Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/9/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

1 de septiembre de 2020
Documento
Fecha/N.º
Página 3

B.O.P. DE CADIZ NUM. 167
Observaciones
Subescala
Servicios Especiales
Estado de Alarma
14/03/2020 Suspensión de Plazos
Clase/Especialidad
Reanudación de Plazos
01/06/2020

Grupo/Subgrupo
C1

Nivel
22

DECRETO 2020-0969 27.
Resolución de Alcaldía aprobando Resolución de Alcaldía: designación 04/07/2020
la Lista Provisional de Miembros del Tribunal y lista provisional Anuncio BOP

14/07/2020 BOP Cádiz

Expirado el plazo de diez días hábiles otorgado a los aspirantes habiéndose presentado reclamación contra la misma por el candidato D. Martin Muñoz Benítez por considerar que las solicitudes de los otros dos candidatos se presentaron durante el plazo de suspensión de plazos decretado por el Estado de Alarma, y volviéndose a dar el plazo de 20 días hábiles a partir de cuando se reanudaba el computo de plazo, esto es, el 1 de junio, considerando el mismo que ambas solicitudes están fuera de plazo.

Teniendo en cuenta la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 BOE de 14 de marzo de 2020 ordenó la suspensión del cómputo de los plazos administrativos, en los siguientes términos:

1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

2. La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo.

4. La presente disposición no afectará a los procedimientos y resoluciones a los que hace referencia el apartado primero, cuando estos vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma
Considerando que el artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorrogaba el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo BOE de 23 de mayo, determinaba en relación a los plazos administrativos suspendidos en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, lo siguiente:

Con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas. Con la declaración de estado de alarma se decretó la suspensión de los plazos procesales y administrativos así como de los plazos de prescripción y caducidad, pero desde el 1 de junio se han reactivado estos plazos administrativos.

El plazo para la presentación de solicitudes comenzó a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE 12 de marzo, por lo tanto hasta que se decretó el Estado de alarma solo trascurrió un día, reanudándose el día 1 de junio y finalizando el plazo de veinte días hábiles el día 25 de junio a las 00.00
horas.

Las tres solicitudes presentadas al proceso selectivo se han hecho los días:
- 01/04/2020 a las 00:46 horas: DOLORES CARRASCO ALONSO
- 01/04/2020 a las 09:03 horas: DAVID VALERO CUESTA
- 22/06/2020 a las 07:36 horas: MARTIN MUÑOZ BENÍTEZ

Por lo tanto todas ellas, aun interrumpiéndose el computo de plazos, se han hecho dentro de plazo, ya que la suspensión del plazo de presentación de solicitudes no impide en ningún caso a los interesados que estén en condiciones de presentar sus solicitudes vía telemática, ejercer este derecho desde el momento de inicio del plazo de presentación de solicitud previsto en la convocatoria. Hay que tener presente que la finalidad de la suspensión de los plazos administrativos es preservar la salud de las personas ante una situación de emergencia sanitaria. Por ello, es importante acudir a medios telemáticos en las comunicaciones entre las Administraciones Públicas y los ciudadanos.

Ahora bien, en el caso de convocatorias de concurrencia competitiva, la resolución de concesión deberá contemplar todas las solicitudes recibidas, incluso las que se presenten una vez que haya concluido el periodo de suspensión establecido durante el estado de alarma.

Considerando las pruebas de selección personal para la provisión en propiedad de la plaza siguiente:
Servicio/Dependencia Id. Puesto Denominación del puesto Naturaleza Nombramiento Escala
200 POLICÍA
OFICIAL DE POLICÍA
OFICIAL DE POLICÍA LOCAL
Funcionario de carrera Promoción Interna Administración Especial
Jornada
Oficial de Policía
Completa
Complemento específico
14.150,03 €

Y examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y el artículo 21.1.g, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,
RESUELVO

PRIMERO. Desestimar la reclamación presentada por D. Martín Muñoz Benítez por los motivos expuestos más arriba.

SEGUNDO. Aprobar la siguiente relación DEFINITIVA de aspirantes admitidos y excluidos:
Nombre
Registro de Entrada
Fecha de Entrada
DAVID VALERO CUESTA

2020-E-RE-90

01/04/2020 09:03

DOLORES CARRASCO ALONSO

2020-E-RE-88

01/04/2020 00:46

MARTIN MUÑOZ BENÍTEZ

2020-E-RE-260

22/06/2020 07:36

TERCERO. El Tribunal Calificador se reunirá el día 10 de Diciembre de 2020 a las 10.30 horas para la valoración de los méritos alegados y justificados conforme determina el artículo 4 del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos.

CUARTO. Publicar la relación definitiva de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento http
alcaladelosgazules.sedelectronica.es. a los efectos oportunos. La publicación en el BOP servirá de notificación a efectos de impugnaciones.

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y en el artículo 7 del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía.

Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Chiclana de la en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

13/08/2020. Fdo.: Javier Pizarro Ruiz, Alcalde.
Nº 44.009


AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE
BASES PARA ACCEDER POR OPOSICIÓN POR TURNO LIBRE
EN LA CATEGORÍA DE INSPECTOR DEL CUERPO
DE LA POLICÍA LOCAL DE SAN ROQUE

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición de 1 plaza vacante en la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Inspector del Cuerpo de la Policía Local, de conformidad con la Providencia de Alcaldía de fecha 19/06/2020.

1.2.- La plaza citada adscrita a la Escala Básica, conforme determina el art.
18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran, de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, transitoriamente en el Grupo A, Subgrupo A2, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la Oferta de Empleo Público del año 2018.

1.3.- Las presentes bases serán aprobadas por decreto de Alcaldía.

2.- LEGISLACIÓN APLICABLE.

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/9/2020

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date01/09/2020

Page count11

Edition count6015

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Last issue13/05/2024

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