Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/5/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 89
JUNTA DE ANDALUCIA

Consejeria de Hacienda, Industria y Energia CADIZ
ANUNCIO DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÁDIZ, POR EL QUE
SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA Y APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN QUE
SE CITA

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1434/2002, de 27
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, y la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de ANEXO I AL PROYECTO DE AUTORIZACIÓN DE EJECUCIÓN
DE INSTALACIONES PARA EL SUMINISTRO DE GAS NATURAL CANALIZADO
AL TÉRMINO MUNICIPAL DE CONIL DE LA FRONTERA CÁDIZ y su reformado presentado en enero de 2019, cuyas características principales son las siguientes:
REFERENCIA: GAS 24/15
Peticionario: REDEXIS GAS, S.A.
Domicilio: AVDA INGENIERO FÉLIX SANCHO,3 11500 EL PUERTO DE
SANTA MARÍA
Término municipal afectado: CONIL DE LA FRONTERA
Emplazamiento de las instalaciones: ZONA DE ROCHE
Finalidad de la instalación: DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL A LA
URBANIZACIÓN DE ROCHE

CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
A Planta de Gas Natural Licuado GNL con superficie ocupada de 624 m, ubicada en parcela de la Avenida de Alemania de la Urbanización de Roche Conil de la Frontera, de las siguientes características:
1. Depósito de GNL de 19,90 m3 de capacidad y Cubeto de Protección contra derrames.
2. Equipos para carga y evacuación del producto, con estación de regulación y medida ERM salida a 5 bar.
3. Instalaciones auxiliares de gobierno, seguridad y manipulación de la planta.
B Red de Distribución en MOP 5 en tubería de polietileno de alta densidad, con las características que figuran en el Proyecto:
TIPO DE TUBO

PE 100 DN 110 SDR 17,6

LONGITUD m
PE 100 DN 90 SDR 17,6
PE 100 DN 63 SDR 17,6

2.808
2.006

20.443

25.257

Lo que se hace público, pudiendo ser examinada la documentación presentada en el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación de Gobierno en Cádiz, sito en Plaza Asdrúbal 6 - Edificio Junta de Andalucía - 11008 Cádiz, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de VEINTE DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de transparencia y por el mismo periodo en el siguiente enlace:
https juntadeandalucia.es/organismos/haciendaindustriayenergia/servicios/
participacion/todos-documentos.html
En Cádiz, a 25 de febrero de 2.019. LA DELEGADA DEL GOBIERNO
EN CÁDIZ. Fdo.: Ana Mestre García.
Nº 16.585

ADMINISTRACION LOCAL
Ayuntamiento de Cadiz CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, AYUDA HUMANITARIA, EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Y SENSIBILIZACIÓN CORRESPONDIENTES AL AÑO 2019.
BDNSIdentif.:452547

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.

PRIMERO. Beneficiarios:Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo ONGDs, destinados a la promoción económica, social, cultural, técnica y asistencial, de los países y comunidades más empobrecidas y de sensibilización y difusión de la cooperación internacional, que se desarrolle en el término municipal de Cádiz.

SEGUNDO. Objeto. la regulación de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos o actividades de las ONGDs.

TERCERO. Finalidad: Las subvenciones que pueden otorgarse con cargo a esta convocatoria, tendrán por finalidad los siguientes tipos de actividades y proyectos:
a Cooperación al Desarrollo b Educación para el Desarrollo y Sensibilización c Ayuda Humanitaria
CUARTO. Bases Reguladoras: Convocatoria de subvenciones para la realización de programas de Cooperación al Desarrollo, Ayuda Humanitaria, Educación
14 de mayo de 2019

para el desarrollo y Sensibilización correspondientes al año 2019 , aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 5 de Abril de 2019, y cuyo texto íntegro se reproduce a continuación.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO, AYUDA HUMANITARIA, EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Y SENSIBILIZACIÓN CORRESPONDIENTES AL AÑO 2019.

La Exposición de Motivos de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional al Desarrollo, reconoce la necesidad de aunar esfuerzos entre las distintas partes implicadas en la cooperación internacional, instituciones públicas y organizaciones no gubernamentales, para garantizar nivel de eficacia que el sistema requiere. La Ley Andaluza de 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su capítulo quinto aborda una mayor participación de la sociedad andaluza en la cooperación internacional para el desarrollo, promoviendo la participación de las entidades locales andaluzas. El Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo 2015-2018, hace hincapié en la administración local como un agente financiador y de gran importancia en la ejecución directa.

Consecuentemente con este planteamiento los principios objetivos y prioridades no pueden ser más que los contenidos en el Capítulo I de la citada Ley estatal.
Así, el artículo 20, tras reconocer la autonomía presupuestaria y auto responsabilidad de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, establece el mandato de respetar las líneas generales y directrices básicas que establezca el Estado.

Por otra parte, la nueva regulación del régimen de subvenciones operada por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hace necesaria una adaptación de las bases reguladoras a dicha norma. El artículo 17.2 establece que las Corporaciones Locales deberán aprobar a través de una ordenanza específica las distintas modalidades de subvenciones las bases reguladoras, por ello el Excmo.
Ayuntamiento de Cádiz aprueba el día 29 de enero de 2016 en Pleno en el punto 5º de su sesión ordinaria la Ordenanza por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de cooperación internacional para el desarrollo publicada en el BOP de 9 de junio de 2016.

Artículo 1.- Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la regulación de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos o actividades de las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo ONGDs, destinados a la promoción económica, social, cultural, técnica y asistencial, de los países y comunidades más empobrecidas, y de sensibilización y difusión de la cooperación internacional que se desarrollen en el término municipal de Cádiz.

Artículo 2.- Finalidad.
Las subvenciones que pueden otorgarse con cargo a esta convocatoria tendrán por finalidad dos tipos de actividades o proyectos:
a Cooperación al Desarrollo.
Proyectos desarrollo educativo y derechos de la infancia Proyectos de desarrollo sanitario Proyectos de igualdad de género Proyectos de desarrollo económico, productivo y laboral Proyectos de infraestructura y necesidades básicas Proyectos de desarrollo que tengan presentes los valores de respeto de los derechos humanos, sostenibilidad del medio ambiente, democratización y participación de la sociedad civil. Que impulsen la capacidad de conocimientos políticos, administrativos y sindicales para el ejercicio de funciones.
Proyectos tendentes a fomentar la soberanía alimentaría desde la sostenibilidad y la protección de la sociedad y el medioambiente.
Proyectos de capacitación y asistencia jurídica a los sectores más desfavorecidos y aquellos colectivos discriminados por razón de etnia, social, lengua, religión, discapacidad u orientación sexual.
Proyectos que pretendan la recuperación de la Memoria Histórica, el reconocimiento y al dignificación de las víctimas en conflictos armados.
b Educación para el Desarrollo y Sensibilización.
Proyectos destinados a la educación/sensibilización de escolares y formación especifica de agentes de cooperación o de otros colectivos. Quedando excluidas las actividades puntuales de sensibilización como; exposiciones, campañas y jornadas.
c Ayuda Humanitaria Proyectos de ayuda para productos de primera necesidad y otros elementos que contribuyan al sostenimiento de estos países.

Artículo 3.- Créditos Presupuestarios.
El importe que se destina a la presente convocatoria es de 100.000 euros
Distribuidos de la siguiente forma:

85.000 € para Proyectos de Cooperación al Desarrollo
10.000 € para Proyectos de Educación para el desarrollo y Sensibilización
5.000 € para Proyectos de Ayuda Humanitaria
Artículo 4.- Prioridades.4.1. Geográficas
Sin perjuicio de las que pudieran establecerse en las distintas convocatorias, se consideran de actuación preferente los países de América Latina, Oriente Medio y África indicados en el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, así como aquellos otros de menor Índice de Desarrollo Humano según el Programa de Naciones Unidas.
4.2. Sectoriales
En concordancia con los principios y objetivos señalados en el artículo anterior los sectores a priorizar son:
Educación, cultura, infraestructuras sanitarias y sociales básicas, desarrollo local, fortalecimiento de las estructuras democráticas, protección de los derechos humanos, igualdad de género y protección de los sectores de población más vulnerables.

Artículo 5.- Requisitos de las entidades solicitantes

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/5/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/05/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6003

Primera edición02/01/2001

Ultima edición24/04/2024

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