Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/5/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 102

Fondo Social del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera.
CAPITULO 2. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
Y TRATAMIENTO PRESUPUESTARIO.

Artículo 3.- Dotación presupuestaria.

Para la concesión de las ayudas contempladas en este fondo será necesario que exista crédito adecuado y suficiente, dicha partida será financiada con las aportaciones de los trabajadores y del propio Ayuntamiento, la aportación de los trabajadores se considerará recurso afectado, y su aplicación se realizará en formalización con la nómina de cada trabajador mientras que la aportación municipal se financiará con recursos propios de la Corporación
Se deberá crear un Proyecto de gasto de financiación afectada que permita un seguimiento contable adecuado.
TÍTULO II FUNCIONAMIENTO DEL REGLAMENTO.

Artículo 4.- Convocatoria.

Las convocatorias cubrirán los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año, debiendo presentar las solicitudes entre el día 1 y 31 de enero del año siguiente, a través del Registro General.

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos por estas normas, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días naturales, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. De no hacerlo así, se archivará sin más trámite, previa notificación al interesado.

Artículo 5.- Incompatibilidades.

Con carácter general, será incompatible reconocer aquellos gastos que pudiera solicitar su cobertura por cualquier entidad de previsión social u organismo público. El solicitante está obligado a declarar expresamente que el gasto para el que solicita la ayuda no figura en la cobertura de alguna entidad de previsión social u organismo público a la que figure adscrito, así como que no ha recibido ayuda económica o subvención por la misma contingencia y si la ha solicitado o no. En caso de solicitar ayudas por estos conceptos en otros organismos con posterioridad, deberá comunicarlo al Excmo. Ayuntamiento.

Artículo 6.- Tributación de la ayuda social.

A la vista del informe emitido por la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda con fecha 28 de diciembre de 2008, y en tanto la legislación reguladora del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas no determine otro criterio distinto, todas aquellas ayudas económicas que se concedan para gastos de enfermedad no cubiertos por la Seguridad Social, no serán consideradas rentas gravables de dicho impuesto, en la medida de que estas ayudas vayan destinadas necesariamente al tratamiento o restablecimiento de la salud.

Artículo 7.- Distribución de ayudas.

En el caso de que el importe de las solicitudes supere lo presupuestado para cada fondo, se procederá a un reparto proporcional.

Artículo 8.-Expediente.

Las solicitudes se presentarán a la comisión paritaria para su informe antes de la finalización del mes de marzo.

El expediente deberá incorporar la correspondiente Retención de crédito e informe de fiscalización previa de la intervención.

Una vez informada por la comisión paritaria se dictará Resolución por parte del presidente de la Corporación.

Artículo 9. Tipos de ayuda y cuantía.

El tipo de ayuda y su cuantía se regulará en el anexo I del presente Reglamento.
DISPOCIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

Durante el primer año de aplicación del presente Reglamento el plazo de presentación de solicitudes se realizará en el plazo de un mes desde la publicación definitiva de este Reglamento.

Igualmente, el plazo para emitir informe por parte de la comisión paritaria se realizará en el plazo de dos meses como máximo desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
ANEXO I FONDO SOCIAL:

Las presentes Bases del Fondo Social han sido aprobadas por el acuerdo de las Partes en sesión celebrada por la Comisión Paritaria de este Ayuntamiento celebrada los días 24 de mayo y 14 de agosto de 2012
BASES:

Para todos los conceptos mencionados anteriormente se establece un techo de 150,00€ como máximo por año y unidad familiar.

Para la concesión de las ayudas se tendrá en cuenta el orden de entrada de la solicitud, y tendrán preferencia aquellas personas que no hayan utilizado el Fondo Social.

En caso de extinción del Fondo Social, se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:
Tendrán preferencia aquellas personas que hayan solicitado esta ayuda por primera vez.
De aquellas personas que hayan solicitado la ayuda, tendrán preferencia las que lleven más tiempo sin percibirla.
PRESTACIONES SANITARIAS:

Los límites máximos de las ayudas económicas que podrán concederse por estos conceptos serán los siguientes:
1.- Prótesis dentarias:
A Empastes 12,00€
Reposición de piezas B 01Prótesis superior o inferior 57,00€
02Prótesis completa 105,00€
03Pieza repuesta 13,00€
C Ortodoncia: El 30% del presupuesto total, teniendo en cuenta el máximo establecido para todas las prestaciones del Fondo Social por año y unidad familiar.

31 de mayo de 2019

D Obturaciones, coronas, fundas y carillas 12,00€
E Endodoncias 29,00€
F Limpieza bucal-tartrectomia 5,00€
. G Cirugía bucal que no cubra la Seguridad Social: El 30% del presupuesto total, teniendo en cuenta el máximo establecido para todas las prestaciones del Fondo Social por año y unidad familiar.
2.-Prótesis de visión:
A Gafas completas cristales y montura 17,00€
B Monturas 10,00€
C Cristales 10,00€
. D Cristales bifocales o progresivos 23,00€
E Cristales especiales 25,00€
. F Lentillas . 23,00€

Se excluyen ayudas para gafas de sol.
3.- Prótesis Auditivas y de Fonación:
A Audífono: Hasta el 30% del presupuesto total, teniendo en cuenta el máximo establecido para todas las prestaciones del Fondo Social por año y unidad familiar.
B Fonación 76,00€
4.- Prótesis Ortopédicas:
A Plantillas 10,00€
B Calzado ortopédico 13,00€
C Sillas de ruedas y similares 95,00€
D Medias Ortopédicas 8,00€
E Alzas y tacón ortopédico 8,00€
F Muletas ortopédicas 8,00€
G Otros elementos ortopédicos:
Fajas, coderas, rodilleras, tobilleras 20,00€
5.- Tratamiento logopédico:
Hasta un máximo de 150,00€ por año y familia.
6.- Vacunas:
Vacunas no cubiertas por el Sistema de Seguridad Social hasta un máximo de 60,00€, una vez al año.
7.- Dietas especiales por intolerancias y alergias alimentarias:
Hasta un máximo de 150,00€ por año y familia.
Nº 39.184


Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar ANUNCIO

Notificación a CITIFIN S.A.. Expediente nº 580/2018

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 44 de la Ley 39/2015
de 1 de octubre, habiendo resultado infructuosa de notificación de la Resolución nº 556/2018 dictada por la Presidencia de esta Entidad el día 30 de octubre de 2018, relativa a Estimación del Recurso de Reposición interpuesto por D. Máximo Marín de Diego, en representación de CITIFIN S.A. contra la liquidación anual apremiada 2014 de la Tasa de Tratamiento de Residuos en el municipio de Algeciras se procede a su publicación a los efectos oportunos.

Lo que se hace saber para su conocimiento y efectos En Algeciras a 17 de Mayo de 2019. EL PRESIDENTE, Fdo.: Luis Ángel Fernández Rodríguez Nº 39.274


Ayuntamiento de Chipiona ANUNCIO

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 16 de mayo de 2019, aprobó inicialmente el Plan Municipal de Calidad Turística de Chipiona 2019-2023.

Conforme a lo establecido en el artículo 69 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local el citado expediente queda expuestos al público por plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, considerándose definitivamente aprobado si transcurrido el plazo de exposición pública no se presentan alegaciones y sugerencias.

Dicho Plan Municipal de Calidad Turística de Chipiona 2019-2023, está a disposición de los interesados en el portal de transparencia del Ayuntamiento de Chipiona y tablón de edictos electrónico en su tenor literal www.aytochipiona.es.
Lo que se hace público para general conocimiento.

En Chipiona Cádiz, 17/05/2019. LA ALCALDESAPRESIDENTA, Fdo.- Isabel Jurado Castro Nº 39.324


Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar ANUNCIO
TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA APROBACIÓN INICIAL
PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN PARA LA INCORPORACIÓN COMO
NUEVO MUNICIPIO DE SAN MARTÍN DEL TESORILLO Y REFORMA DE
LOS ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIO DEL CAMPO
DE GIBRALTAR.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29º y 30º de los vigentes Estatutos de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar, así como lo señalado en los artículos 74 y 75 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, se comunica que en la sesión ordinaria de la Junta de Comarca de esta Mancomunidad celebrada el pasado 07 de mayo de 2019 se adoptó en el Punto 4º.2 del orden del día, entre otros acuerdos, el siguiente cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 31/5/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha31/05/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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