Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/07/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que asimismo, consta Curva de Inversión y Plan de Avance para la ejecución de la obra de referencia, suscriptos por el Presidente del Consorcio Caminero Único, por un total de $ 86.555.713,51 con IVA incluido, que corresponde a valores de mercado según actividades de cotización que realizara oportunamente este Consorcio Caminero Único a precios de marzo 2021.

Que obran en autos conformidades de los beneficiarios, como también la Resolución Ministerial Nº 159/2021 por la cual se dispone la apertura del Registro de Opositores de la Obra, en los términos del artículo 3º de la Ley Nº 10.546 y artículo 14 del Anexo Único al Decreto Reglamentario Nº 1.053/2018, constando la correspondiente publicación en el Boletín Oficial.
Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como Coordinadora de la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único, informa que ningún contribuyente manifestó su oposición a la ejecución de referencia, concluyendo una oposición de 0. Como la oposición registrada es menor al 50%, se observa que se está en condiciones de proceder a la contratación de la obra , razón por la cual insta la prosecución del trámite de que se trata.
Que asimismo, surge de lo informado en autos que el valor total de la contribución por mejoras asciende a la suma de $ 43.277.856,76 equivalente al 50% del valor de la obra, que deberá ser pagado en tres 3 cuotas anuales una vez terminada la obra, la cual se estima para diciembre de 2021, indicándose que para la financiación mencionada se tendrá en cuenta la evolución del índice del costo de la construcción ICC-Cba, publicado por la Dirección de Estadísticas y Censos de Córdoba y que El aporte restante del valor total de la obra estará a cargo de la Provincia..
Que consta conformidad del Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario FDA para abonar los fondos correspondientes.

Que la Dirección General de Administración de este Ministerio ha agregado Documento Contable - Nota de Pedido Nº 2021/000251, que certifica la reserva presupuestaria para hacer frente a la erogación que la gestión demanda.
Que obra Dictamen Nº 225/2021 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que lo propiciado en autos encuentra su fundamento en las previsiones del artículo 7º del Anexo I a la Resolución Nº 100/2019, artículo 7º - inciso b punto 4 de la Ley Nº 8.614, modificada por Ley Nº 10.417, artículo 2º de la Ley Nº 10.546, artículo 2º de la Ley Nº 6.233 y Ley Nº 10.220.
Que dicha asesoría manifiesta también que, conforme lo dispuesto por Ley Nº 10.546, Decreto Nº 1.053/2018, Ley Nº 10.622, Resoluciones Ministeriales Nros. 250/2018 y 100/2019 y competencias específicas de la Unidad Ejecutora, en relación a la determinación del quantum de la Contribución por Mejoras, artículo 4º inc. h de la citada Resolución Nº 250/2018 y entendiendo que la Unidad Ejecutora dentro de su competencia específica se ha expedido en relación a la documental técnica obrante en autos y la conveniencia de contratar con el Consorcio Caminero Único artículo 4º - incisos c y o de la mencionada Resolución considera que puede autorizarse a la referida Unidad Ejecutora a fijar el porcentaje de contribución por mejoras y contratar en forma directa con el Consorcio Caminero Único en los términos propiciados.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 145
CORDOBA, R.A. LUNES 19 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 225/2021 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el CONSORCIO
CAMINERO ÚNICO la realización de la obra: MEJORAMIENTO CAMINO DE LA RED SECUNDARIA S -159 - TRAMO: AUTOPISTA 9 VILLA
MARÍA PARAJE SANTA ROSA, por la suma de Pesos Ochenta y Seis Millones Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Trece con Cincuenta y Un Centavos $ 86.555.713,51, a valores del mes de marzo de 2021, con un plazo de ejecución de obra de ciento ochenta 180 días contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Replanteo.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Ochenta y Seis Millones Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Setecientos Trece con Cincuenta y Un Centavos $ 86.555.713,51, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2021/000251, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50
Programa 511 -000
Partida 12.06.00.00
Obras Ejecución por Terceros P.V. .. $ 86.555.713,51
Artículo 3º.- AUTORÍZASE a la UNIDAD EJECUTORA PARA LA REGLAMENTACIÓN Y GESTIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO ÚNICO a continuar con la tramitación de la obra: MEJORAMIENTO CAMINO DE LA
RED SECUNDARIA S -159 - TRAMO: AUTOPISTA 9 VILLA MARÍA PARAJE SANTA ROSA, estableciendo para los beneficiarios determinados según la zona de influencia, el aporte de contribución por mejoras que asciende a la suma de Pesos Cuarenta y Tres Millones Doscientos Setenta y Siete Mil Ochocientos Cincuenta y Seis con Setenta y Seis Centavos $ 43.277.856,76, correspondiente al 50% del valor total de la obra, a pagar en tres 3 cuotas anuales una vez terminada la obra, debiéndose tener en cuenta para su financiación, la evolución del Índice del Costo de la Construcción ICC-Cba publicado por la Dirección de Estadísticas y Censos de Córdoba y quedando a cargo de la Provincia el aporte restante del valor total de la obra.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, tome conocimiento la Dirección General de Rentas, pase a la Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/07/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date19/07/2021

Page count10

Edition count4146

First edition01/02/2006

Last issue23/05/2024

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