar antecausa causa PRI
Y enYbloques adicionales:
en bloques adicionales:
Y en bloques adicionales:
Incidentes procesales IPIP
Incidentes procesales Incidentes procesales IP
Legajos de medida cautelar LMC
Legajos de medida cautelar LMC
Legajos de medida cautelar LMC

Bloques que conforman la plantilla Balance General
Reabrir y Reentrar son conceptos diferentes

Apertura de testimonio de piezas: Se aplica este concepto en los casos en que la oficina decida disgregar un expediente en otros a fin de dar una tramitación diferente a las personas involucradas dentro del mismo caso. Cuando la oficina proceda a la apertura de un testimonio de piezas se indicará como tal en la casilla de datos adicionales sistema de Gestión para que se puedan reflejar en los informes estadísticos.
Cuando el testimonio de piezas sea itinerado a la oficina que corresponda, significa que para esta es un caso entrado.

Casos terminados: se refiere a aquellos procesos en que el expediente terminó estadísticamente.

Casos inactivos: Los inactivos corresponderán a aquellos expedientes que han salido del circulante por motivo de desinterés en la fase de ejecución de la parte interesada por un espacio superior a los seis meses, sin que pueda continuar la tramitación de oficio. O bien, si la persona juzgadora considera que se puede inactivar y manda su archivo.
El término inactivo es de carácter estrictamente estadístico y se utiliza para depurar el sistema informático. En esta variable no se deben considerar aquellos expedientes que se encuentran en un estado suspendido ya que estos están sujetos a un plazo o una condición que se debe cumplir.

Circulante al finalizar: corresponde al total de asuntos pendientes o activos al finalizar el mes. Es el resultado de la operación matemática del circulante al iniciar + los casos entrados + los legajos de ejecución creados + los casos reentrados +
apertura de testimonio de piezas - los casos terminados los casos inactivos. Este circulante debe desglosarse según fase y según estado.

Circulante al concluir por fase:

Inicial: Inicio del proceso judicial, el sistema la asigna automáticamente.
Se llevan a cabo las alegaciones de las partes y se resuelven las cuestiones interlocutorias previas a la prueba. Los asuntos de puro derecho se mantienen en esta fase hasta que se dicta sentencia.

Circulante al iniciar: Es la cantidad de casos activos al iniciar el mes y por lo tanto, este dato debe coincidir con el circulante final del mes anterior.

Demostrativa con señalamiento de prueba: Corresponde a la fase en la cual se llevan a cabo todos los actos procesales relativos a la prueba ordinaria.

Casos entrados principales: Son los casos que ingresaron por primera vez a conocimiento del despacho.

Conclusiva con sentencia dictada: Etapa procesal que se inicia cuando el expediente ya está listo para el dictado de la sentencia y se pasa para fallo, siguiendo con el dictado de la sentencia de primera instancia.

Legajos de ejecución creados: Las ejecuciones de sentencia serán tramitadas de manera independiente de la carpeta Principal, por medio de la creación de un Legajo de Ejecución en el Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales Código en el Sistema LEG, bajo el entendido que la carpeta principal debe haber sido cerrada estadísticamente por Sentencia. El legajo de ejecución se abre en el momento en que ya se cuenta con sentencia en Firme y la parte interesada solicita el decreto de embargo de cuentas ante el incumplimiento de la prevención de depósito, no se debe abrir el legajo de ejecución cuando se está ordenando la prevención del depósito. Finalmente, esta carpeta solo se cierra con ejecución cumplida, ejecución prescrita o sentencia homologada.

Ejecución para los legajos LEG: Se refiere a todos los expedientes del tipo de carpeta LEG legajos de ejecución entrados para ejecutar lo dispuesto en la sentencia o resolución firme que puso fin a la etapa de conocimiento.
Nota 2:
Fase de los Legajos de ejecución LEG: únicamente corresponden a la fase Ejecución con estado trámite. Al procedimiento y clase que pertenecía el principal

Casos reentrados: corresponde a aquellos expedientes que ya habían sido terminados estadísticamente en un determinado momento y se requiere volver a ingresarlos al sistema informático, para continuar con el trámite correspondiente. Se ingresan al sistema indicando la fecha en que regresó a ese despacho y manteniendo inalterable las fechas originales de inicio y entrada por primera vez. Ejemplos de Reentrados:

Cuando se acoge una incompetencia y el expediente se traslada a otro Despacho y producto de un conflicto, la Sala determinó que es competencia del Despacho que se declaró incompetente. En ese caso el expediente reentra al Despacho que lo conoció originalmente.

Cuando el despacho no actualiza la fase, el sistema automáticamente le coloca. Itinerado sin actualizar

Circulante al concluir por estado:

En Trámite: corresponde a los casos activos del despacho.

Cuando se anula la sentencia de primera instancia y el expediente ingresa para trámite o fallo nuevamente.

Archivo provisional, en espera cumplimiento art 265 CT: expediente que no se puede dictar sentencia antes de 2 años por el artículo 265 del C.T.

Cuando un asunto se declaró inadmisible y posteriormente la parte cumple la prevención.

En alzada: Corresponde a aquellos expedientes que no tienen sentencia y que se encuentren en el superior resolviendo asuntos de trámite, por ejemplo, que estén alegando la nulidad de todo lo actuado. Los expedientes que se encuentren en este estado, no se pueden tramitar, se pierde la competencia.

Tipo de Carpeta PRI
IP
LEG

Trámites Correspondientes a la carpeta Prevención de depósitos Embargo preventivo sería medida cautelar El decreto de embargo Giros de dineros

Suspendidos: cuando no puede seguir tramitándose hasta que se resuelva el trámite que lo suspendió, a saber: suspendido por acción de inconstitucionalidad, por fallecimiento de parte, por solicitud de conciliación, por solicitud de parte. Contempla la paralización temporal de una carpeta, y está supeditada a que en un momento determinado se puedan dar las circunstancias para la continuación. Se pueda dar la suspensión en fase de ejecución.

Enviado al Centro de Conciliación: se envían aquellos expedientes que cumplan con los requisitos necesarios para llevar a cabo una conciliación, la jurisdicción Laboral decide enviarlos al centro de conciliación para resolver, esto se hace por medio de una carpeta SOL, lo que permite que la carpeta principal PRI quede en el estado enviado al centro de conciliación, hasta que el centro resuelva, ver circular 157-2017

About this edition

Boletin Judicial de Costa Rica del 2/3/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date02/03/2023

Page count40

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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