Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/04/2020 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXIV - Nº 78
CORDOBA, R.A. MARTES 07 DE ABRIL DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

pandemia coronavirus COVID-19, el receso administrativo durante el lapso comprendido entre las catorce 14:00 hs. horas del día 17 de marzo, y hasta el día 31 de marzo próximo incluido, en el ámbito de la Administración Pública Provincial no financiera centralizada y descentralizada Artículo 1º, declarando inhábiles a los fines del procedimiento administrativo, los días comprendidos en las fechas aludidas Artículo 2º, y las áreas y jurisdicciones no alcanzadas por dicho dispositivo, en función de revestir el carácter de críticas esenciales Artículo 3º, todo lo cual fue prorrogado a través del Decreto Nº 235/20, hasta el 12 de abril de 2020;
QUE a su turno, el dispositivo nacional hizo lo propio en orden al aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el día 20 de marzo y hasta el 31 del mismo mes, ambos del corriente año Artículo 1º, estipulando las excepciones pertinentes al cumplimiento de la misma, respecto de las personas afectadas a las actividades y servicios determinados en el Artículo 6º, decisión que fue posteriormente prorrogada hasta el día 12 de abril de año 2020 inclusive, por Decreto Necesidad y Urgencia Nº 325/20;
QUE oportunamente, y siguiendo las pautas del aludido Decreto Provincial Nº 195/20, este Directorio emitió el Resolutorio Nº 83.045 en orden a la suspensión de los términos que se hallaban corriendo en los procedimientos administrativos en el ámbito de la Empresa, declarando inhábiles los días comprendidos entre el día 17 y hasta el día 31 inclusive, ambos del mes de marzo de 2020 Artículo 3º, con las excepciones determinadas al Artículo 4º, relativas a las contrataciones vigentes y las que a futuro sean convocadas, en ambos casos en relación a la provisión de insumos y prestaciones indispensables para garantizar y asegurar los servicios definidos como críticos y/o esenciales, como así también a los procedimientos electrónicos de contratación en curso y/o los que a futuro se inicien, y a las inscripciones a través de la plataforma Ciudadano Digital Ci.Di. en orden al llamado a Concurso Público y Abierto para la cobertura de distintos cargos en el ámbito de EPEC;

QUE en función de todo ello, procede en la instancia emitir la pertinen-

te Resolución con arreglo a los dispositivos dictados en el orden nacional y provincial, prorrogando desde el día 1 de abril y hasta el día 12 del mismo mes, ambos del año en curso, lo dispuesto a los artículos 3 y 4 de la Resolución Nº 83.045, con excepción de la inscripción a los Concursos Públicos y Abiertos en el ámbito de EPEC, a mérito de la Resolución Nº 83.062 por la que se dispuso fijar como fecha límite para ello, el día 3 de abril de 2020
inclusive;
Por ello, en función de las disposiciones contenidas a los Artículos 5º, 17º y concordantes del Estatuto Orgánico de EPEC, aprobado por Ley Nº 9.087 y sus modificatorias, EL DIRECTORIO
DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA
EN SU SESIÓN DEL DÍA DE LA FECHA
RESUELVE:
ART. 1º - Prorrogar las disposiciones de la Resolución Nº 83.045, desde el día 1 de abril y hasta el día 12 del mismo mes, ambos del año en curso.
ART. 2º - Exceptuar de lo dispuesto al artículo anterior, a las inscripciones a través de la plataforma Ciudadano Digital Ci.Di. en orden al llamado a Concursos Públicos y Abiertos para la cobertura de distintos cargos en el ámbito de EPEC, de conformidad al Resolutorio Nº 83.062.
ART. 3º - Comuníquese, dese copia al Ministerio de Servicios Públicos y a las dependencias que correspondiere, pase a Gerencia de Finanzas y a la Unidad Asesora Relaciones Públicas a sus efectos, debiendo archivarse el original de la presente en Área Despacho.FDO. ING. LUIS E. GIOVINE, PRESIDENTE CR. EDUARDO JESÚS GAUNA, VOCAL JUAN GROSSO, VOCAL.

Centro Cívico del Bicentenario Rosario de Santa Fe 650

Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.

Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA

Secretario Legal y Técnico: Fernando Pesci Jefe de Área Boletín Oficial Electrónico: Octavio Elías
http boletinoficial.cba.gov.ar
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

boe@cba.gov.ar
@boecba
2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/04/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha07/04/2020

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones4127

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930