Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/07/2021 - 1º Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 142
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 14 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 2.- FACÚLTASE al señor Ministro de Financias y al señor Presidente de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento S.E.M.
para que en forma conjunta o indistinta, suscriban la Addenda, cuyos modelo se aprueba por el artículo anterior.

Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE
FINANZAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Articulo 3.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.

ANEXO

MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N 151
Córdoba, 21 de mayo de 2021
VISTO: El expediente Nº 0034-093024/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la ampliación de un veinte por ciento 20% de la contratación de un servicio de impresión, clasificación, finishing, distribución y rendición de notificaciones e intimaciones de acreencias tributarias cuya administración está a cargo de la Dirección General de Rentas con las modalidades de carta simple y confronte por el término un 1 año con motivo de la Subasta Electrónica Inversa Cotización Nº 2020/000028.
Que dicha contratación fue adjudicada por Resolución Ministerial Nº 231/20 a favor de la firma SDI SERVICIOS DEL INTERIOR S.A.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los Artículos 13 y 11 de la Ley Nº 10.155 este último en concordancia con lo previsto por el Artículo 40 de la Ley N 10.723, Ajuste Orden de Compra N
2020/000126.01 efectuada por la Dirección de Administración y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del mismo Ministerio al N 231/21, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:

Artículo 1º AMPLIAR en un veinte por ciento 20 % la cantidad de piezas a distribuir con motivo de la prestación del servicio de impresión, clasificación, finishing, distribución y rendición de notificaciones e intimaciones de acreencias tributarias cuya administración está a cargo de la Dirección General de Rentas con las modalidades de carta simple y confronte adjudicada por Resolución Ministerial N 231/20, a favor de la firma SDI SERVICIOS DEL INTERIOR S.A. C.U.I.T. 3070812303-6, según el siguiente detalle: por el ítem carta simple treinta y cuatro mil doscientas tres 34.203 unidades, a un precio unitario de pesos cuarenta y tres $ 43.- y por el ítem carta confronte, tres mil seiscientas setenta unidades 3.670 a un precio unitario de pesos ciento setenta y cinco $175.- lo que hace un total de pesos dos millones ciento doce mil novecientos setenta y nueve $ 2.112.979.-.
Artículo 2 IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO
DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE $ 2.112.979.- a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas-, al Programa 152-000, a la Partida 3.01.05.00 Correos y Telégrafo del P.V.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 358
Córdoba, 13 de julio de 2021
VISTO: La Ley de Educación Nacional N 26206, Ley de Educación Provincial N 9870, como así también los lineamientos referenciales acordados por las Resoluciones Nros. 24/07, 30/07, 73/08, 74/08, 83/09;
Y CONSIDERANDO

Que el artículo 73 de la referida Ley de Educación Nacional N 26.206, establece como objetivos: planificar y desarrollar el sistema de formación docente inicial y continua; acreditar instituciones, carreras y trayectos formativos que habiliten para el ejercicio de la docencia y otorgar validez nacional de los títulos y las certificaciones para el ejercicio de la docencia.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que la Resolución del C.F.E. N 83/09 resuelve que las jurisdicciones podrán desarrollar las carreras de Profesorados de Educación Superior, observando las condiciones que se establecen en esta misma resolución, aprobando las denominaciones de títulos que adoptaran estas carreras, con sus respectivos alcances y la tramitación de su Validez Nacional Que a fin de garantizar esta formación, por Resolución N 333/20 de este Ministerio -en sus artículos del 1 al 7-, se dispone aprobar el Plan de Estudios y el Diseño Curricular de las Carreras Profesorado de Educación Superior en Física, Profesorado de Educación Superior en Química, Profesorado de Educación Superior en Lengua y Literatura, Profesorado de Educación Superior en Biología, Profesorado de Educación Superior en Geografía, Profesorado de Educación Superior en Historia, Profesorado de Educación Superior en Matemática.

Que de acuerdo a lo establecido en la mencionada resolución, se con-

3

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/07/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/07/2021

Page count10

Edition count4125

First edition01/02/2006

Last issue26/04/2024

Download this edition

Other editions