Boletin Judicial de Costa Rica del 17/2/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVIII

17de defebrero febrero del 2022
La Uruca, Uruca,San SanJosé, José,Costa CostaRica, Rica,jueves lunes 1
2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N 31-2022
REPRODUCCIÓN POR ERROR EN LO SUBRAYADO Y EN NEGRITA

ASUNTO: Aclaración de la circular N 109-2012, en el sentido de que se debe dar una atención preferencial a las personas adultas mayores sean o no abogados y abogadas.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
Se les hace saber que el Consejo Superior en sesión N
97-2021 celebrada el 11 de noviembre de 2021, artículo LV, por considerar que no se ha dado una correcta interpretación a la circular N 109-2012, del 31 de julio del 2012, dispuso aclarar a todos los despachos judiciales del país que se debe dar una atención preferencial a las personas adultas mayores sean o no abogados, cuando acuden para obtener información o realizar algún trámite relacionado con un asunto de su interés o que figuren como abogados o abogadas, directores y directoras de una de las partes. No obstante, este trato preferencial no se aplica a la tramitación de los procesos en que figuren personas usuarias que NO
SON adultas mayores, aunque su abogado o abogada es persona adulta mayor.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 11 de febrero de 2022.

Msc. Irving Vargas Rodríguez,
Subsecretario General interino 1 vez.O. C. Nº 364-12-2021B.Solicitud Nº 682017-JA. IN2022623811 .
AVISO N 04-2022
ASUNTO:Recomendaciones para los despachos judiciales de las materias laboral, civil, cobro, familia, agraria, contenciosoadministrativa y civil de hacienda y notarial, con motivo de resultado del seguimiento realizado por el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional CACMFJ durante la pandemia COVID 19.
A TODOS LOS DESPACHO JUDICIALES DEL PAÍS
EN MATERIA LABORAL, CIVIL, COBRO, FAMILIA, AGRARIA, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Y CIVIL DE HACIENDA Y NOTARIAL
SE LES HACE SABER QUE:
Con motivo de los resultados del seguimiento realizado a los despachos judiciales que tiene a cargo el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional CACMFJ durante la pandemia COVID 19, la Corte Plena en la sesión celebrada el 10 de enero del año en curso, artículo XL, aprobó las recomendaciones que se transcriben, a fin de que los despachos judiciales de las materias que se dirán, tomen nota para lo de su cargo, en los siguiente términos:
Materia laboral:

a.Se insta a todos los despachos judiciales que conforman la jurisdicción laboral a mantener los rendimientos mostrados en este período, donde están
Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2022.02.16
14:05:15 -0600

Nº 32 40 Páginas
cumpliendo con los parámetros establecidos por la Dirección de Planificación; en cuanto al personal de apoyo se les insta a mejorar los rendimientos ya que en muchos casos el rendimiento mostrado no ha sido el más adecuado.
b.En el caso de los tribunales superiores que atienden la materia laboral, se les insta a cumplir con las cuotas de trabajo establecidas, debido a que, en algunos casos detectados, aunque el personal juzgador tenga suficiente circulante para cumplir con la cuota mensual no se está realizando.
Materia civil:

a.Los 41 despachos que atienden materia civil en primera instancia realicen un análisis de los espacios libres en las agendas para señalar procesos suspendidos, así como en los nuevos y seguir promoviendo el uso de los medios tecnológicos con los que cuenta en Poder Judicial.
b.Reconocer el esfuerzo y el compromiso demostrado por el personal civil. A la segunda instancia además de reconocer los excelentes rendimientos generales mostrados en cada uno de los meses analizados, también reconocer el compromiso demostrado en la reducción de los plazos de respuesta en la mayoría de los tribunales, atendiéndose la recomendación realizada en los distintos informes de seguimiento presentados antes los Órganos Superiores.
Materia de cobro:

a.Los juzgados de Cobro del país deberán realizar la diferenciación en la Agenda Cronos de las audiencias de evacuación de prueba de aquellas que corresponden a actuaciones judiciales como los remates, mediante la opción de Observaciones de la agenda, incluyendo la palabra Remate en aquellos que el señalamiento refiera a estos, lo que permitiría determinar el dato exacto y veraz de ambas variables y por consiguiente un adecuado seguimiento, hasta una vez la Dirección de Tecnología de la Información realice una mejora en la agenda que permita visualizar la información por separado.
b.En el caso de cancelación de señalamientos de remate el Juzgado de Cobro de Cartago deberá de indicar en el Estado del señalamiento el motivo correcto y no indicar: continua como se ha venido realizando, ya que el estado continua se utiliza para señalar que una audiencia de prueba continuará en una fecha posterior, lo cual no aplica para las subastas.
c.En cuanto a la cancelación de las audiencias de evacuación de prueba deberán los juzgados de cobro del país consignar el resultado correcto en el momento de la cancelación de la audiencia, debido a que se ha determinado que la totalidad de los juzgados indican resultados de cancelación en la audiencias que corresponden a remates, tales como: Adjudicado en 1 remate Adjudicado en 2
remate Adjudicado en 3 remate Fracasado en 1 remate, Fracasado en 2 remate y Fracasado en 3 remate.

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 17/2/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date17/02/2022

Page count40

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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