Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/6/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 122

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
Area de Servicios Economicos Servicio de Recaudacion y Gestion Tributaria Zona de la Sierra. Oficina de Ubrique ANUNCIO DE COBRANZA EN PERÍODO VOLUNTARIO
EDICTO

Emilio Garcia Reguera, Jefe de la Unidad de Recaudación de la Zona de la Sierra, Oficina de Ubrique, del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial de Cádiz.
HAGO SABER

En cumplimiento de lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procede a la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de VILLALUENGA DEL ROSARIO, titular de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, del presente edicto que incluye el anuncio de cobranza en período voluntario de los siguientes conceptos:
TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS, ejercicio 2019.

PLAZOS DE INGRESO: del 02 de Julio hasta el 01 de Octubre de 2019, ambos inclusive.

MODALIDADES DE COBRO: Vía Telemática o a través de las siguientes entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio:

CAIXABANK, BBK-CAJASUR, BBVA, BANCO SANTANDER, BANCO
SABADELL, CAJA RURAL DEL SUR, BANCO POPULAR, UNICAJA, CAJAMAR.

LUGARES, DÍAS Y HORAS DE INGRESO: El pago de las deudas podrá realizarse por vía telemática o bien a través de las entidades de crédito con las que se acordó la prestación del servicio y autorizadas para recibir el pago en efectivo en días laborables y en horario de caja de 9:00 a 14:00 horas.
Mediante díptico/carta de pago.
Mediante cargo en cuenta, previa domiciliación bancaria u orden de cargo del díptico.
A través de Internet, en la Página Web www.sprygt.es.
Mediante Plan de Pago Personalizado.

Para la tramitación de cualquier cuestión relativa a los citados pagos, los interesados podrán personarse en la Unidad de Recaudación de Ubrique, oficina de atención al público sita en c / Juzgado nº 3 Edificio Servicios Múltiples, planta baja, en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

ADVERTENCIA: Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lo que hago público para general conocimiento.

En Ubrique, a 14 de Junio de 2019. El Jefe de la Unidad de Recaudación.
Firmado: Emilio Garcia Reguera Nº 47.201


Area de Igualdad y Bienestar Social Bases reguladoras de la convocatoria del CONCURSO DE
CORTOMETRAJES CUANDO EL ROCE NO HACE EL CARIÑO
DÉCIMA EDICIÓN: 2019

Las presentes bases tienen por objeto regular la décima edición del concurso de cortometrajes Cuando el roce no hace el cariño, organizado por el Servicio de Igualdad del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Cádiz.
1. OBJETO Y FINALIDAD

El objeto de esta convocatoria es denunciar y prevenir la violencia de género utilizando el formato audiovisual como herramienta formativa y de sensibilización, con la finalidad de concienciar al alumnado de los centros educativos de la provincia de Cádiz de las consecuencias de dicha violencia.
2. POBLACIÓN DESTINATARIA

Podrá participar en este concurso el alumnado de los centros educativos de la provincia de Cádiz matriculado en el curso 2019-2020, en tercer ciclo de Primaria, ciclos de la ESO, Bachillerato y ciclos de Grados medio y superior de Formación Profesional, y siempre bajo la tutoría de un profesor o una profesora, responsable del proyecto.
3. CARACTERÍSTICAS DE LOS CORTOMETRAJES

La participación de los centros consistirá en la realización de un cortometraje.
Las obras presentadas deberán ser inéditas, no premiadas con anterioridad, y mostrar a través de su contenido modelos de relaciones afectivas igualitarias entre mujeres y hombres y el rechazo hacia las distintas formas de violencia de género que continúan manifestándose en nuestro entorno.

Los centros educativos que lo consideren necesario podrán ponerse en contacto con el Servicio de Igualdad para solicitar asesoramiento sobre el tema objeto del concurso, a fin de ajustar sus trabajos audiovisuales al objetivo del mismo.

Las obras se presentarán en formato .avi o .mp4 con Codec H-264, en HD y archivos hasta un máximo de 2 GB.

La duración máxima de las piezas no excederá los 10 minutos incluidos los títulos de crédito y deberán presentarse en versión original, subtitulada en castellano, si están realizadas en otra lengua.

Un mismo centro podrá presentar cuantas obras desee, pero solo se establecerá un premio por centro educativo que concurra al certamen.
4. CRITERIOS DE VALORACIÓN

Los criterios por los que se regirá el jurado para valorar los cortometrajes presentados son:

28 de junio de 2019

- Contenidos acordes con la definición teórica de violencia de género.
- Número de alumnado implicado.
- Imágenes positivas que se transmiten relacionadas con la superación de las situaciones de violencia de género y la implicación de la sociedad para su erradicación.
- Contribución a la adquisición de valores de igualdad y no discriminación por sexo.
- Carácter innovador en cuanto al contenido.
- Calidad audiovisual.

El jurado no valorará vídeos con imágenes que sean denigrantes, vejatorias, insultantes o que, por cualquier motivo no inherente a la narración, vulneren los derechos fundamentales de las personas. Tampoco valorará los cortometrajes que se reciban en otros formatos distintos a los estrictamente indicados en la presente convocatoria.
5. JURADO

El jurado estará constituido por la Diputada o el Diputado Provincial responsable de las políticas de igualdad de la Diputación de Cádiz o en quien pudiese delegar, y cuatro personas relacionadas con el ámbito de la igualdad de género y el sector audiovisual designadas por el Área de Igualdad y Bienestar Social, siendo su fallo inapelable y reservándose el derecho de declarar desierto cualquiera de los premios.

El jurado se reserva el derecho de admisión a concurso de las obras presentadas, así como la facultad de resolver cualquier aspecto no previsto en estas bases.
6. PREMIOS

El jurado concederá tres premios, destinados a los centros educativos, y distribuidos de la siguiente forma:
- Primer premio: material educativo y tecnológico valorado en 1.200€ y diploma acreditativo.
- Segundo premio: material educativo y tecnológico valorado en 800€ y diploma acreditativo.
- Tercer premio: material educativo y tecnológico valorado en 499,99€ y diploma acreditativo.

Los premios serán abonados con cargo a la aplicación presupuestaria 07/231L/22609, y número del documento contable de Retención de Crédito 220190008821, del ejercicio 2019.

Además, el jurado podrá conceder menciones a los cortometrajes que, sin resultar premiados, destaquen en algún aspecto relacionado con el objeto de la convocatoria, y a los que se les otorgará también el correspondiente diploma.

La relación de obras premiadas se dará a conocer con anterioridad al 25
de noviembre de 2019 a través de la página web de la Diputación Provincial de Cádiz, y se comunicará directamente a las personas responsables de los cortometrajes en los centros educativos que hayan resultado galardonados.

La entrega de premios se realizará preferentemente en un acto público en el que se proyectarán los vídeos ganadores. Igualmente, los cortometrajes premiados podrán mostrarse a través de los medios digitales y en las actuaciones de la Diputación Provincial de Cádiz, siempre con carácter didáctico y cultural, y sin fines comerciales.

Quienes participan en este concurso eximen a la Diputación Provincial de Cádiz de cualquier reclamación relacionada con la autoría de los cortometrajes, su banda sonora o cualquier otro elemento sujeto a derechos de propiedad intelectual, así como otras infracciones de la legislación vigente en las que pudieran haber incurrido. Igualmente, los cortos premiados quedarán en poder de la Diputación de Cádiz para su uso y publicación, si lo juzga conveniente, implicando la cesión expresa gratuita de los derechos de explotación por parte de sus autores o representantes legales, en los términos previstos en el artículo 48 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes.
7. DOCUMENTACIÓN Y PLAZO

Los centros educativos que participen en este concurso deben presentar la siguiente documentación:

- Solicitud de participación, que se incluye en estas bases anexo 1.
- Consentimiento paterno o materno autorizando al alumnado menor de edad a participar en el cortometraje presentado al concurso anexo 2.
- El corto debe enviarse a igualdad@dipucadiz.es mediante enlace en una plataforma de alojamiento on-line. En el asunto debe especificarse lo siguiente: Concurso de cortos 2019. Título de la obra y Centro educativo.

Los anexos podrán descargarse en www.dipucadiz.es/igualdad y deberán presentarse en:
Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Cádiz:
www.dipucadiz.es - Sede electrónica.
- Trámites de ciudadanía.
- Formulario de propósitos generales.
Registro General de la Diputación Provincial de Cádiz en horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes.
Área de Igualdad y Bienestar Social. Concurso Cuando el roce no hace el cariño.
Edificio Roma. Avda. Cuatro de diciembre de 1977, 11 y 12. 11071. Cádiz.
Restantes lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En tal caso, se deberá enviar justificante del registro correspondiente al siguiente correo electrónico:
igualdad@dipucadiz.es, dentro del plazo de presentación de la documentación requerida.

El plazo de entrega de dicha documentación es a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOP de Cádiz y hasta el 3 de noviembre de 2019.
8. NORMATIVA APLICABLE

La participación en este concurso implica la íntegra aceptación de las presentes bases, que se rigen por las siguientes normas: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; Ley Orgánica 3/2007,

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/6/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha28/06/2019

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones6004

Primera edición02/01/2001

Ultima edición25/04/2024

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