Boletin Judicial de Costa Rica del 3/2/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 70 BOLETÍN JUDICIAL Nº 22

Jueves 3 de febrero del 2022

de conformidad con los artículos 159 del Código de Familia, 262 y 263 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Diana Rojas Elizondo.Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2022.
Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O. C. Nº 36412-2021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022620098 .
Se avisa a la señora Katherine Dayanna Vargas Arley, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N 21-000422-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Cristel Zamara Álvarez Vargas. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste n su conformidad o se oponga n en estas diligencias.Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero de dos mil veintidós.Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza Decisora.1 vez.O.C. Nº 364-122021B.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022620099 .
Se avisa a los señores Emilio Castillo Marago y Sandra Ramírez Carvajal, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 22-0000010673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Nathalia Castillo Ramírez. Se les concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de enero de dos mil veintidós.Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.1 vez.O.C. N 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022620100 .
Licenciado Carlos Sánchez Miranda, juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a Nicole Marie Beckstead, en su carácter personal, quien es mayor, estadounidense, casada una vez, de domicilio desconocido, cédula de pasaporte N P076693040, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, establecida por Juan Carlos Tercero Segura contra Nicole Marie Beckstead, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice:
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las quince horas treinta y seis minutos del veintidós de noviembre de dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Juan Carlos Tercero Segura, se confiere traslado a la accionada Nicole Marie Beckstead representada por el curador procesal Gerardo Sánchez Rodríguez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya.
Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese.
Se reserva la contestación de la demanda realizada por el curadora procesal, para ser conocida en el momento procesal oportuno.Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.MSc. Carlos Sánchez Miranda, Juez Decisor.1 vez.O.C. Nº 364-12-2021B.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2022620136 .
Se avisa al señor: Houssam El Chaar, mayor, comerciante, de nacionalidad libanés, pasaporte N RL0966234, demás calidades y domicilio desconocido, que dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio N 14-000816-0186-FA
establecido por Procuraduría General de la República, que se tramita en este juzgado, se dictó la sentencia N 146-2019 de las nueve horas cuarenta y seis minutos del seis de febrero de dos mil diecinueve, cuya parte dispositiva dice: Por tanto:
de conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, este proceso de nulidad de matrimonio formulado por El Estado, contra los señores Houssam El Chaar y Astrid Yasmín González Fonseca, se resuelve de la siguiente manera: 1
Se declara sin lugar la presente demanda. 2 Notifíquese al codemandado Houssam El Chaar la parte dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. 3 Se condena al Estado al pago de las costas procesales y personales de este asunto.
4 De una vez se ordena girar los honorarios de curador procesal al Licenciado Álvaro Francisco Vargas Arce, cédula de identidad N 4-0134-0568; una vez firme esta sentencia realícese la respectiva comunicación para su efectivo pago a la administración de este circuito judicial.Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero de 2022.MSC. Marilene Herra Alfaro, Jueza.1 vez.O.C. N
364-12-2021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022620137 .
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 21-000863-0687-FA, solicitud de adopción, de la persona menor Brittany Alondra Barahona, promovida por Christian Gerardo Barahona Amador y Haydee Lucía Rodríguez Salas, con intervención del Patronato Nacional de la Infancia, y de los interesados directos a quienes se les concede el plazo de cinco días para apersonarse o formular oposiciones. A los interesados directos se les comunicará por medio de un aviso que se publicará en el Boletín Judicial de conformidad con lo prescrito por el numeral 131 del Código de Familia. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones.
Se le previene a la parte promovente presentar un Estudio Psicosocial actualizado por medio del Departamento de Adopciones del Patronato.Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia Materia de Familia.Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.1 vez.O. C. N 36412-2021B.Solicitud N 68-2017-JA. IN2022620179 .

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Boletin Judicial de Costa Rica del 3/2/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date03/02/2022

Page count72

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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