Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/02/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 9 de febrero de 2006

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCIII - Nº 7
CORDOBA, R.A. JUEVES 9 DE FEBRERO

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS

Imponen el nombre de José María Paz a la Escuela de Nivel Inicial Creada por Decreto Nº 1207/04 de la localidad de Arroyito - Departamento San Justo PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1586
Córdoba, 22 de diciembre de 2005
VISTO: El Expediente Nº 0109-068616/2005, en el cual obran las actuaciones relacionadas con la terna elevada para la imposición de nombre a la Escuela de Nivel Inicial creada por Decreto Nº 1207/04, de la localidad de Arroyito -Departamento San Justo-, dependiente de la Dirección de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que de la misma surge el nombre de JOSE MARIA
PAZ, como justo homenaje a ese prócer de Córdoba y en razón de que el establecimiento de que se trata
funciona en instalaciones ubicadas dentro del predio de la escuela de nivel primario así denominada, lo que permite asignar a dichas instituciones el rol de entes nucleadores de la actividad educativa, al crear en la comunidad un sentido de pertenencia con ambos niveles de enseñanza.

Departamento San Justo-, dependiente de la Dirección de Educación Inicial y Primaria -Ministerio de Educación.

Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 2747/
05 del Departamento Jurídico del Ministerio de Educación y lo dictaminado en casos similares por Fiscalía de Estado;

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 2.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA :

DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. AMELIA DE LOS MILAGROS LÓPEZ
MINISTRO DE EDUCACIÓN

ARTÍCULO 1º.- IMPONESE el nombre de JOSE
MARIA PAZ a la EscueLa de Nivel Inicial creada por Decreto Nº 1207/04, de la localidad de Arroyito -

DR. FÉLIX A. LÓPEZ AMAYA
FISCAL DE ESTADO

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN Nº 1
Córdoba, 2 de febrero de 2006
VISTO: El expediente Nº 0109-067077/04 en el cual obran las actuaciones relacionadas con el traslado de la Escuela de Nivel Primario Nocturna LUIS MARIA
DRAGO y del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A. Nº 232 Anexo-, al edificio donde funciona la Escuela de Nivel Primario PATRICIAS
MENDOCINAS -todos establecimientos de Capital-.
Y CONSIDERANDO
Que el pedido de traslado de dichos establecimientos se fundamenta en la necesidad de contar con el mobiliario y espacio físico que permitan desarrollar y garantizar la educación de adultos.
Que lo peticionado se encuadra en lo previsto en el art. 16 del Decreto Nº 41009/A/
38 y la Resolución Nº 185/00 de la Secretaría de Educación.
Por ello, los informes producidos, los Dictámenes Nros. 1956/05 y 2784/05 del Departamento Jurídico de este Ministerio, LA MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: DISPONER

que la
Escuela
de Nivel Primario Nocturna LUIS
CONTINÚA EN PÁGINA 2

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ARQUITECTURA
RESOLUCIÓN Nº 602
Córdoba, 27 de diciembre 2005
EXPEDIENTE Nº 0047-10194/96
REFERENTE Nº 60
VISTO este Expediente en el que se elevan para su aprobación las Actas Provisional Total fs.98 y Recepción Definitiva Parcial fs.84 de los trabajos adicionales de la Obra: Construcción Establecimiento Penitenciario para Mujeres Procesadas y Condenadas en la localidad de Potrero del Estado - Departamento Santa María Provincia de Córdoba, consistentes en la ejecución del Establecimiento Carcelario para Mujeres Procesadas y Condenadas, suscriptas con el Contratista de la misma, la Empresa BENITO
ROGGIO E HIJOS S.A., ad-referendum de Autoridad Competente;

Y CONSIDERANDO: QUE a fs.85 la inspección actuante informa que la obra se encuentra finalizada y en correcto estado de conservación edilicia y de funcionamiento de las instalaciones en general, por lo que se eleva para su aprobación el Acta de Recepción Definitiva Parcial, correspondiendo proceder a la división del fondo de reparo en forma proporcional debiéndose retener el 2,23% del mismo, porcentaje estimado para cubrir la garantía de dichos vehículos CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/02/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha09/02/2006

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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