Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/5/2019

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 20

B.O.P. DE CADIZ NUM. 84
VARIOS

Consorcio para la Gestion de Residuos Solidos Urbanos de la Provincia de Cadiz EDICTO

Mediante Decreto 27/2019 de fecha 25 de abril de 2019, la Presidencia del Consorcio para la gestión de residuos sólidos urbanos de la provincia de Cádiz ha informado favorablemente la Cuenta General del Consorcio, en el que se incluyen los informes emitidos por la Intervención referidos a la liquidación del presupuesto del ejercicio 2018 y sobre el cálculo de la estabilidad presupuestaria en la liquidación del mismo ejercicio.

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por el plazo de 15
días hábiles a contar desde la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales y ocho días hábiles más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.

El expediente se encuentra en la sede del Consorcio, sita en Centro de Negocios del Edificio Europa, Módulos 15, 16 y 17, 3 Planta, Zona Franca de Cádiz, 11011 Cádiz, y se publicará, en cumplimiento de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía en la siguiente dirección de la página web: https
gobiernoabierto.dipucadiz.es/catalogo-de-informacion-publica?entidadId=2501, para su examen por los interesados.

Caso de no existir reclamación alguna sobre la misma, se entenderá concluso dicho trámite, a los efectos de su presentación y aprobación, si procediera, ante la Junta General del Consorcio.

30/04/2019. Vicesecretaria General. Fdo.: Marta Álvarez-Requejo Pérez.
El Presidente. Fdo.: Javier Pizarro Ruíz.
Nº 35.023


Consorcio para la Gestion de Residuos Solidos Urbanos de la Provincia de Cadiz EDICTO

Mediante resolución del Presidente del Consorcio para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Cádiz de fecha 25 de abril de 2019
rectificado error el día 29 de abril, se acuerda la creación de la sede electrónica cuya titularidad corresponde a este ente consorcial a la que se tendrá acceso a través del portal de internet https sede.consorcioresiduoscadiz.es, y cuyo texto íntegro se publica para general conocimiento:

El uso efectivo de técnicas y medios electrónicos y telemáticos en los diversos ámbitos de actuación de las Administraciones Públicas se inició con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común que ya fue consciente del impacto de las nuevas tecnologías en las relaciones administrativas siendo, posteriormente, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos la que supuso el reconocimiento legal del derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas confirma y amplía el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, regulando asimismo los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa y en las relaciones de los ciudadanos con las Administraciones.

Un elemento básico en esta relación son las sedes electrónicas, definidas en el artículo 38.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público como aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.

El Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos que no ha sido derogado tras la entrada en vigor de las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, además de regular esta figura en sus artículos 3 a 9, determina específicamente en su artículo 3.2 que las sedes electrónicas se crearán mediante Orden del Ministro correspondiente o resolución del titular del organismo público, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado, determinando el contenido mínimo de esta norma aprobatoria.

Dado que los Consorcios entran dentro del concepto de Administración Pública recogido en el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se encuentran obligados a relacionarse con los ciudadanos por medios electrónicos, por lo que, con el objetivo de dar adecuado cumplimiento a las disposiciones legales, y con el fin de dotar a los ciudadanos de un nuevo sistema de comunicación a través de medios electrónicos con el Consorcio.

HE RESUELTO
Primero.- Creación Crear la Sede Electrónica Única del Consorcio para la Gestión de los Residuos Urbanos de la Provincia de Cádiz, que tendrá como características esenciales las descritas en los siguientes puntos.
Segundo.- Dirección y contenido de la Sede 1. El acceso de los interesados a la Sede Electrónica estará disponible a través del
7 de mayo de 2019

dominio consorciobahiacadiz.es. Siendo también accesible desde la dirección de la web consorcial https sede.consorcioresiduoscadiz.es.
2. La Sede Electrónica reunirá aquellos contenidos y requisitos establecidos por las leyes aplicables y especialmente los previstos para las sedes electrónicas en el Capítulo V del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Se realizarán a través de la Sede Electrónica todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de los ciudadanos o del Consorcio en sus relaciones con estos por medios electrónicos, así como aquellos otros servicios electrónicos respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
Tercero.- Titularidad 1. La titularidad de la Sede Electrónica corresponde al Consorcio para la Gestión de los Residuos Urbanos de la Provincia de Cádiz siendo este responsable de la gestión de los diferentes contenidos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos, así como de la integridad, veracidad y actualización de la información.
2. La gestión tecnológica de la sede será competencia de la Empresa Pública de la Información S.A EPICSA.
Cuarto.- Características de la Sede 1. La identificación de la Sede Electrónica se llevará a cabo mediante certificado de sede, consistente en certificado del servidor donde se aloja la información.
2. Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede:

Para el acceso electrónico, a través de la Sede Electrónica, mediante certificado electrónico reconocido o mediante el sistema de claves concertadas.

Para la atención presencial, las oficinas de Registro, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. La información y los servicios incluidos en la Sede Electrónica cumplirán los principios de accesibilidad, utilidad, seguridad e interoperabilidad, en los términos establecidos por la normativa de aplicación en la materia.
Quinto.- Medios para la formulación de sugerencias y quejas 1. A través de la Sede Electrónica se podrá acceder a la tramitación por vía telemática del procedimiento para la presentación de quejas y reclamaciones.
2. En todo caso, seguirán estando disponibles los medios tradicionales de presentación presencial a través del Registro de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Entrada en Vigor La entrada en vigor de la Sede Electrónica tendrá lugar el día en que la tecnología lo permita y estén disponibles los procedimientos telemáticos diseñados hasta ese momento, así como los que posteriormente se vayan incorporando.
Séptimo.- Publicación Se ordena la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.

30/04/2019. Vicesecretaria General. Fdo.: Marta Álvarez-Requejo Pérez.
El Presidente. Fdo.: Javier Pizarro Ruíz.

Nº 35.028


JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE ALGECIRAS

ILTMA. SRA. DOÑA LAURA RIOS FERNÁNDEZ, SECRETARIO DE
LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE ALGECIRAS.
CERTIFICO:

Que en sesión celebrada en el día de hoy esta Junta Electoral ha acordado correvgir los siguiente errores en las listas de candidaturas proclamadas y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia del día 30 de Abril de 2019.

Que habiéndose apreciado errores mecanográfico en la proclamación de la candidatura nº 5 de Tarifa, se acuerda corregir y en la candidata número 2 aparece el primer apellido como Martiez y es Martinez, y en la candidata nº 15 aparece como primer apellido Dias y es Diaz.

Y para que conste, a fin de ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Algeciras a tres de Mayo de dos mil diecinueve.

LA SECRETARIO DE LA JUNTA ELECTORAL DE ZONA. Firmado.
Nº 35.309

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.P

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.O
B

SUSCRIPCION 2019: Anual 115,04 euros.
Semestral 59,82 euros. Trimestral 29,90 euros.
INSERCIONES: Previo pago Carácter tarifa normal: 0,107 euros IVA no incluido.
Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Ejemplares sueltos: 1,14 euros

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/5/2019

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha07/05/2019

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones6009

Primera edición02/01/2001

Ultima edición03/05/2024

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