Expedientes Judiciales

Artículo 2642 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTÍCULO 2642. Principios generales y cooperación

En materia de desplazamientos, retenciones o sustracción de menores de edad que den lugar a pedidos de localización y restitución internacional, rigen las convenciones vigentes y, fuera de su ámbito de aplicación, los jueces argentinos deben procurar adaptar al caso los principios contenidos en tales convenios, asegurando el interés superior del niño.

Artículo 1852 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTICULO 1852. Ámbito de aplicación. Jurisdicción

Las disposiciones de esta Sección se aplican en caso de sustracción, pérdida o destrucción de títulos valores incorporados a documentos representativos, en tanto no existan normas especiales para tipos determinados de ellos. El procedimiento se lleva a cabo en jurisdicción del domicilio del creador, en los títulos valores en serie; o en la del lugar de pago, en los títulos valores individuales. Los gastos son a cargo del solicitante.


Artículo 1851 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTICULO 1851. Comprobantes de saldos

La entidad que lleve el registro debe expedir comprobantes de saldos de cuentas, a efectos de:


Artículo 1850 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTICULO 1850. Régimen

Cuando por disposición legal o cuando en el instrumento de creación se inserta una declaración expresa de voluntad de obligarse de manera incondicional e irrevocable, aunque la prestación no se incorpore a un documento, puede establecerse la circulación autónoma del derecho, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 1820.


Artículos 1847 / 1848 / 1849 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTICULO 1847. Régimen

Es título nominativo endosable el emitido en favor de una persona determinada, que sea transmisible por endoso y cuya transmisión produce efectos respecto al emisor y a terceros al inscribirse en el respectivo registro.

El endosatario que justifica su derecho por una serie ininterrumpida de endosos está legitimado para solicitar la inscripción de su título.

Si el emisor del título se niega a inscribir la transmisión, el endosatario puede reclamar la orden judicial correspondiente

ARTICULO 1848. Reglas aplicables


Artículo 2641 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTÍCULO 2641. Medidas urgentes de protección

Artículo 2640 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTÍCULO 2640. Tutela e institutos similares

La tutela, curatela y demás instituciones de protección de la persona incapaz o con capacidad restringida, se rigen por el derecho del domicilio de la persona de cuya protección se trate al momento de los hechos que den lugar a la determinación del tutor o curador.

Otros institutos de protección de niños, niñas y adolescentes regularmente

Artículo 2639 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTÍCULO 2639. Responsabilidad parental

Todo lo atinente a la responsabilidad parental se rige por el derecho de la residencia habitual del hijo al momento en que se suscita el conflicto.

No obstante, en la medida en que el interés superior del niño lo requiera se puede tomar en consideración el derecho de otro Estado con el cual la situación tenga vínculos relevantes.

Artículo 2638 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTÍCULO 2638. Conversión

La adopción otorgada en el extranjero de conformidad con la ley del domicilio del adoptado puede ser transformada en adopción plena si:

a) se reúnen los requisitos establecidos por el derecho argentino para la adopción plena;

b) prestan su consentimiento adoptante y adoptado. Si éste es persona menor de edad debe intervenir el Ministerio Público.

Artículo 2637 del Código Civil y Comercial comentado

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ARTÍCULO 2637. Reconocimiento

Una adopción constituida en el extranjero debe ser reconocida en la República cuando haya sido otorgada por los jueces del país del domicilio del adoptado al tiempo de su otorgamiento.

También se deben reconocer adopciones conferidas en el país del domicilio del adoptante cuando esa adopción sea susceptible de ser reconocida en el país del domicilio del adoptado.