Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/9/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O.P. DE CADIZ NUM. 170

parte contraria en relación con la prueba acordada.

-Dar traslado a S.S de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda .

-Dar cuenta a S.S del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182
LEC.

-Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado/graduado social.

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de citación y requerimiento en forma.

Y para que sirva de citación para la celebración del acto de conciliación/
juicio para el próximo día 21 DE DICIEMBRE 2020 A LAS 12,50 HORAS y de notificación en legal forma a Vd, expido y firmo la presente cédula
MODO DE IMPUGNACIÓN:Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUTO

Magistrado-Juez Sr/Sra. JAVIER SANCHEZ GARCIA

En CADIZ, a dieciséis de julio de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Se ha presentado el anterior escrito/demanda de fecha presentado por FRANCISCO ALONSO LOPEZ solicitando las siguientes pruebas que se indican en la parte dispositiva.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda la practica de las siguientes diligencias preparatorias de prueba:

-Interrogatorio del representante legal de las demandadas :ENCENDIDDA
SL y PALOMINO ELDORADO S.L sirviendo la notificación de la presente de citación en forma para el acto del juicio fijado el próximo 21 DE DICIEMBRE 2020A LAS
12,50 horas, con apercibimiento de que en caso de incomparecencia podrá ser tenido por confeso.

-Documental. Requiérase a las empresas demandadas ENCENDIDDA SL
y PALOMINO ELDORADO S.L para que aporten al acto del juicio las documentales interesadas.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA MAGISTRADO/A DOY FE EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en forma a ENCENDIDDA SL y PALOMINO
ELDORADO S.L, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

7/08/2020. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA. Fdo.: LIDIA ALCALA COIRADA.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 44.665


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
CADIZ
EDICTO

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3 DE CADIZ.

HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 586/2020, sobre Despidos/
Ceses en general, a instancia de YAIZA GARCIA NAZEMENTO contra OBRADOR
DE ANTAÑO SA, en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SRA D LIDIA ALCALA
COIRADA

En CADIZ, a seis de agosto de dos mil veinte.

Tras las actuaciones practicadas por este Juzgado ha resultado imposible la localización de OBRADOR DE ANTAÑO SA, parte demandada en este proceso que por ello se encuentra en ignorado paradero.

Acuerdo:

- Citar a la misma, por medio de Edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial
- Advertirle que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fijando copia de la resolución en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial, salvo
4 de septiembre de 2020

la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

- Citar al Fondo de Garantía Salarial para el dia 24 DE FEBRERO DE 2021
A LAS 12:35 HORAS con traslado de la demanda a fin de que éste pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en derecho Art. 23 LPL.

Notifíquese la presente resolución
MODO DE IMPUGNACIÓN:Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en forma a OBRADOR DE ANTAÑO, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

6/08/2020. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA. Fdo.: LIDIA ALCALA COIRADA.
Nº 44.666


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
ALGECIRAS
EDICTO

D. JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº2 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 36/2020 a instancia de la parte actora D/D. MARÍA AMPARO PEREZ MORENO contra CUENCA HERMANOS S.L., HEREDEROS DE JOS LUIS SUAREZ S.L., FONDO
DE GARANTIA SALARIAL, NIKOPING DEVELOPS S.L., SENSEPERFUM S.L.
y FRANCISCO SUAREZ S.A. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION del tenor literal siguiente:

Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 4 de Noviembre DE 2019, despachándose la misma a favor de D. MARIA
AMPARO PEREZ MORENO contra CUENCA HERMANOS S.L., HEREDEROS
DE JOS LUIS SUAREZ S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL, NIKOPING
DEVELOPS S.L., SENSEPERFUM S.L. por la cantidad de 37.005,22 euros en concepto de principal, más la de 7.401,044 euros calculados los intereses y costas, siguiéndose la via de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes de las cantidades citadas.

Se acuerda no acceder a la ejecución solicitada frente a FRANCISCO
SUAREZ SA por hallarse la demandada en situación de concurso.

Y para que sirva de notificación al demandado CUENCA HERMANOS
S.L., HEREDEROS DE JOSE LUIS SUAREZ S.L. NIKOPING DEVELOPS S.L., SENSEPERFUM S.L. y FRANCISCO SUAREZ S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE
LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En ALGECIRAS, a 10/08/2020. EL/LA LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. FIRMADO.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 44.668

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 4/9/2020

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date04/09/2020

Page count7

Edition count6016

First edition02/01/2001

Last issue14/05/2024

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