Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/5/2018

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

14 de mayo de 2018

B.O.P. DE CADIZ NUM. 90

Serán válidos tanto un poder notarial como el reconocimiento del representante legal por parte de la Secretaría General de la Diputación.
8.9 Relación en su caso, de las solicitudes de subvención al proyecto de referencia a otros organismos públicos o privados, detallando cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad concedida.
8.10 Atendiendo al art. 24 del Reglamento General de Subvenciones, las entidades podrán presentar declaración responsable en la que se haga constar que se encuentra al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social, la Comunidad Autónoma y el Estado. No obstante, en cualquier momento del proceso administrativo se le podrá requerir los originales de estos certificados, de acuerdo al artículo 69.1 de la LAPC.
8.11 En caso de haber entregado la documentación requerida en anteriores convocatorias y teniendo validez en el tiempo, no será necesario adjuntarla, indicando fecha en la que se entregó ley 39/2015 de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas 8.12 Declaración responsable del representante legal de la Entidad en la que se haga constar que la misma cumple con los requisitos exigidos por el artículo 13 de la mencionada ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de Noviembre.
Se recomienda, la presentación de los documentos mencionados en formato digital.
9. Criterios de valoración de las solicitudes y baremación La valoración de los proyectos por parte de la Comisión de Valoración, actuará según lo previsto en el artículo 7.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cádiz y se ajustará a los siguientes criterios:
a El impacto económico y social: se valorarán los resultados que se prevén alcanzar con la ejecución de los proyectos. Para ello se tendrán en consideración los beneficios para:
- El desarrollo de la zona objeto de intervención.
- Prioridades sectoriales: Inclusión social y lucha contra la pobreza, promoción de los Derechos Humanos y Gobernabilidad Democrática, Género en Desarrollo, Sostenibilidad medioambiental.
b La viabilidad técnica y financiera, se valorará:
- El conjunto de medidas propuestas para asegurar que los resultados previstos por el proyecto tengan continuidad, una vez cese la ayuda, incluyendo los factores socioculturales, socio-políticos, técnicos, medioambientales, económicos y financieros y de género.
- Que la ONGD, en el momento de la presentación de los proyectos, acredite documentalmente la disponibilidad de los recursos complementarios a la subvención solicitada que permitan cubrir el presupuesto total de la acción.
c La eficacia del procedimiento de ejecución, se valorarán:
- Las características de los solicitantes, concernientes tanto a la ONGD andaluza que solicita la subvención, como a la contraparte local. Se valorará la experiencia de ambas en el sector y en la zona de la acción, sus estructuras de gestión y capacidad técnica;
así como haber obtenido financiación para fines análogos por la Diputación Provincial de Cádiz en ejercicios anteriores.
- La organización y procedimientos previstos, para la ejecución, seguimiento y evaluación del proyecto, valorando además de su contenido que exista una descripción clara y precisa del plan de ejecución y la definición de un sistema de seguimiento y control del proyecto y de su evaluación final.
- La coherencia interna del proyecto, valorando la precisión en la necesidad de la intervención y la descripción del contexto con la información pertinente, la definición precisa del objetivo específico, los resultados y las actividades del proyecto, la relación coherente entre objetivo específico, resultados, actividades y medios y la idoneidad del sistema de indicadores propuesto y el análisis de los factores externos con influencia sobre el proyecto.
- La eficacia económica del proyecto teniendo en cuenta el grado de ajuste del presupuesto a los medios descritos en las actividades a realizar.
d El fortalecimiento de la capacidad institucional y de gestión de los países destinatarios:
se valorará la aportación del proyecto a la consecución de este objetivo de desarrollo.
e La atención a la igualdad de género: se valorará la consideración que el proyecto tenga de la igualdad de género y las medidas que al efecto el mismo prevea.
f El respeto por la protección y la salvaguardia del medio ambiente: se valorará la consideración que el proyecto tenga de la protección y salvaguardia medioambiental y las medidas que al efecto el mismo prevea.
g Se valorarán las fuentes de verificación de la ejecución del proyecto, tanto económica como técnica, claves para la evaluación de la acción por parte de la Diputación Provincial de Cádiz.
La baremación de los proyectos se ajustará a lo siguiente:
- Evaluación Técnica del Proyecto supone el 50% de la valoración total
- Trayectoria de la ONGD y su implicación en redes nacionales e internacionales supone el 20% de la valoración total.
- Eficacia y Sostenibilidad Económicas 10% del total .
- Presencia Transversal de la Perspectiva de Género, el respeto por el Medio Ambiente y la defensa de los Derechos Humanos 10% del total .
- Efecto Multiplicador y Cauces de Difusión 10% del total
No se considerarán para su valoración aquellos proyectos, presentados por ONGD, que en convocatorias anteriores hayan obtenido subvención de esta Diputación, para realizar cualquier tipo de actividades, y de las que no se disponga, a la fecha de presentación de la nueva solicitud, de las respectivas memorias justificativas de final de proyecto, tanto técnicas como económicas.
10. Plazo de resolución y notificación.
10.1. El plazo máximo para resolver, publicar y notificar la resolución será de 3
meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
10.2. La notificación de los proyectos aprobados se efectuará en el lugar que se haya indicado en la solicitud. El silencio administrativo debe entenderse como la desestimación del proyecto. Los proyectos no seleccionados deberán ser retirados del Área de Coordinación Política, Servicio de Cooperación Internacional, en el plazo de 1 mes, transcurridos los cuales, se procederá a su destrucción.
10.3. Se publicará una Resolución Provisional en el Tablón de Anuncios de la Web de la
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Diputación de Cádiz: www.dipucadiz.es/diputacion/tablon-de-anuncios/. Se dará cuenta, igualmente, a las entidades subvencionadas, que deberán comunicar la aceptación de las condiciones de la propuesta de resolución en el plazo de 10 días naturales, desde la Resolución Provisional, acompañando a ésta el resto de la documentación exigida, así como la reformulación del proyecto con objeto de ajustar los compromisos y actuaciones a la subvención que se le fuese a otorgar siempre en el marco de lo establecido en esta convocatoria. Si no ocurriera así se denegaría la subvención.
10.4. Contra la resolución correspondiente o contra la desestimación de solicitudes en las que no recaiga resolución expresa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicte o debiera dictar el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de la notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente 10.5. La concesión de subvenciones por parte de la Diputación Provincial de Cádiz al amparo de esta convocatoria no comporta obligación alguna para subvencionar proyectos similares en posteriores ejercicios.
10.6. Las resoluciones aprobadas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.
11.- Forma y secuencia del pago, y requisitos exigidos para el abono.
Con carácter general, las ongd podrán solicitar el pago anticipado de la subvención concedida, teniendo en cuenta que la ongd no se encuentre en algunos de los casos recogidos en el artículo 34 de la Ley General de Subvenciones y el 88 del Reglamento General de Subvenciones.
Ahora bien, la ejecución del proyecto subvencionado no debe estar, en ningún caso, supeditado al abono del pago anticipado.
La entidad beneficiaria deberá aportar la siguiente documentación:
a Solicitud de Pago Anticipado, debidamente argumentada.
b En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de esta Diputación Provincial, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y económicas del proyecto de referencia, por el total de la cantidad subvencionada por esta Diputación, con expresa justificación de los gastos correspondientes.
c Comunicación por parte del representante legal de la organización para identificar la cuenta y la entidad bancaria en la que se abonaría la subvención.
12. Plazo y forma de justificación.
La justificación del gasto realizado deberá producirse ante la Diputación Provincial , como fecha límite hasta el 15 de febrero de 2018.
Se deberá presentar facturas originales, o cualquier otro documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención concedida, para poderlas sellar y compulsar, así como una declaración jurada de que corresponden a gastos imputados al proyecto subvencionado por la Diputación de Cádiz junto con la documentación que se relaciona en el punto 13.2.
Se excluye cualquier tipo de recibo o similar.
Todas las facturas o cualquier otra documentación administrativa, deberán corresponder al año 2018.
La ongd, deberá presentar facturas justificativas de la cantidad subvencionada, e igualmente, como aporte de la ONGD, facturas por valor de un 20% de dicha cantidad subvencionada; en este apartado correspondiente al aporte de la ONGD, se aceptarán gastos diversos como: desplazamientos, viajes, alquileres siempre que estén relacionados directamente con la ejecución del proyecto.
La ongd podrá justificar los gastos indirectos, hasta el 10% de la subvención concedida con nóminas del personal de la ONGD en España, relacionado con el proyecto, o con otros gastos de funcionamiento.
Además de los documentos citados anteriormente, la ONGD deberá presentar:
- cuenta justificativa relación de facturas, según modelo facilitado en la Web de la Diputación Provincial de Cádiz, Área de Coordinación Política, Servicio Cooperación Internacional www.dipucadiz.es/cooperacion_internacional.
- Documentos administrativos en vigor de estar al corriente con los pagos de la Agencia Tributaria Estatal, Autonómica y Seguridad Social.
- Declaraciones responsables y cualquier otra documentación que contribuya a la justificación del proyecto, tanto técnica como económica.
Y aquellos documentos recogidos en el punto 13 necesarios para la justificación de la subvención concedida.
Las facturas originales selladas y tramitadas, podrán ser recogidas en el área de coordinación política.
13.- Obligaciones de las Entidades Beneficiarias.
13.1 Las entidades a las que se les conceda subvenciones para la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo, están obligadas a:
a Iniciar y ejecutar el proyecto subvencionado entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018. Independientemente, del abono del Pago Anticipado.
b Presentar la Memoria Justificativa del Proyecto Subvencionado, antes del 15 de febrero de 2019.
c Comunicar por escrito el inicio de la ejecución del proyecto y la fecha final prevista.
d Presentar en el Área de Coordinación Política. Cooperación Internacional de la Diputación Provincial de Cádiz, la memoria final, técnica y económica, del proyecto de referencia, según lo indicado en el punto 12.
13.2 En relación a los supuestos anteriores, la entidad solicitante presentará la siguiente documentación:
a Acreditación documental de las operaciones bancarias realizadas: transferencias, cambio de divisas
b Certificado de recepción de fondos o finalización del proyecto por parte de la contraparte local.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 14/5/2018

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha14/05/2018

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones6005

Primera edición02/01/2001

Ultima edición26/04/2024

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