Legislación de Argentina

Artículo 2640 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2640. Tutela e institutos similares La tutela, curatela y demás instituciones de protección de la persona incapaz o con capacidad restringida, se rigen por el derecho del domicilio de la persona de cuya protección se trate al momento de los ...

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Artículo 2639 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2639. Responsabilidad parental Todo lo atinente a la responsabilidad parental se rige por el derecho de la residencia habitual del hijo al momento en que se suscita el conflicto. No obstante, en la medida en que el interés superior del niño lo ...

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Artículo 2638 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2638. Conversión La adopción otorgada en el extranjero de conformidad con la ley del domicilio del adoptado puede ser transformada en adopción plena si: a) se reúnen los requisitos establecidos por el derecho argentino para la adopción plena; ...

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Artículo 2637 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2637. Reconocimiento Una adopción constituida en el extranjero debe ser reconocida en la República cuando haya sido otorgada por los jueces del país del domicilio del adoptado al tiempo de su otorgamiento. También se deben reconocer adopciones ...

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Artículo 2636 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2636. Derecho aplicable Los requisitos y efectos de la adopción se rigen por el derecho del domicilio del adoptado al tiempo de otorgarse la adopción. La anulación o revocación de la adopción se rige por el derecho de su otorgamiento o por el ...

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Artículo 2635 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2635. Jurisdicción En caso de niños con domicilio en la República, los jueces argentinos son exclusivamente competentes para la declaración en situación de adoptabilidad, la decisión de la guarda con fines de adopción y para el otorgamiento ...

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Artículo 2634 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2634. Reconocimiento de emplazamiento filial constituido en el extranjero Todo emplazamiento filial constituido de acuerdo con el derecho extranjero debe ser reconocido en la República de conformidad con los principios de orden público ...

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Artículo 2633 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2633. Acto de reconocimiento de hijo Las condiciones del reconocimiento se rigen por el derecho del domicilio del hijo al momento del nacimiento o al tiempo del acto o por el derecho del domicilio del autor del reconocimiento al momento del acto. ...

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Artículo 2632 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2632. Derecho aplicable El establecimiento y la impugnación de la filiación se rigen por el derecho del domicilio del hijo al tiempo de su nacimiento o por el derecho del domicilio del progenitor o pretendido progenitor de que se trate al tiempo ...

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Artículo 2631 del Código Civil y Comercial comentado

- ARTÍCULO 2631. Jurisdicción Las acciones relativas a la determinación e impugnación de la filiación deben interponerse, a elección del actor, ante los jueces del domicilio de quien reclama el emplazamiento filial o ante los jueces del domicilio del ...

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