Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 21 de febrero de 2006

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCIII CORDOBA, R.A. MARTES

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

Nº 15
21 DE FEBRERO DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS

Reconocen a la Escuela de Policía Libertador General Don José de San Martín, de Capital, como Instituto de Formación Técnica de Nivel Superior No Universitario PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1589

Tecnicaturas de Nivel Superior, conforme lo establece el Acuerdo Marco A 23, de abril de 2005, aconsejando la aprobación del mismo.

Córdoba, 22 de diciembre de 2005
VISTO: El Expediente Nº 0110103493/2003, en el cual obra las actuaciones relacionadas con la solicitud formulada por el señor Jefe de Policía de la Provincia de Córdoba, respecto del reconocimiento de la Escuela de Policía Libertador General Don José de San Martín, de Capital, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, como Instituto de Formación Técnica de Nivel Superior No Universitario.

Por ello, los informes producidos, lo establecido por los arts. 10 -inc. d-, 18, 19 y 20 de la Ley Nº 24.195, 3º, 5º, 15 y 17 a 22 de la Ley Nº 24.521, 4º, 35 y concordantes de la Ley Nº 8113, y los Dictámenes Nros. 2437/05 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y 1122/05 de Fiscalía de Estado.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Reconócese a la
Escuela de Policía Libertador General Don José de San Martín, de Capital, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, como Instituto de Formación Técnica de Nivel Superior No Universitario.

de Educación, el señor Ministro de Justicia y Seguridad y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Plan de Estudios de la Carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública, para ser aplicado en la Escuela de Policía Libertador General Don José de San Martín, de Capital, y en los términos y condiciones que se estipulan en el Anexo I a este instrumento legal compuesto de quince 15 fojas.

DRA. AMELIA DE LOS MILAGROS LÓPEZ
MINISTRO DE EDUCACIÓN

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministro
DR. FÉLIX A. LÓPEZ AMAYA
FISCAL DE ESTADO

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. HÉCTOR RENÉ DAVID
MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y CONSIDERANDO:
Que a tales fines acompaña copia de la Orden del Día Nº 729/52, que publicara la creación de la escuela, síntesis histórica de la misma, informe cuantitativo de la población de egresados desde su creación y Decreto Nº 3775/90 -Reglamento del Régimen de Reclutamiento Policial-.

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESOLUCION Nº 2

de medidas y formas de prevenir accidentes.

Córdoba, 17 de Febrero de 2006
Que consta además del Plan de Estudios de la Carrera de Técnico Superior en Seguridad Pública, con sus fundamentos, enfoque pedagógicodidáctico, competencias técnicoprofesionales del egresado, bases curriculares, campos de formación, carga horaria y alcances del referido título.
Que el Equipo Técnico Docente de la Subdirección de Nivel Superior No Universitario, dependiente de la Dirección de Educación Media, Especial y Superior -Ministerio de Educación, informa que el plan propuesto cumple con los requisitos establecidos para las
VISTO: Lo prescrito por los articulo 9
de la Ley Provincial de Transito y Seguridad Vial N 8560 T.O. 2004.

Que por todo ello, corresponde a esta instancia proceder autorizar la referida Guía de Ejercitación de Educación Vial.
Por ello,
vención al Ministerio de Educación de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
LUIS ERNESTO NOTTA
DIRECTOR
DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO

Y CONSIDERANDO:
Que la norma legal referida establece incluir la educación vial en los niveles de enseñanza preescolar, primaria y secundaria.
Que la guía de estudios presentada por iniciativa privada ante esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, ha sido aprobada en sus contenidos para la difusión y aplicación permanente
EL DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE:
1º.- APROBAR, el texto cuya denominación queda establecido como Guía de Ejercitación de Educación Vial, el cual sus contenidos de diecinueve folios forman parte de la presente.
2º.- PROTOCOLICESE, dése inter-

NOTA: La Guía de Ejercitación de Educación Vial se encuentra a disposición de los interesados en Av.
Colón 1250 Subsuelo de la ciudad de Córdoba.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/02/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/02/2006

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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