Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/5/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 88

la ejecutada que el/los embargos/s acordado/s podrá dejarse sin efecto si abona dichas cantidades, así como el pago podrá realizarlo igualmente por transferencia en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la cuenta que mantiene en la OP de "SANTANDER" , nº IBAN ES55-0049-3569-920005001274-, haciendo constar en el apartado " concepto" el nº 1288-0000-64-0112-18. Visto el estado que ofrecen las presentes actuaciones, y habiendo resultado infructuosas las gestiones realizadas por este Juzgado para la localización de bienes de la parte ejecutada sobre los que trabar embargo, dése traslado al FONDO DE GARANTIA
SALARIAL a fin de que en el término de QUINCE DIAS HABILES inste lo que a su derecho convenga, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral, y ello previo al dictado de auto de insolvencia de dicha parte ejecutada NORMAR MARINE SERVICES S.L.U , con C.I.F.:B-11520582
, y en cuantía de 13.611 euros de principal, más 4.083 euros presupuestadas para intereses legales y costas del procedimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes, notificándole a a la ejecutada a través de Edictos , que se publicaran en el Boletín Oficial de la Provincia , haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, por escrito a este Juzgado, dentro del plazo de TRES DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma Dña. MARÍA DOLORES
MORENO ROMERO , LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
del JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE ALGECIRAS. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al EJECUTADO NORMAR MARINE
SERVICES SLU actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a cinco de abril de dos mil dieciocho.LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. María Dolores Romero Moreno. Firmado.
Nº 28.100


Juzgado de lo Social Nº 1
Cadiz EDICTO
ANGEL LUIS SANCHEZ PERIÑAN, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1
DE CADIZ.
HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 766/2017 a instancia de la parte actora D. NICOLAS GALAN RUIZ contra AURASER 24, S.L, SERRAMAR VIGILANCIA Y SEGURIDAD,S.L., DAMATERRA EMPRESAS DE
SERVICIOS,S.L., SANCUS SEGURIDAD, S.L., SERVENPI, S.L. y TS-24 H, S.L.
sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado Sentencia de fecha 18/04/2018 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Estimar la demanda de despido dirigida por D. NICOLÁS GALÁN
RUIZ frente a las empresas AURASER 24, SL., SERRAMAR VIGILANCIA Y
SEGURIDAD, S.L., DAMATERRA EMPRESA DE SERVICIOS, S.L. y SANCUS
SEGURIDAD, S.L., debiendo declararse la improcedencia del despido de fecha 15.07.2017, debiendo tenerse por anticipada la opción empresarial por la extinción de la relación laboral a fecha 15.07.2017, sin salarios de tramitación, debiendo condenarse solidariamente a las empresas AURASER 24, SL., SERRAMAR
VIGILANCIA Y SEGURIDAD, S.L., DAMATERRA EMPRESA DE SERVICIOS, S.L. y SANCUS SEGURIDAD, S.L., a indemnizar al actor por razón del despido en la cantidad de 2.538,28 euros; debiendo absolverse a TS-24H, S.L. y a SERVICIOS
EMPRESARIALES PARA INTEGRACIÓN, S.L. de los pedimentos ejercitados frente a los mismos.
El FOGASA responderá subsidiariamente en los supuestos y con los límites del art. 33 del Estatuto de los Trabajadores, previa tramitación del oportuno expediente ante el FOGASA.
No ha lugar a entrar a conocer de la reclamación de cantidad por falta de conciliación previa.No ha lugar a la condena en las costas de este procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes, previniéndoles que contra la misma cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES a la misma por comparecencia o por escrito.
De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, junto al anuncio del recurso y de conformidad con lo establecido en los arts. 229 y 230 de la LRJS, deberá acreditar mediante el oportuno resguardo haber procedido a consignar el importe del principal objeto de condena mediante su ingreso en cualquier sucursal del Banco Santander con núm. 1233 0000 65 y citando seguidamente el número y año del presente procedimiento, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el apartado "concepto" del documento de ingreso que obedece a un Consignación de Condena y citando seguidamente el número y año del presente procedimiento.
Tal consignación podrá ser sustituida por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo ser depositado el documento original ante Sr. Letrado de la Administración de Justicia, quedando en su poder mientras se sustancie el recurso.
Del mismo modo, al momento de anunciar el recurso, caso de interponerse por alguna parte del procedimiento que no reúna la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, en atención a los referidos preceptos y como requisito para su admisión, deberá aportarse justificante de haber constituido a disposición de este Juzgado un depósito en cuantía de 300 &euro,
10 de mayo de 2018

mediante su ingreso en la misma entidad bancaria y cuenta de depósitos núm. 1233
0000 65 y citando seguidamente el número y año del presente procedimiento, utilizando asimismo el modelo oficial, pero citando esta vez como concepto el de Recurso de Suplicación.
De dichas obligaciones de consignación y depósito se encuentran dispensadas las Administraciones públicas y las entidades de derecho público sujetas a las exenciones previstas en el apartado 4º del art. 229 de la LRJS, así como los sindicatos y quienes tuvieran reconocido el beneficio de asistencia jurídica gratuita.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo
Y para que sirva de notificación al demandado AURASER 24, S.L
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En CADIZ, a diecinueve de abril de dos mil dieciocho. EL LETRADO DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Ángel Luis Sánchez Periñán. Firmado.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 28.110

VARIOS
Universidad Nacional de Educacion a Distancia Centro Asociado de Cadiz ANUNCIO
FORMALIZACIÓN DE CONTRATO
1.- Entidad adjudicadora:
a Organismo: Consorcio Universitario Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia UNED en Cádiz.
b Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c Número de expediente: 1/2017
d Dirección de Internet del perfil del contratante: http www2.uned.es/ca-cadiz/2g_
perfildelcontratante.html 2.- Objeto del Contrato:
a Tipo de contrato: Servicios b Descripción del objeto: Servicios de Limpieza del Centro Asociado de la UNED en Cádiz, sito en Plaza de San Antonio nº 2 de Cádiz.
c CPV: 90919200-4
d Boletín Oficial de la Provincia en el que se publicó la licitación: nº 232 de fecha 5-12-2017.
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a Tramitación: Ordinaria.
b Procedimiento: Abierto c Forma de adjudicación: Varios criterios 4.- Presupuesto Base de Licitación:
Presupuesto máximo de licitación, IVA incluido: CIENTO CUARENTA Y CINCO
MIL DOSCIENTOS EUROS 145.200,00 € IVA incluido, a razón de 3.025,00 €, mensuales IVA incluido 5.- Formalización:
a Fecha de adjudicación: 8 de marzo de 2018
b Fecha de formalización del contrato: 15 de marzo de 2018
c Contratista: FISSA CÁDIZ GIS, S.L., con CIF B 72085202
d Nacionalidad: Española e Importe de Adjudicación: CIENTO CUARENTAY CINCO MIL CIENTO SESENTA
EUROS CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS 145.160,64 €. IVA incluido, a razón de TRES MIL VEINTICUATRO EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS
3.024,18 € MENSUALES IVA INCLUIDO, Lo que se hace público para su general conocimiento.
Cádiz, 18 de abril de 2019. El Director. Firmado.
Nº 27.003

.
.P

Asociación de la Prensa de Cádiz Concesionaria del Boletín Oficial de la Provincia Administración: Calle Ancha, nº 6. 11001 CADIZ
Teléfono: 956 213 861 4 líneas. Fax: 956 220 783
Correo electrónico: boletin@bopcadiz.org www.bopcadiz.es
O .
B

SUSCRIPCION 2018: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 10/5/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha10/05/2018

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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