Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/5/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

7 de mayo de 2019

Página 5

B.O.P. DE CADIZ NUM. 84

artículos 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones. Además, asumirán las siguientes obligaciones:
a. Mantener las condiciones y elementos declarados en el proyecto que sirvieron de base para otorgar la subvención y comunicar a la Diputación Provincial de Cádiz cualquier alteración o modificación que pudiera producirse en su ejecución.
b. Comunicar a la Diputación Provincial de Cádiz la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales o internacionales.
c. Proporcionar cuanta información y documentación complementaria les sea solicitada por la Diputación Provincial de Cádiz a efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos, tanto a efectos de seguimiento y control de la actividad subvencionada, como de evaluación y justificación de la subvención.
d. Cuando a iniciativa del deportista se realice cualquier acto o acción de difusión del proyecto o actividad subvencionada incluidos medios electrónicos, webs, foros, redes sociales, medios audiovisuales y menciones realizadas en medios de comunicación, éste deberá hacer constar que dicho proyecto o actividad se realiza con la colaboración de la Diputación Provincial de Cádiz. Se incluirá el logotipo de la Diputación Provincial de Cádiz en lugar preferente en toda la publicidad gráfica que el deportista edite así como en el vestuario o material deportivo no inventariable adquirido para el desarrollo de la actividad o proyecto subvencionable, siempre de conformidad con las normas gráficas del Manual de Identidad Corporativa.
e. Cumplir lo estipulado en la legislación sectorial vigente, en materia de seguridad, cuidado medioambiental y salud, eximiendo a la Diputación Provincial de Cádiz, de cualquier reclamación judicial o administrativa derivada del incumplimiento de lo anteriormente expuesto. Asimismo asumirá cualquier responsabilidad civil por perjuicios a terceros derivados de la realización de la actividad, quedando eximida la Diputación Provincial de Cádiz.
f. Justificar debidamente la aplicación de la ayuda concedida y percibida en la forma y plazos establecidos en este Plan.

De todas estas obligaciones responderán los propios beneficiarios, o los representantes legales de estos, que serán los que firmen la solicitud.
13.-PROTECCIÓN DE DATOS.

Los datos de carácter personal que se puedan tratar en este procedimiento, cumplirán lo establecido en el régimen jurídico de la protección de datos. Básicamente el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Reglamento general de protección de datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Además del resto de disposiciones específicas que se puedan dar. Asimismo, los sistemas de información donde serán tratados dichos datos, cumplen las exigencias del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
14.- ANEXOS, NOTIFICACIONES, PUBLICIDAD, PLAZO DE RESOLUCIÓN
Y RECURSOS.
14.1.- Anexos: Todos los anexos indicados en las presentes Bases están disponibles en la página web de la Diputación Provincial de Cádiz www.dipucadiz.es. La ruta de acceso es: Sede Electrónica Deportes Áreas Temáticas Convocatoria de subvenciones en materia deportiva Descargar impresos de solicitud.

También estarán accesibles desde la web del Servicio de Deportes www.
dipucadiz.es/deportes siguiendo la siguiente ruta de acceso: Subvenciones Anexos subvenciones.

Los anexos podrán ser descargados en las direcciones web antes indicadas cuando el interesado opte por la tramitación no electrónica.
14.2.- Notificaciones: Todos los actos, resoluciones y trámites administrativos con efectos a terceros que se deriven de la presente convocatoria de subvenciones se publicarán en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz, surtiendo los mismos efectos que la notificación, conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
14.3.- Publicidad: En todo lo relativo a la publicidad de las subvenciones y de información para la Base de Datos Nacional de Subvenciones se aplicará lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y normativa reglamentaria de desarrollo. En todo caso se dará publicidad en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz o en la página web de la Corporación.
14.4.- Plazo de resolución: El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, a partir de la publicación de la convocatoria.

El transcurso del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución del procedimiento a las interesadas, legitima a éstas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
14.5. Recursos: La resolución del procedimiento de concesión pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dicto el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios y Edictos de la Diputación Provincial de Cádiz o bien, directamente, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso o ejercitarse cualquier acción que se estime procedente.

Si interpone el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por transcurso de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15.-REGIMEN SANCIONADOR.

El régimen sancionador de la convocatoria regulada en las presentes Bases será el previsto en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Cádiz BOP nº 140, de 18 de junio de 2004.
ANEXOS 2019 DEPORTISTAS INDIVIDUALES
ANEXO I: SOLICITUD DE SUBVENCIÓN. DEPORTISTAS INDIVIDUALES
ANEXO II: PROYECTO PARA EL QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN.
DEPORTISTAS INDIVIDUALES
ANEXO III: PRESUPUESTO DESGLOSADO DEL PROYECTO. DEPORTISTAS
INDIVIDUALES
ANEXO IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE. DEPORTISTAS INDIVIDUALES
ANEXO V: OFICIO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUD. DEPORTISTAS
INDIVIDUALES
ANEXO VI: OFICIO DE ACEPTACIÓN Y OTRA DOCUMENTACIÓN
ACREDITATIVA. DEPORTISTAS INDIVIDUALES
ANEXO VII: MODELO DE ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. DEPORTISTAS
INDIVIDUALES
ANEXO VIII: FICHA DE TERCEROS.
ANEXO IX: CUENTA JUSTIFICATIVA. DEPORTISTAS INDIVIDUALES
ANEXO X: OFICIO DE REMISIÓN DE FACTURAS ORIGINALES Y DEMÁS
JUSTIFICANTES DE GASTOS DE VALOR PROBATORIO. DEPORTISTAS
INDIVIDUALES
ANEXO XI: OFICIO DE SUBSANACIÓN DE JUSTIFICACIÓN. DEPORTISTAS
INDIVIDUALES
ANEXO I: SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA DEPORTISTAS
INDIVUALES 2019.
1 DATOS DEL DEPORTISTA SOLICITANTE
NOMBRE DEL DEPORTISTA

N.I.F.

TIPO DE VÍA

DOMICILIO

NÚMERO

TELÉFONO

MÓVIL

CORREO ELECTRÓNICO

MUNICIPIO

PROVINCIA

2 REPRESENTANTE LEGAL
NOMBRE Y APELLIDOS

CÓDIGO POSTAL
PAÍS

N.I.F./N.I.E.

TIPO DE VÍA

DOMICILIO

NÚMERO

TELÉFONO

MÓVIL

CORREO ELECTRÓNICO

MUNICIPIO

PROVINCIA

CÓDIGO POSTAL

PAIS

3 MEDIO DE NOTIFICACIÓN PARA ESTA SOLICITUD

NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
Si desea que el medio de notificación preferente para esta solicitud sea electrónico, mediante comparecencia en la sede electrónica de la Diputación de Cádiz, indique el correo electrónico y el número de teléfono móvil donde desea recibir un aviso indicándole que acceda a la sede electrónica para consultar el contenido de la notificación. Si acepta este modo de notificación, se somete expresamente a lo dispuesto en el Título VII del Reglamento de Administración Electrónica de la Diputación de Cádiz. Podrá, en cualquier momento, revocar su consentimiento para que las notificaciones dejen de efectuarse por vía electrónica, dirigiéndose al órgano competente e indicándole la dirección postal donde practicar las futuras notificaciones.
Para más información consulte el siguiente enlace https sede.dipucadiz.es/ayuda.html.
CORREO ELECTRÓNICO

TELÉFONO MÓVIL

NOTIFICACIÓN POSTAL
Si desea que el medio de notificación preferente para esta solicitud sea mediante correo postal, indique el domicilio donde desea recibir las posibles notificaciones que se deriven de esta solicitud: domicilio del apartado 1 o 2
4

5

TÍTULO DE PROYECTO PARAAYUDAS ECONÓMICAS A DEPORTISTAS
INDIVIDUALES DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ NO PROFESIONALES
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

Fotocopia del NIF de la persona solicitante.

Fotocopia del NIF del representante legal o tutor menores de edad.
Fotocopia de la Licencia Federativa de la persona solicitante.
Certificado de empadronamiento actualizado.

Certificado federativo expedido por la Federación deportiva nacional y/o autonómica correspondiente de la inclusión de la prueba dentro del calendario oficial o circular federativa firmada por el Secretario de la Federación correspondiente.

Certificado federativo o Acta de Competición que acredite que el deportista estuvo inscrito en la campaña anterior en prueba igual o de ámbito similar, con expresión de los resultados obtenidos por el deportista en cuestión.

Documento acreditativo de la inscripción en la competición objeto de subvención en caso de que el deportista, en el momento de la solicitud, no haya formalizado todavía la inscripción en la competición objeto de la subvención, deberá presentarla posteriormente junto a la justificación.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/5/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha07/05/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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