Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIV - Nº 79
CORDOBA, R.A. MÍERCOLES 08 DE ABRIL DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 4º.- PUBLÍQUESE el presente llamado a licitación pública en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres 03 días, conforme lo dispuesto por la normativa vigente, INSÉRTESE para su mayor difusión en el sitio web oficial del Gobierno de la Provincia www.cba.gov.ar
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención a la Subsecretaría de Administración, Legales y Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: ALFONSO FERNANDO MOSQUERA, MINISTRO DE SEGURIDAD

DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y
CONTROL
Resolución N 10
Córdoba, 30 de marzo de 2020
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional DNU N 297/2020 que dispuso el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, prorrogado por el DNU Nº 325/2020 y los Decretos Provinciales Nº 195/2020 y 235/2020; y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 27.541, se estableció la emergencia sanitaria, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud OMS en relación con el coronavirus COVID-19 y que por Decreto de Necesidad y Urgencia DNU N 260 del 12 de marzo de 2020 se amplió, por el plazo de un año.
Que dicha emergencia sanitaria ha merecido la adhesión por parte de la Legislatura Provincial, conforme lo dispuesto por Ley N 10.690 del 18
de marzo de 2020.
Que por Decreto Provincial Nº 195/2020 de fecha 16 de marzo de 2020, se dispuso el Receso Administrativo durante el lapso comprendido entre las catorce 14:00 hs. horas del día 17 de marzo y hasta el día 31 de marzo próximo incluido, en el ámbito de la Administración Pública Provincial no financiera centralizada y descentralizada, disponiendo que las oficinas de la Administración Pública Provincial afectadas permanezcan cerradas y sin atención al público durante el período citado.
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional DNU N 297 del 19 de marzo de 2020, se dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, desde el 20 hasta el 31
de marzo de 2020 inclusive artículo 1 que obliga a las personas a permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 20 de marzo de 2020 hasta el 31
de marzo de 2020.

Que mediante el DNU Nº 325/2020 prorrogó el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 12 de abril de 2020 inclusive.

Que por Decreto Provincial Nº 235/2020 se dispuso la prórroga del Decreto Provincial Nº 195/2020 y por ello el Receso Administrativo se extiende hasta el día 12 de abril de 2020 inclusive.
Que la restricción ambulatoria establecida por los Decretos mencionados precedentemente, debe ser acompañada con medidas que faciliten la permanencia de los ciudadanos en sus hogares, la desconcentración de los lugares de trabajo y la reducción en lo posible de la concurrencia de personas a realizar trámites presenciales, para evitar la circulación y el contagio de la enfermedad.
Que en ese sentido es necesaria la eximición de la realización de trámites presenciales a fin de efectuar las habilitaciones anuales de los Registros regulados por la Ley Nº 9164 y su Decreto Reglamentario Nº BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

132/05, a fin de eliminar motivos para el traslado y circulación de los administrados y funcionarios, contribuyendo de esta forma a la implementación de las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Provincial para evitar la propagación de la enfermedad.
Que en consecuencia, es conveniente prorrogar hasta el 31 de mayo de 2020, las habilitaciones anuales de los Registros de los Aplicadores Terrestres, de Aplicadores Aéreos, de Asesores Fitosanitarios, de Centros de Acopio Principal, de Expendedores y de Elaboradores, Fraccionadores, Formuladores de productos químicos o biológicos de uso agropecuarios, otorgadas por esta Dirección General únicamente para las habilitaciones anuales cuyos vencimientos operen entre el día 17 de marzo y el 30 de abril de 2020 inclusive.
Que la prórroga propuesta no afecta las condiciones de funcionamiento de los equipos de pulverización y de las instalaciones edilicias de los establecimientos involucrados.

Que en virtud de lo expuesto y en consonancia con las medidas adoptadas por el Gobierno Provincial ante la pandemia COVID-19, resulta necesario dictar el presente instrumento legal.
Que las consideraciones analizadas, las actuaciones cumplidas y las conclusiones vertidas en el Dictamen Jurídico Nº 0100/2020 emitido con relación a las presentes actuaciones, es compartido por el suscripto.

Que el presente acto se dicta conforme las atribuciones conferidas por Resolución Ministerial Nº 333/08.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE
FISCALIZACIÓN Y CONTROL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: PRORROGAR hasta el 31 de MAYO de 2020 todas las habilitaciones anuales cuyos vencimientos operen entre el 17 de marzo y el 30 de abril de 2020 inclusive, de los Registros de los Aplicadores Terrestres incluyendo equipos autopropulsados, de arrastre y mochilas, de los Aplicadores Aéreos, de los Asesores Fitosanitarios, de Centros de Acopio Principal, de Expendedores Expendios con Depósitos, Expendios sin Depósitos y Depósitos de Agroquímicos y de Elaboradores, Fraccionadores, Formuladores de productos químicos o biológicos de uso agropecuarios.
ARTÍCULO 2º: PROTOCOLICESE, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
FDO.: GUSTAVO BALBI, DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/04/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha08/04/2020

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4131

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/05/2024

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