Diario Oficial El Peruano del 4/4/2019 - Procesos Constitucionales

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Source: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado Digitalmente por:
EDITORA PERU
Fecha: 25/04/2019 04:39:32

AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

Jueves 25 de abril de 2019

PROCESOS CONSTITUCIONALES
Año XV / Nº 2923

72369

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO DE AMPARO
EXP. N 03079-2014-PA/TC
LAMBAYEQUE
ALEJANDRO LAMADRID UBILLÚS

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 9 días del mes de octubre de 2018, el Pleno del Tribunal Constitucional, integrado por los señores magistrados Blume Fortini, Miranda Canales, Ramos Núñez, Sardón de Taboada, Ledesma Narváez y Espinosa-Saldaña Barrera pronuncia la siguiente sentencia, con el abocamiento del magistrado Ferrero Costa, aprobado en la sesión de Pleno del día 5 de setiembre de 2017. Asimismo, se agregan el fundamento de voto del magistrado Espinosa-Saldaña Barrera y los votos singulares de los magistrados Blume Fortini, Sardón de Taboada y Ferrero Costa.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Alejandro Lamadrid Ubillús contra la resolución de fojas 841, de fecha 6 de marzo de 2014, expedida por la Sala Especializada en Derecho Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que declaró improcedente la demanda.
ANTECEDENTES
Con fecha 28 de mayo de 2012, don Alejandro Lamadrid Ubillús interpone demanda de amparo contra la Empresa Editora El Gato SAC semanario y contra su director, don Rafael Fernando Orrego Alvarado. Solicita que se ordene a los emplazados cesar los actos violatorios a sus derechos al honor, a la buena reputación y a la imagen que considera se ven afectados por ciertas publicaciones de la citada empresa que se han venido repitiendo , siendo la última de ellas efectuada el día 14 de Abril sic del 2012 fojas 65. Señala que la vulneración de los derechos alegados por parte del semanario demandado se ha ido dando a través de la publicación de sus ediciones 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 11 y 13.
La Empresa Editora El Gato SAC, a través de su Gerente General don Yuri Brando Ríos Díaz, contesta la demanda y señala que en realidad lo que pretende el demandante es una censura previa a un medio de comunicación. Señala que ello se aprecia del petitorio de la demanda cuando indica: se ordene a los emplazados que cesen esos actos vulneratorios que se han venido repitiendo publicación tras publicación del indicado semanario, siendo la última de ellas efectuada el 14 de abril de 2012 fojas 106. Señala que el demandante dice haber solicitado la recticación respectiva pero que no indica que lo ha hecho fuera del plazo legalmente establecido fojas 115.
Reere que en el presente caso la vía igualmente satisfactoria es la demanda en la vía civil, por estarse cuestionando derechos de naturaleza legal contemplados en el Código Civil fojas 170.
Por su parte, don Rafael Fernando Orrego Alvarado, el otro emplazado, también contesta la demanda exponiendo fundamentos similares a los esgrimidos por el Gerente General de la Empresa Editora El Gato SAC fojas 329 y siguientes.
El Segundo Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Lambayeque, mediante Resolución 7, de fecha 2 de noviembre de 2012, declara saneado el proceso y, por sentencia de fecha 22 de enero de 2013 a fojas 512, declara infundada la demanda por considerar que el recurrente no había
acreditado la afectación de los derechos invocados. El referido Juzgado advirtió que el demandante señala en forma genérica que las informaciones vertidas por el semanario son falsas y agraviantes, sin precisar en cada caso si la notica sic es falsa o si se ha expresado en términos humillantes contra su persona fojas 519.
A su turno, la Sala Especializada en Derecho Constitucional de la Corte Superior de Lambayeque revocó la apelada y declaró improcedente la demanda, pues consideró que incluso cuando se pueden advertir distintas afectaciones al derecho al honor, especialmente en las carátulas ofrecidas como prueba, no es adecuada la vía del amparo para hacer estimable la pretensión, pues para ello se encuentra expedida la vía civil, mecanismo apropiado para valorar las distintas vulneraciones al honor que el actor solicita fojas 850.
FUNDAMENTOS
Delimitación del petitorio 1. De lo presente en autos, este Tribunal advierte que la demanda de amparo tiene por objeto que se ordene a los emplazados cesar los actos violatorios de los derechos al honor, a la buena reputación y a la imagen; los cuales, según alega el demandante, se habrían visto afectados por una serie de publicaciones, la última de ellas de fecha 14 de abril de 2012
fojas 65.
Análisis de la controversia 1. Procedencia de la demanda 2. El Tribunal considera que, con el propósito de resolver este caso corresponde analizar primero la procedencia de la demanda. En el caso de autos se advierte que el demandante cuestiona diversas publicaciones vertidas en distintas ediciones del semanario denominado El Gato que circulaba en la ciudad de Chiclayo. De lo aportado por el recurrente se puede apreciar que, de manera especíca, se cuestionan las siguientes publicaciones:
a Edición 2: de la semana del 17 al 23 de noviembre de 2011.
b Edición 3: de la semana del 24 de noviembre al 1 de diciembre de 2011.
c Edición 4: de la semana del 1 al 7 de diciembre de 2011.
d Edición 5: de la semana del 8 al 14 de diciembre de 2011.
e Edición 6: de la semana del 15 al 21 de diciembre de 2011.
f Edición 8: de la semana del 5 al 12 de enero de 2012.
g Edición 9: de la semana del 19 al 25 de enero de 2012.
h Edición 11: de la semana del 16 al 22 de enero de 2012.
i Edición 13: de la semana del 14 al 20 de abril de 2012.
3. Además, tanto en el recurso de apelación fojas 535 a 546 como en el recurso de agravio constitucional fojas 895 a 913, se ha podido apreciar que la parte demandante reere que también son lesivas a los derechos que invoca las siguientes publicaciones del aludido semanario:
j Edición 14: de la semana del 11 al 17 de junio de 2012.
k Edición 18: de abril de 2014.
Estas ediciones, por ser posteriores a la fecha de la interposición de la presente demanda de amparo 28 de mayo

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Diario Oficial El Peruano del 4/4/2019 - Procesos Constitucionales

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CountryPeru

Date25/04/2019

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