Boletin Judicial de Costa Rica del 9/2/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Miércoles 9 de febrero del 2022
nueve horas cuarenta y tres minutos del treinta de diciembre de dos mil veintiuno. Por tanto Conforme lo expuesto, citas de ley anotadas, artículos 1, 102, 104, 155, 317, 420 y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, 1,2,8,48
inciso 8 del Código de Familia, se resuelve: Se declara con lugar la demanda de divorcio, promovida por Kemly Barrantes Arrieta contra el señor Rafael Rodríguez. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une. La Guarda de Raquel Rodríguez Barrantes le corresponde al señor Rodríguez y el resto de atributos de la autoridad parental los ejercerán ambos progenitores. No existen bienes gananciales que repartir. Ninguno queda obligado al pago de pensión alimentaria a favor del otro. Se falla este asunto sin especial condenatoria en costas. Firme esta sentencia, el Juzgado emitirá de oficio la Ejecutoria correspondiente al Registro Civil para que se inscriba al margen del asiento de inscripción del matrimonio, bajo las citas 401032380476.
Firme la sentencia se ordena girar los honorarios del curador procesal. Publíquese la parte dispositiva por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese Juzgado de Familia de Heredia, 22/01/2022.Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.1 vez.O.C. N 364-12-2021B.Solicitud N 682017-JA. IN2022621750 .
M.Sc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a la señora Elsandra Díaz Calero, quien es mayor, nicaragense, con pasaporte de su país C01237342, y al señor Luis Alejandro Monge Chinchilla, quien es mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad número 401940425, ambos de demás calidades desconocidas, que en proceso de Suspensión de Patria Potestad y Depósito Judicial, establecida por el Patronato Nacional de la Infancia en su contra, el cual se tramita en el expediente N 200013710364FA, se ordenó notificarle por edicto la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia N 2022000025, dictada al ser las diecisiete horas once minutos del cinco de enero de dos mil veintidós, que en lo conducente dice: Por tanto: En mérito de lo expuesto y artículos de Ley citados, se declara con lugar la demanda incoada y en consecuencia se suspende a Elsandra Díaz Calero y Luis Alejandro Monge Chinchilla en el ejercicio de la patria potestad respecto de su hija Brittany Alexandra Monge Díaz, suspensión que se ordena por dos años, en consecuencia, firme inscríbase esta suspensión en las citas del nacimiento de la persona menor en la Provincia de Heredia, al Tomo: Trescientos diez, y Asiento: Cuatrocientos cuarenta y cinco, para que concientes de sus deberes como padre y madre se sometan a la terapia psicológica necesaria u otro tipo de asistencia -como Escuela para padres o Academias de Crianza-, para afrontar adecuadamente su rol paterno y materno y así corregir las conductas que han motivado la suspensión, pudiendo ser rehabilitados para volver a ejercer tales atributos, en cuanto se hagan merecedores de ello y mediando garantía para la estabilidad emocional y física para su hija, lo que deberá demostrar mediante prueba idónea, en caso contrario vencido ese plazo la parte actora podrá pedir la terminación de la autoridad parental. Mientras no se rehabilite a los demandados en el ejercicio del rol paterno, Brittany Alexandra permanecerá bajo el cuido de su abuela paterna, la señora Hilda Monge Chinchilla a quien se le otorga el Depósito Judicial de su nieta, quien deberá comparecer a aceptar el cargo conferido dentro de tercero día. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. artículo 222 del Código Procesal Civil. Firmado digital de: Notifíquese Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial.Juzgado de Familia de Heredia, 08/01/22.M.Sc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza Decisora.1 vez.O. C. N 364-12-2021B.Solicitud N
68-2017-JA. IN2022621752 .
Lic. Jainer Alonso Gamboa Muñoz Juez del Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala Materia Familia; hace saber a José Isaías
BOLETÍN JUDICIAL Nº 26 Pág 35

Pérez, vecino de Nicaragua, San José de Punta Gorda, que en este Despacho se interpuso un proceso actividad judicial no contenciosa en su contra, bajo el expediente número 22000032-1517-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De las presentes diligencias de depósito de la menor Reyna Anabell Pérez Masis, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a José Isaías Pérez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Lo anterior se ordena así en proceso actividad judicial no contenciosa de PANI Upala-Guatuso Patronato Nacional de la Infancia sede Upala contra; expediente Nº22000032-1517-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.- Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala Materia Familia. 03 de febrero del año 2022.Lic.
Jainer Alonso Gamboa Muñoz, Juez.1 vez.O.C. N 36412-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022621758 .
Se avisa que, en este Despacho bajo el expediente N
21-000280-1517-FA, José Rafael Vargas Barrantes, mayor, casado tres veces, oficial de seguridad, cédula de identidad N 6-0249-0290; solicita se apruebe la adopción de la persona mayor de edad Nathalia Lobo Díaz, portadora de le cédula de identidad N 01-1858-0873. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, Materia Familia, 03 de noviembre del 2021.
Msc. Mónica Marcela Mora Vílchez, Jueza.1 vez.O. C. N
364-12-2021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022621759 .
Se avisa a el señor Octavio Josué Torrez Urbina, calidades desconocidas, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente N 21-000870-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Josafat Jafet Gómez y Octavio Josué Torrez Gómez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de febrero de 2022.Msc José Valverde Leitón, Juez Tramitador.1 vez.O.C. Nº 364-12-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022621760 .
Licenciado Cesar Monge Vallejos, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Raúl Villalon Avilés, en su carácter personal, quien es mayor, Casado/a, Comerciante, vecinoa de domicilio desconocido, documento de identidad 45072126968, se le hace saber que en demanda abreviada nulidad matrimonio, bajo el número de expediente 21001101-0187-FA, establecida por Procuraduría General de la República contra Raúl Villalon Avilés, se ordena notificarle por edicto, el auto del traslado de las dieciséis horas cinco

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Boletin Judicial de Costa Rica del 9/2/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date09/02/2022

Page count36

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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