Boletin Judicial de Costa Rica del 8/6/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Firmado digitalmente por JORGE EMILIO
JORGE EMILIO CASTRO
CASTRO FONSECA FONSECA FIRMA
Fecha: 2023.06.07 15:54:08
FIRMA
-0600

AÑO CXXIX

La CostaRica, Rica,lunes jueves junio del 2023
La Uruca, Uruca, San San José, José, Costa 1 8dede febrero 2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N 112-2023
Asunto: Acuerdo de la Corte Plena, sesión 19-2023, de 08

de mayo de 2023, artículo XXXIV, en relación con la
columna salarial global transitoria en el Poder Judicial.
A TODOS LOS SERVIDORES, SERVIDORAS
Y DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
La Corte Plena en sesión No. 19-2023, celebrada el 08
de mayo de 2023, artículo XXXIV, en relación con la columna salarial global transitoria en el Poder Judicial, acordó:
ARTÍCULO XXXIV
Expresa el Presidente, magistrado Aguirre: El artículo siguiente salen los magistrados Castillo, Rueda, Salazar Alvarado, Araya, la magistrada Garro y el suplente Garita Navarro.
Entran Alexandra Alvarado Paniagua, Ileana Sánchez Navarro y los suplentes Fernando Lara Gamboa, Alejandro Delgado Faith, Ronald Salazar Murillo y Hubert Fernández Argello. Bueno, Hubert nos está acompañando hoy y doña Alexandra también. Hay que incorporar también a doña Roxana.
SALENLOSMAGISTRADOSCASTILLO,SALAZARALVARADO, ARAYA, LA MAGISTRADA GARRO Y EL SUPLENTE GARITA
NAVARRO DE LA SESIÓN.
ENTRA LA MAGISTRADA CHACÓN A LA SESIÓN.
ENTRAN LOS MAGISTRADOS SUPLENTES Y LA
MAGISTRADA SUPLENTE, ILEANA SÁNCHEZ NAVARRO, FERNANDO LARA GAMBOA Y ALEJANDRO DELGADO
FAITH A LA SESIÓN, POR INHIBITORIA DE LOS
MAGISTRADOS RUEDA, SALAZAR ALVARADO Y ARAYA, RESPECTIVAMENTE.
Documento N 2820-2023, 4729-2023.
El máster Rodrigo Campos Hidalgo, director jurídico interino, en oficio NDJ-437-2023 del 16 de marzo del 2023, remitió el siguiente informe:
Esta unidad asesora se permite hacer de conocimiento del Consejo Superior, la publicación de la siguiente directriz:
Directriz Ministerial N001-2023-PLAN denominada:
Aplicación de Columna Salarial Global Transitoria. Publicada en el Alcance N43 Gaceta N 47 del 14 de marzo del 2023
y rige a partir de los 10 días del mes de marzo de dos mil veintitrés.
La directriz instruye a todas las entidades y órganos bajo el ámbito de cobertura de la Ley Marco de Empleo Público y la Rectoría del Sistema General de Empleo Público, a cargo del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, para que a todas las contrataciones de personas servidoras públicas de nuevo ingreso o en el caso de lo reingresos, posteriores a un rompimiento de la continuidad laboral, luego de transcurrido el plazo de un mes calendario de no prestar servicios para el Estado, que se efectúen de previo a la emisión formal de la nueva columna salarial global, cuyos nombramientos sean en clases salariales que, de previo a la
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vigencia de la Ley Marco de Empleo Público, se encuentren en el esquema de salario compuesto, se les remunere según los montos globales establecidos en la columna salarial global transitoria.
Para efectos de conocimiento del órgano administrativo, se adjunta el documento en mención.
DIRECTRIZ MINISTERIAL N 001-2023-PLAN
LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 46 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley N2166 del 9 de octubre de 1957, adicionado por el Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N9635 del 3 de diciembre del 2018; los artículos 6, 7 incisos c y l, 13 y 30 de la Ley Marco de Empleo Público, Ley N10159 del 08 de marzo de 2022; los artículos 2, 3, 5 incisos 10 y 28, 6, 13, 14, 33, 34 y Transitorio III del Reglamento a la Ley Marco de Empleo Público, Decreto Ejecutivo N43952PLAN de 28 de febrero de 2023.
Considerando:
I.- Que el artículo 46 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley N 2166 del 9 de octubre de 1957, adicionado por el Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N9635 del 3 de diciembre del 2018, publicada en el Alcance N 202 a la Gaceta N225 del 04 de diciembre de 2018, establece que toda la materia de empleo del sector público estará bajo la rectoría del Ministro o la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, quien deberá establecer, dirigir y coordinar las políticas generales así como definir los lineamientos y las normativas administrativas que tiendan a la unificación, simplificación y coherencia del empleo en el sector público, velando para que las instituciones del sector público respondan adecuadamente a los objetivos, las metas y las acciones definidas.
II.- Que el artículo 2 de la Ley Marco de Empleo Público, Ley N10159 del 08 de marzo de 2022, publicada en el Alcance N50 a la Gaceta N46 del 09 de marzo de 2022, establece que dicha ley aplica para los Poderes de la República Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sus órganos auxiliares y adscritos, y el Tribunal Supremo de Elecciones TSE así como para el sector público descentralizado institucional conformado por las instituciones autónomas y sus órganos adscritos, incluyendo universidades estatales, la Caja Costarricense de Seguro Social, las instituciones semiautónomas y sus órganos adscritos, las empresas públicas estatales; y el sector público descentralizado territorial conformado por las municipalidades, las ligas de municipalidades, los concejos municipales de distrito y sus empresas. Siendo las únicas exclusiones los entes públicos no estatales, las empresas e instituciones públicas en competencia, salvo en lo relativo a las disposiciones sobre negociación colectiva y el Benemérito Cuerpo de Bomberos.
III.- Que a partir de la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público, toda nueva contratación de personal en el sector público, que se encuentra bajo su ámbito de cobertura, deberá efectuarse con una remuneración bajo el esquema de salario global, quedando la administración pública inhabilitada para realizar contrataciones bajo el esquema de salario compuesto.

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Boletin Judicial de Costa Rica del 8/6/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date08/06/2023

Page count52

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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