Gaceta Oficial de Venezuela del 09/09/2022 - Ordinaria
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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria
458.336
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Viernes 9 de septiembre de 2022
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DEL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE GOBIERNO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N 4.736
9 de septiembre de 2022
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la profundización de la revolución, en la búsqueda de la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, en los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y con fundamento en el artículo 6 del Decreto Constituyente que crea el Centro Internacional de Inversión Productiva,
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
Vicepresidenta Ejecutiva de la República Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, según Decreto N 3.482 de fecha 21 de Junio de 2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N 6.384 Extraordinario de fecha 21 de Junio de 2018.
DECRETA
Artículo 1º. Nombro al ciudadano HÉCTOR JOSÉ SILVA
HERNÁNDEZ, V-15.644.126,
titular
de
como
INTERNACIONAL
la
cédula
Presidente
DE
INVERSIÓN
de del
identidad
N
CENTRO
PRODUCTIVA,
en
calidad de ENCARGADO, quien a su vez será el Presidente E
del DIRECTORIO DEL CENTRO INTERNACIONAL DE
INVERSIÓN PRODUCTIVA, con las competencias inherentes
al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los nueve días del mes de septiembre de dos mil veintidós. Año 212 de la Independencia, 163 de la Federación y 23 de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, L.S.
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
Vicepresidenta Ejecutiva