Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/6/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

14 de junio de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 112

Sistema integrado de control y protecciones: Las señales, mandos, alarmas y medidas se integrarán en un sistema de control y protección, compuesto por remota y sistema predictivo.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución.
El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación de Gobierno en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.
3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación de Gobierno a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.
6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
8. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Industria y Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10/05/2019. LA DELEGADA DEL GOBIERNO EN CÁDIZ. Fdo.: ANA
MESTRE GARCIA.
Nº 38.895


Consejeria de Empleo, Formacion y Trabajo Autonomo CADIZ
Convenio o Acuerdo: Corporación Municipal de Jerez S.A.
Servicio de Ayuda a Domicilio Expediente: 11/01/0046/2019
Fecha: 28/05/2019
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: ANA ARANA MORENO
Código 11101250012019.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la CORPORACIÓN MUNICIPAL
DE JEREZ, COMUJESA SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DE JEREZ DE LA
FRONTERA, presentado a través de medios electrónicos, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo el 12-03-2019, y suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores el 17-01-2019, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 27 de mayo de 2019. Delegado Territorial. ALBERTO GABRIEL
CREMADES SCHULZ

En Jerez de la Frontera, a 21 de Mayo de 2019

Reunidos en los locales de la empresa, la Comisión Paritaria, establecidas en el art. 35 de Convenio Colectivo de COMUJESA del Servicio de Ayuda a Domicilio de Jerez de la Frontera, para los años 2018 y 2019.
De una parte:

En representación de CGT: María del Carmen García Cabral, Ana Candón Bello, Nieves Benítez Alconchel, José Luis Cordero de Jesús, Fabiola Pina
En representación de CCOO: Fátima Garrido Fernández , Mercedes García
Página 3

Millán, Encarnación Barrios Portillo
En representación de UGT: Javier Pérez González
Por Independiente: Remedios Vargas Morales
Asesor CGT: Juan José Piña Galán
Por la empresa: Ana María Ramírez Racero
MANIFIESTAN

Ante el requerimiento emitido por el jefe de servicio de Administración Laboral de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Delegación Territorial de la Junta de Andalucía.

EXPONEN
1.- Que el Convenio Colectivo de COMUJESA del Servicio de Ayuda a Domicilio de Jerez de la Frontera se firmó el pasado 17 de Enero de 2019.
2.- En Real Decreto Ley 06/2019 de 1 de marzo, sobre medida urgentes, para garantía de igualdad de trato de mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, se publicó en el BOE nº 57, de 7 de marzo de 2019, entrando en vigor al día siguiente de su publicación según la Disposición Final 2º.
3.- Ante la imposibilidad que el texto del convenio refleje el contenido de dicho real decreto, ambas partes
ACUERDAN
- Adaptar el contenido del Art. referido a las Licencias y Permisos desde su apartado O, hasta el final del artículo, así mismo como el Artículo relacionado con el plan de igualdad al contenido establecido en el Real Decreto Ley 06/2019 de 1 de marzo, sobre medida urgentes, para garantía de igualdad de trato de mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

El contenido de esta acta formará parte del texto del Convenio Colectivo de Comujesa del Servicio de Ayuda a Domicilio de Jerez de la Frontera, para los años 2018 y 2019.
- Se detecta un error tipográfico en la numeración del articulado
donde dice:
Art.- 41 Plan de Igualdad
debe decir:
Art.- 42 Plan de Igualdad
Siendo las 11,00 horas del día arriba indicado, se firma el presente Acta, para que surta los efectos oportunos.
Firmas.
CONVENIO COLECTIVO DE COMUJESA DEL SERVICIO DE AYUDA A
DOMICILIO DE JEREZ DE LA FRONTERA, PARA LOS AÑOS 2018 y 2019.

CAPÍTULO I. AMBITO DE APLICACION

Art. 1 Ámbito Funcional y Personal.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a las relaciones laborales entre la Empresa CORPORACIÓN MUNICIPAL DE JEREZ S.A. COMUJESA y los/
as trabajadores/as vinculados/as a la actividad de Ayuda a Domicilio por encargo de gestión como medio propio del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera; así como a cuantos/as trabajadores/as puedan incorporarse a la empresa por cualquier modalidad contractual.

Art. 2 Ámbito Territorial Este Convenio Colectivo será de aplicación en el municipio de Jerez de la Frontera.
El Centro de Trabajo de COMUJESA Oficinas Ayuda a domicilio se encuentra situado en Jerez de la Frontera, Calle Cádiz núm.: 1. Tercera planta.

Art. 3 Ámbito Temporal El presente Convenio tendrá una vigencia de 2 AÑOS, comenzando el día 1 de Enero de 2018 y finalizando el 31 de Diciembre de 2019 independientemente de su publicación.
Este Convenio se prorrogará de año en año en todo su contenido, si no es denunciado por cualquiera de las partes con tres meses de antelación a la finalización de su vigencia.
El Convenio se aplicará en todo su contenido a los/as trabajadores/as y empresa, mientras no se acuerde un nuevo Convenio.

CAPITULO II. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

Art. 4 Principio General La contratación de personal, la dirección, el control y la organización del trabajo, con sujeción a la legislación vigente en cada momento y al presente convenio colectivo, es facultad exclusiva de la empresa.

Art. 5 Prestación del Trabajo La empresa estará obligada a poner al alcance de todos/as los/as trabajadores/as afectados/
as por el presente Convenio los medios precisos para que estos puedan realizar su trabajo en condiciones suficientes de actividad, higiene y seguridad, en cumplimiento siempre de la normativa vigente en la materia.
Así mismo, los/as trabajadores/as están obligados/as a emplear los medios y medidas que a este efecto ponga a su disposición la empresa, siendo responsables de las consecuencias de su omisión.

Art. 6 Clasificación del personal Se establecen las siguientes categorías profesionales conforme a las funciones a desarrollar y títulos habilitantes para su desempeño:
RESPONSABLE DE COORDINACIÓN
Titulación Requerida: Diplomatura o Grado en Trabajo Social.
Desempeñará tareas de coordinación del Servicio de Ayuda a Domicilio, además del seguimiento del trabajo del personal de coordinación.
Coordina y dirige la actividad y el trabajo del personal de coordinación.
Gestionar, planificar la formación del personal, así como su evaluación.
Coordinar y participar el Área de Coordinación.
Gestionar y controlar la eficacia y eficiencia del área de coordinación.
Elaboración de calendario de guardias de Coordinadores/as y vacaciones de los/las mismos/as, según lo pactado en este convenio Realización del resumen de Facturación de los/as usuarios/as del Servicio de Ayuda a Domicilio, para la supervisión del Responsable de Bienestar Social en esta materia.
Representar el Área de coordinación y difundir sus actividades: imagen y marketing.
Realizar el seguimiento de las visitas domiciliarias a los/las coordinadores/as del Servicio de Ayuda a Domicilio, para supervisar las siguientes finalidades:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/6/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/06/2019

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6011

Primera edición02/01/2001

Ultima edición07/05/2024

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