Diario Oficial El Peruano del 4/4/2024 - Procesos Constitucionales

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Fuente: Diario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

Firmado por: Editora Peru Fecha: 05/04/2024 00:17

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AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO
Viernes 5 de abril de 2024

PROCESOS CONSTITUCIONALES

Año XX / Nº 3752

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PROCESO DE HABEAS CORPUS
Sala Segunda. Sentencia 194/2024
EXP. N 02024-2023-PHC/TC
CAJAMARCA
NÉSTOR RODOLFO ARAUJO HORNA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 19 días del mes de diciembre de 2023, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los magistrados Morales Saravia y Gutiérrez Ticse, con la participación del magistrado Hernández Chávez, convocado para dirimir la discordia suscitada en autos, ha emitido la presente sentencia. El magistrado Domínguez Haro emitió voto singular, el cual se agrega. Los magistrados intervinientes firman digitalmente en señal de conformidad con lo votado.
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Néstor Rodolfo Araujo Horna contra la resolución de fecha 11 de mayo de 20231, expedida por la Primera Sala Penal de Apelaciones con adición de funciones de la Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de Cajamarca con Adición de Funciones de Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que declaró improcedente la demanda de habeas corpus de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 15 de diciembre de 2022, don Néstor Rodolfo Araujo Horna interpone demanda de habeas corpus2 contra la Policía Antidrogas de Cajamarca, en particular, contra el general Deny Rodríguez Bardales, director de la Dirandro PNP. Se alega la vulneración del derecho de los detenidos a no ser objeto de un tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto de la forma y condiciones en que se cumple el mandato de detención.
Solicita que se realice una inspección judicial en la carceleta de la entidad demandada, ubicada en el jirón El Comercio 1021, a fin de que se constate el estado lamentable en que se encuentra y que, en consecuencia, al amparo de los derechos humanos reconocidos por el Perú y por los tratados internacionales vigentes, se ordene su acondicionamiento conforme a las condiciones de higiene y comodidad de las cuales debe gozar toda persona detenida en dicha carceleta.
El recurrente refiere que la presente demanda va dirigida a la entidad mencionada, dado que administra una carceleta de detención en estado lamentable y que el ambiente de dicha carceleta es inadecuado para garantizar el respeto a la dignidad de los detenidos en ella. Agrega que el colchón se ubica sobre el piso, sin ningún catre o algo por el estilo, y es muy delgado, no permitiendo guarecerse adecuadamente del frío que impera en la ciudad de Cajamarca.
El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, mediante Resolución 1, de fecha 15 de diciembre de 20223, admite a trámite la demanda.

El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, mediante Resolución 3, de fecha 27 de marzo de 20234, declaró improcedente la demanda, tras considerar que no se ha precisado en la demanda cuál es el acto u omisión que implique el trato inhumano y degradante, y qué persona estaría siendo afectada en su libertad individual.
La Primera Sala Penal de Apelaciones Permanente de Cajamarca con adición de funciones de la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca confirmó la resolución apelada, tras considerar que el impugnante no acompañó ningún medio probatorio que dé respaldo mínimo a la premisa fáctica postulada, más que su sola versión. Empero, insiste en que el trato inhumano o degradante devendría de la falta de condiciones óptimas en las que se encuentra la carceleta en cuestión, la cual solo contaría con un colchón. No obstante, conforme a lo señalado precedentemente, el recurrente no informó siquiera de dónde proviene tal afirmación, y si fue una circunstancia constatada por su persona o por alguien distinto. Asimismo, exhortó al oficial PNP Superior a cargo del Departamento de Investigación Criminal y División de Investigación Criminal a la que pertenece el Área Antidrogas del Frente Policial Cajamarca a que verifique de forma continua el correcto y adecuado mantenimiento de los ambientes de dicha carceleta y que, de ser el caso, en el menor tiempo posible, mejoren las condiciones de habitabilidad de los detenidos en ella.
FUNDAMENTOS
Delimitación del petitorio 1. El objeto de la demanda es que se realice una inspección judicial a la carceleta de la entidad demandada, ubicada en el jirón El Comercio 1021, a fin de que se constate el estado lamentable en que se encuentra y que, en consecuencia, al amparo de los derechos humanos reconocidos por el Perú y por los tratados internacionales vigentes, se ordene su acondicionamiento conforme a las condiciones de higiene y comodidad de las cuales debe gozar toda persona detenida en dicha carceleta.
2. Se alega la vulneración del derecho de los detenidos a no ser objeto de un tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto de la forma y las condiciones en que se cumple el mandato de detención.
Análisis del caso concreto 3. La libertad personal es un derecho fundamental que no solo ha sido reconocido en el inciso 24 del artículo 2 de la Constitución, sino también en los tratados internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el Estado peruano, como es el caso del artículo 9.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sistema universal de derechos humanos y del artículo 7.2 de la Convención Americana sobre Derecho Humanos sistema interamericano de derechos humanos.
4. Como derecho fundamental, la libertad personal no solamente tiene una dimensión subjetiva, sino que, en atención a su dimensión objetiva, constituye también uno de los valores fundamentales de nuestro Estado constitucional,

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 4/4/2024 - Procesos Constitucionales

TítuloDiario Oficial El Peruano - Procesos Constitucionales

PaísPerú

Fecha05/04/2024

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1460

Primera edición08/01/2016

Ultima edición01/05/2024

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