Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/07/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 142
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 14 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 690
Córdoba, 8 de julio de 2021
VISTO: el Expediente Nº 0334-000213/2017/A1 del registro de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta ACIF SEM.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la aprobación del modelo de Addenda III al Convenio de Crédito a Comprador, con cobertura de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación CESCEsuscripto entre la Provincia de Córdoba, en carácter de Deudor y el Deutsche Bank S.A.E., en carácter de Banco Agente, Banco Organizador y Banco Financiador.
Que consta en autos detallado informe técnico expedido por la señora Secretaria de Financiamiento, en el cual se propicia la aprobación de los modelos de Addenda III, modificatorio del periodo de disponibilidad del crédito comprador, que la Provincia de Córdoba suscribió con fecha 05 de noviembre de 2018 con el Deutsche Bank S.A.E., destinado a la construcción y Equipamiento del nuevo edificio Hospital Zonal Suroeste en la Provincia de Córdoba.

Que como antecedentes, surgen agregados, entre otros: a Resolución ACIF-SEM 174/2017, que adjudicó a VAMED ENGINEERING GMBH
la Licitación N 28/2017, en relación a la obra: CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO PARA EL HOSPITAL ZONAL SUROESTE CIUDAD DE CÓRDOBA PROVINCIA DE CÓRDOBA CONTRATO LLAVE EN MANO, con provisión de financiamiento; b Decreto Provincial N 636/2018 por el cual se aprobaron los modelos de Contratos entre la Provincia de Córdoba y el Deutsche Bank Sociedad Anónima Española; y c Decretos Provinciales N 1353/2019 y 72/2021, por el cual se aprobaron los modelos de Addenda I y Addenda II, respectivamente, a los Convenios de Crédito a Comprador, con cobertura de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación CESCEy de Crédito Comercial, suscriptos entre la Provincia de Córdoba, en carácter de Deudor y el Deutsche Bank S.A.E., en carácter de Banco Agente, Banco Organizador y Banco Financiador.
Que las Partes del referenciado Contrato de Obra Pública cuyo objeto es la Construcción del Nuevo Edificio para el Hospital Zonal Suroeste
Ciudad de Córdoba Provincia de Córdoba - Contrato Llave en Mano, de mutuo acuerdo últimamente fijaron el 30/09/2021, como plazo de finalización para el resultado comprometido, ello conforme a la Resolución N
236, fechada 25/06/2021, de la Secretaría de Arquitectura, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, mediante la cual se dispuso ampliar por el término de sesenta y un 61 días el plazo de ejecución de la citada obra, estableciéndose como nueva fecha de vencimiento de la misma el día 30/09/2021, a más de aprobar el nuevo Plan de Avance de Obra y Curva de Inversión pertinentes.

Que la señora Secretaria de Financiamiento del Ministerio de Finanzas insta nueva adición al Período de Disposición previsto en el Convenio de Crédito a Comprador, precisando en este sentido: El nivel de avance de la obra se encuentra en su instancia final, y las demoras por el COVID-19
meritaron un ajuste en el contrato comercial que extendió el plazo de finalización de la obra, y por ello que aquí se procura la extensión de los períodos de disposición Esta unidad técnica sugiere modificar la redacción del préstamo comprador que se adjunta en el modelo posteriores al presente informe, el cual ya cuenta con el visto bueno del banco agente y financiador para la prosecución del trámite, hasta el 30 de Noviembre de 2021 En cuando al contenido financiero del préstamo, el mismo no va BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

a tener variaciones en cuanto a sus componentes tipificantes como tasa de interés, monto y plazo no se modifica el punto de arranque del crédito sino que sólo se adenda el período de disposición. En la operación del préstamo esto implicará que los primeros servicios de amortización se darán mientras ocurran desembolsos del préstamo hasta la culminación de las obras.
Que luce agregado en autos modelo de Addenda III al Convenio de Crédito Comprador, con cobertura de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación CESCE, a suscribirse entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Deudor y el Deutsche Bank S.A.E., en su carácter de Banco Agente, Banco Organizador y Banco Financiador, de la que surge que el periodo de disposición se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2021.
Que consta intervención de la Unidad de Asesoramiento Jurídico de ACIF SEM, pronunciándose mediante Dictamen N 211/21, así como de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas, a través de Dictamen N 334/2021; pronunciamientos en los cuales se aclara que el modelo de Addenda bajo examen no estipula pago de monto alguno en concepto de comisión derivado de su suscripción, formando parte integrante de los Convenios de Crédito respectivos, cuyos términos y condiciones, a excepción de lo modificado, continúan vigentes.
Que obra providencia expedida por Contaduría General de la Provincia, consignando que atento a que la Addenda III propiciada no modifica las condiciones financieras del préstamo en cuestión, no corresponde su intervención en esta instancia.
Que en ese marco, cabe señalar que los modelos de Addenda III al Convenio de Crédito a Comprador, de acuerdo a los informes de los organismos técnicos especializados Secretaría de Financiamiento del Ministerio de Finanzas y la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta y de los pronunciamientos de los servicios jurídicos preopinantes, solo supone una modificación del período de disponibilidad para adecuarlo al plazo de ejecución de la obra involucrada, por lo que no implicará una modificación a las condiciones financieras sustanciales de la operatoria en cuestión en particular, el punto de arranque de amortización y tampoco requerirán erogaciones especiales por su suscripción, procediendo su aprobación.

Que por último y adoptando el mismo criterio que los actos administrativos que le anteceden, resulta conveniente facultar a los señores Ministro de Finanzas y Presidente de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento S.E.M para que, en forma conjunta o indistinta, suscriban la Addenda, cuyo modelo se aprueba en este acto en representación de la Provincia de Córdoba.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, informes técnicos obrantes en autos, lo dictaminado por Fiscalía de Estado bajo el N
470/2021 y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- APRUÉBASE el modelo de Addenda N 3 al Convenio de Crédito Comprador, con cobertura de la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación CESCE-, a celebrarse entre la Provincia de Córdoba, en carácter de Deudor y el Deutsche Bank S.A.E., en carácter de Banco Agente, Banco Organizador y Banco Financiador, que como Anexo I forma parte integrante de este instrumento legal.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/07/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date14/07/2021

Page count10

Edition count4124

First edition01/02/2006

Last issue25/04/2024

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