Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/02/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 1º de febrero de 2006

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCIII - Nº1
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 1º
PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

DE FEBRERO DE 2006

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RESOLUCIONES

Dentro del Marco del Programa Federal de Construcción de Viviendas: Ejecución de 20 Unidades MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
RESOLUCIÓN Nº 199
Córdoba, 28 de septiembre de 2005
Expediente Nº 0135-019868/05
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de la Vivienda propicia por Resolución Nº 0897/05, se otorgue el financiamiento a favor de la Municipalidad de Laborde para la ejecución de 20 viviendas, dentro del marco del Programa Federal de Construcción de Viviendas, por un monto de $ 700.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la operatoria se encuentra regida por el Convenio Marco Programa Federal de Construcción de Viviendas suscripto entre la Nación y la Provincia de Córdoba y por la Resolución Nº 223/00 de la Dirección Provincial de la Vivienda y sus modificatorias.
Que el financiamiento a otorgar cuenta con la no objeción expedida por la Subsecretaría de Vivienda de la Nación y está garantizado con los fondos provenientes de la coparticipación provincial, todo lo cual se encuentra debidamente acreditado en las presentes actuaciones, mediante la incorporación de la Ordenanza Municipal, el Decreto de Promulgación y la Escritura de que se trata.
Que consta que se ha realizado la Afectación Preventiva del gasto, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Obras Públicas 8614.
Que el caso encuadra en las
previsiones del artículo 4º - Inciso f de la Ley Nº 8558 y en las disposiciones de la Ley Nº 5901 T.O. Ley Nº 6300 y modificatorias y Decreto Nº 222/05, razón por la cual puede acogerse favorablemente la medida propiciada.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio bajo el Nº 583/05, EL MINISTRO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el financiamiento solicitado por la Municipalidad de Laborde para la ejecución de 20
viviendas, dentro del marco del Programa Federal de Construcción de Viviendas, por un monto de PESOS SETECIENTOS
MIL $ 700.000,00.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS
SETECIENTOS MIL $ 700.000,00, conforme lo indica la Gerencia Económico, Financiera y de Administración de la Dirección Provincial de la Vivienda en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva N 1513/05, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.25, Programa 261/0, Partidas:
Principal 27, Parcial 06 del P.V. $ 602.000,00
Preventivo Futuro Año 2006 $

infraestructura y obras complementarias y de urbanización.
ARTÍCULO 4º.- ESTABLECER que previo a toda erogación, la Dirección Provincial de la Vivienda deberá verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Resolución Nº 223/00 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 5º.- DISPONER que el Municipio deberá presentar plano de mensura y subdivisión visado por la Dirección General de Catastro e Inscripto en el Registro General de la Provincia antes de que la construcción llegue a un avance del cincuenta por ciento 50%, bajo apercibimiento de suspender el financiamiento otorgado y exigir la devolución de los montos entregados, quedando la Dirección Provincial de la
ARTÍCULO 6º.- FACULTAR al señor Secretario de Servicios Públicos y Vivienda a cargo de la Dirección Provincial de la Vivienda a suscribir el contrato respectivo.
ARTÍCULO 7º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Gerencia Económico, Financiera y de Administración de la Dirección Provincial de la Vivienda, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
CR. OSCAR A. SANTARELLI
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

DECRETOS
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1401
Córdoba, 1º diciembre de 2005
VISTO: El Expediente Nº 0110103952/03, en el cual obran las actuaciones relacionadas con la terna elevada para la imposición de nombre al Instituto Provincial de Educación Media Nº 32 de Potrero de Garay, dependiente de la Dirección de Educación Media, Especial y Superior -Ministerio de Educación-.

98.000,00
Y CONSIDERANDO:

ARTÍCULO 3º.- ESTABLECER que el financiamiento que por la presente se otorga, debe aplicarse exclusivamente a la obra edilicia, quedando a cargo de la Municipalidad de Laborde todo lo referente a extensiones, redes de
Vivienda liberada de toda responsabilidad por el incumplimiento de esta obligación.

Que de la misma surge el nombre de ESTANCIA POTRERO DE GARAY, en razón de que el citado establecimiento se sitúa en la zona así denominada, lo que permite revalorizar la región con una
identidad propia y asignar a la institución educativa el rol de ente nucleador de la actividad social, creando el sentido de pertenencia a la comunidad.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el Decreto Nº 7694/E/68.Por ello, los informes producidos, el CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/02/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha01/02/2006

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4157

Primera edición01/02/2006

Ultima edición08/06/2024

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