Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/02/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 15 de febrero de 2006

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCIII - Nº CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

11
15 DE FEBRERO DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS

Aprueban el Convenio Marco entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y el Ente Intermunicipal Pro Acueducto EIPA
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1570

señores José TONELLO y Héctor FAVA, Presidentes de las Comunas de El Rastreador y Pacheco de Melo, respectivamente, por la otra parte.

Córdoba, 22 de Diciembre de 2005
VISTO: El expediente Nº 0416040199/05, en el que se tramita la aprobación del Convenio Marco suscripto con fecha 10 de noviembre de 2004, ad referéndum de este Poder Ejecutivo, entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DE CÓRDOBA, representado en ese acto por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Contador Oscar Santarelli y el Director de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento, Ingeniero Fabián López por una parte y el ENTE
INTERMUNICIPAL PRO ACUEDUCTO
EIPA, representado por los señores Pedro Javier PRETTO, Carlos David BOLGAN, Juan Carlos ABRAMO, Gerardo Mario ALLENDE, Ernesto Orestes GARBIGLIA y Héctor Mario BARAVALLE, en carácter de Intendentes Municipales de las localidades de La Carlota, Laboulaye, Huanchilla, Santa Eufemia, Chazón y Etruria respectivamente y los
Y CONSIDERANDO:
Que el referido Convenio Marco establece las pautas a fin de dotar de Agua Potable a la zona sur de la Provincia de Córdoba, sector éste que involucra a la traza de la Ruta Provincial Nº 4, comprendido entre las localidades de La Laguna y Laboulaye y el tramo de la Ruta Provincial Nº 24, entre la Ruta Provincial Nº 4 y la localidad de Huanchilla, atento que las localidades que se encuentran en dichos tramos no cuentan con suministro de agua potable o el mismo resulta deficiente.
Que las obras a ejecutar y la prestación del servicio de distribución de agua potable por parte de la EIPA por sí o por cuenta de terceros, permitirán mejorar la calidad de vida de los habitantes y el desarrollo económico y social de las localidades de Etruria, Chazón, Santa Eufemia, Huanchilla, La
Carlota, Laboulaye y Comunas de El Rastreador y Pacheco de Melo.
Que se han incorporado en autos las correspondientes Ordenanzas aprobatorias del Convenio de que se trata, debidamente promulgadas.
Por ello, lo dispuesto por el artículo 144, inciso 4 de la Constitución Provincial, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 319/05 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 1088/05, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Convenio Marco, que como Anexo I
compuesto de OCHO 8 fojas forma parte integrante del presente Decreto, suscripto con fecha 10 de noviembre de 2004, ad referéndum de este Poder Ejecutivo, entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DE CÓRDOBA, representada por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Contador Oscar Santarelli y el Director
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
RESOLUCION Nº 9
Córdoba, 6 de Febrero de 2006
VISTO: El expediente Nº 0110-106892/
04, en el cual obra la Resolución Ministerial Nº 921/04 y su modificatoria Nº 935/
04, por la que se dispuso la recategorización de Institutos Provinciales de Educación Media, dependientes de la Dirección de Educación Media, Especial y Superior;
Y CONSIDERANDO:

Que con posterioridad, dicho organismo solicita se rectifique la resolución citada en primer término, excluyendo de la medida adoptada a dos 2 de los Institutos Provinciales de Educación Media que se nominan en el Anexo I a la misma, ya que éstos habían sido recategorizados por las Resoluciones Ministeriales Nros. 142/03
y 1724/03 fs. 38/39.
Que la Resolución Nº 921/04 fue dictada de conformidad con los antecedentes aportados al efecto, no ob-

stante lo cual resulta pertinente adoptar la siguiente medida, que responde al principio racional de adecuar los actos administrativos a la realidad fáctica y jurídica que los hace idóneos.
Por ello y en uso de sus atribuciones;
LA MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- MODIFICAR parcialmente la Resolución Ministerial N
921/04 y su modificatoria Nº 935/04, CONTINÚA EN PÁGINA 2

de la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento, Ingeniero Fabián López por una parte y el ENTE
INTERMUNICIPAL PRO ACUEDUCTO
EIPA, representado por los señores Pedro Javier PRETTO, Carlos David BOLGAN, Juan Carlos ABRAMO, Gerardo Mario ALLENDE, Ernesto Orestes GARBIGLIA y Héctor Mario BARAVALLE, en carácter de Intendentes Municipales de las localidades de La Carlota, Laboulaye, Huanchilla, Santa Eufemia, Chazón y Etruria respectivamente y los señores José TONELLO y Héctor FAVA, Presidentes de las Comunas de El Rastreador y Pacheco de Melo, por otra parte, a fin de dotar de agua potable a la zona sur de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. OSCAR A. SANTARELLI
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
DR. FÉLIX A. LOPEZ AMAYA
FISCAL DE ESTADO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/02/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha15/02/2006

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4152

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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