Boletin Judicial de Costa Rica del 7/1/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVIII

LaUruca, Uruca, San José, José,Costa Costa Rica, Rica, viernes defebrero enero del La lunes 17de del2022
2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N 257-2021
ASUNTO: Reiteración de la circular No 192-2015, sobre el Protocolo de Atención Inmediata a personas menores de edad, víctimas y testigos en sede penal.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES
DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N 912021 celebrada el 21 de octubre del 2021, artículo XLII, en lo que interesa, dispuso reiterar la Circular No 192-2015, sobre el Protocolo de Atención Inmediata a personas menores de edad, víctimas y testigos en sede penal, que indica:
El Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión No. 87-15 celebrada el 29 de setiembre de 2015, artículo IV, acordó comunicar a los despachos judiciales del país, el Protocolo de Atención Inmediata a personas menores de edad, víctimas y testigos en sede penal, que literalmente indica:
Protocolo de Atención Inmediata a personas menores de edad, víctimas y testigos en sede penal INTRODUCCIÓN
La intervención de los y las profesionales del Departamento de Trabajo Social y Psicología DTSP
en diversos procesos judiciales, ha involucrado en el área penal, la prestación de servicios de abordaje a personas menores de edad durante los diferentes procesos judiciales, en materia de delitos sexuales y otras formas de agresión; bajo la modalidad de atenciones inmediatas.
Según las estadísticas del DTSP en el año 2012, se recibieron 3907 solicitudes de atenciones inmediatas y en el 2013, 4922; estos números revelan la demanda, para esta intervención técnica y justifican la importancia de este Protocolo.
Lo anterior, en respuesta a que, en el artículo 123
del Código de Niñez y Adolescencia se especifica que El Departamento de Trabajo Social y el Departamento de Psicología sic del Poder Judicial deberán asistir al menor ofendido y a su familia durante el proceso . Y en concordancia con el derecho de asistencia, retomado en los Principios Fundamentales de Justicia para víctimas de delitos y abuso del poder, aprobados por las Naciones Unidas desde 1985.
A pesar de que se cuenta con lineamientos departamentales para esta modalidad, el proceso de cambio por el cual se atraviesa arrojó la necesidad de homogenizar y protocolarizar la forma de trabajo, de manera que cualquier profesional siga las mismas pautas de acción; por lo que se conformó una comisión encargada de la elaboración del presente protocolo.
El propósito que se pretende cumplir con este, está dirigido a que las y los profesionales en Trabajo Social o en Psicología cuenten con una guía conceptual
Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2022.01.06
17:09:37 -0600

Nº 3 28 Páginas
y práctica que permita una prestación de servicios de calidad y no revictimizantes, hacia el usuario o la usuaria del Poder Judicial; por lo que expone las definiciones que direccionan los objetivos de intervención y las acciones a realizar durante las distintas etapas procesales.
La atención inmediata a personas menores de edad, responde a solicitud para realizar acompañamientos técnicos; los cuales de preferencia son programados por la autoridad judicial o atendidos de forma emergente, de acuerdo con el recurso disponible.
Esta intervención debe proporcionar información básica acerca de la diligencia judicial, en la que inicialmente se genera un rapport que permita un acercamiento con la persona menor de edad y si es requerido la contención necesaria, en el marco de derechos y deberes dentro de las políticas para disminuir la revictimización, establecidas por el Poder Judicial Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia, CONAMAJ.
Según Lipowsky y Stern 1997; citados por Cantón-Duarte y Arboleda, 2000 los objetivos de esta intervención son la instrucción de procedimientos y los papeles desempeñados por las distintas personas que intervienen, familiarizarlo con los términos, y conceptos legales, enseñarle técnicas adecuadas de expresión oral, ayudarle a entender la finalidad del sistema judicial penal, conseguir que se sienta cómodo en la sala de audiencias y hacer tomar conciencia de la importancia de decir sólo la verdad.
De acuerdo con lo anterior, el objetivo de la intervención es brindar información, orientación y contención; con el propósito de fortalecer a la persona menor de edad atendida durante el proceso judicial.
Esta modalidad de atención requiere conocer aspectos básicos de la situación que genera la intervención judicial. El o la perito deberá dirigir su accionar técnico a partir del conocimiento de elementos tales como: el vínculo con la persona denunciada, redes de apoyo, habilidades funcionales y desarrollo evolutivo;
que permitan ofrecer un criterio profesional a la autoridad judicial, que de manera oral exponga las capacidades personales y condiciones familiares que deben tomarse en consideración en el momento de la diligencia.
Objetivo Determinar la intervención del Departamento de Trabajo Social y Psicología del Poder Judicial, con el fin de unificar la actuación profesional ante las solicitudes de atención inmediata por parte de la autoridad judicial en sede penal; y de esta forma, garantizar un servicio de calidad desde un marco de procedimientos técnicos acordes con las políticas de disminución de la revictimización secundaria.
Ámbito de aplicación y población meta Este documento va dirigido a los y las peritos del DTSP, que deben efectuar este tipo de intervención con la población de personas menores de edad en materia de delitos sexuales y otros tipos de agresión, interpuestos en el ámbito penal.

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Boletin Judicial de Costa Rica del 7/1/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date07/01/2022

Page count28

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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