Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/07/2021 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 137
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

292/2021, 294/2021 y 308/2021 hasta la misma fecha.

Que a través de la Resolución Nº 368/2021 se exceptuó de lo dispuesto en los artículos 2º y 3º del Decreto Nº 461/2021 - prorrogado por Decretos Nros. 468/2021, 546/2021 y 599/2021 -, a la Procuración del Tesoro dependiente de la Fiscalía de Estado, en los términos expuestos en los considerandos del mismo instrumento.

Que el Decreto Nº 670/2021 extendió el receso administrativo dispuesto por Decreto N 461/2021 y prorrogado por sus similares Nros. 468/2021, 546/2021 y 599/2021, hasta el 8 de julio de 2021, inclusive, en los mismos términos a los actualmente vigentes.
Por ello, las facultades conferidas a esta Secretaría General de la Gobernación por el Decreto Nº 461/2021 y en uso de sus atribuciones;

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1.- ESTABLÉCESE la prórroga de las disposiciones de las Resoluciones Nros. 288/2021, 290/2021, 292/2021, 294/2021, 308/2021, 358/2021 y 368/2021 de esta Secretaría General de la Gobernación, hasta el día 8 de julio de 2021 inclusive, en sus mismos términos y condiciones.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JULIO COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.

TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N 117
Córdoba, 05 de julio de 2021
VISTO: Las Resoluciones N46/2020, N47/2020, N48/2020, N49/2020, N50/2020, N52/2020, N54/2020, N56/2020, N62/2020, Nº64/2020, N66/2020, N70/2020, N72/2020, N74/2020, N78/2020, N87/2020, N92/2020, N97/2020, N103/2020 N 111/2020, N125/2020, Nº09/2021, Nº25/2021, N94/2021, N95/2021, N99/2021 y N107/2021, dictadas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba en el marco de la situación sanitaria en la que se encuentra el país como consecuencia del avance del virus coronavirus COVID-19 y lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº334/2021 de Nación y sus respectivas prórrogas y el Decreto Nº670/2021 del Poder Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Federal, en miras al avance constante del virus coronavirus COVID-19, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N334/2021 ha dispuesto restricciones a actividades y a la circulación de personas, como herramientas destinadas a la preservación de la salud pública, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por la Organización Mundial de laSalud OMS yprorrogada por el Decreto N167/2021 de Nación hasta el 31 de diciembre de 2021.
Que en dicho contexto, la Provincia de Córdoba en acuerdo con los municipios, adhirió a las mencionadas medidas,mediante Decreto N461/2021, disponiendo a efectos de coadyuvar a la efectividad de las urgentesmedidas sanitarias el recesoadministrativo, en el ámbito de la Administración Pública Provincial no financiera, centralizada y descentralizada, y declarando inhábiles dichos días a los fines del procedimiento administrativo; excluyendo las áreas críticas indispensables para afrontar la grave situación sanitaria,cuya vigencia ha sido prorrogada por Decreto N 670/2021, hasta el 08 de julio de 2021, inclusive.
Que este Tribunal de Cuentas mediante las Resoluciones citadas en el Visto y con el objeto de actuar conforme las decisiones tomadas a nivel nacional yprovincial, en el marco de la emergencia sanitaria adoptó oportunamente una serie de medidas con el objetivo de contribuir en el marco de la emergencia sin ver afectado el ejercicio de sus funciones esenciales.
Que, ante dicha situación y con el objeto de prevenir la propagación del virus, corresponde en esta nueva instancia, adherir a las disposiciones
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nacionales y provinciales, y prorrogar algunas delas medidas adoptadas mediante Resolución N 94/2021, desde el 03 de julio y hasta el 08 de julio de 2021, inclusive.

Que, frente a las circunstancias excepcionales que está atravesando el país, las medidas tendientes a la disminución de la circulación de personas cumplen un rol de vital importancia para hacerfrente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto social y sanitario de COVID-19, resultando necesario propender al mantenimiento de la modalidad de teletrabajo para los agentes en cuyas áreas fuere posible su aplicación, a fin de que realicen sus tareas habituales u otras análogas en forma remota, ajustadas al principio de buena fe.
Que, asimismo, es necesario disponer un plan de contingencia y las guar dias mínimas, autorizando a la Presidencia de este Organismo a organizar el esquema de funcionamiento de las guardias necesarias para atender los requerimientos de las jurisdicciones exceptuadas.

Por ello, y en el marco de las acciones de prevención dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, y en uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley N 7630 y en acuerdo plenario;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA, EN SESIÓN DE LA FECHA;
RESUELVE:
I. ADHERIR, a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto N670/2021, disponiendo a tal efecto la prórroga del receso administrativo desde el 03 de julio y hasta el 08 de julio del año 2021 inclusive.
II.
PRORRÓGUESE, la vigencia de los artículos II y IV de la Resolución N94/2021 dictada por este Tribunal de Cuentas, desde el 03 de julio y hasta el 08 de julio de 2021 inclusive, disposiciones que en su contenido regula la modalidad de prestación de servicios de los agentes de este Tribunal de Cuentas y la facultad de establecer por presidencia el plan de contingencia a fin de atender los requerimientos de la diversas jurisdicciones.
III. PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese y archívese.
FDO.: LUCIANA A. SIGNORINI, SECRETARIA LEGAL. - MARIA ANDREA ABRAMO, PRESIDENTA - DAVID A. CONSALVI, VOCAL - JULIO CÉSAR OCHOA, VOCAL.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 07/07/2021 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date07/07/2021

Page count12

Edition count4131

First edition01/02/2006

Last issue04/05/2024

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