Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/10/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

11 de octubre de 2021

B.O.P. DE CADIZ NUM. 194

bicicletas, ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente.
Dicha prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo.
2. Todo conductor que, por razones de emergencia, se vea obligado a circular con su vehículo por una autopista o autovía a velocidad anormalmente reducida, regulada en el artículo 49.1, deberá abandonarla por la primera salida.
3. Los vehículos especiales o en régimen de transporte especial que excedan de las masas o dimensiones establecidas en el Reglamento General de Vehículos podrán circular, excepcionalmente, por autopistas y autovías cuando así se indique en la autorización complementaria de la que deben ir provistos, y los que no excedan de dichas masas o dimensiones, cuando, con arreglo a sus características, puedan desarrollar una velocidad superior a 60 km/h en llano y cumplan las condiciones que se señalan en el anexo III
de este reglamento.

Artículo 39. Limitaciones a la circulación.
1. Con sujeción a lo dispuesto en los apartados siguientes, se podrán establecer limitaciones de circulación, temporales o permanentes, en las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, cuando así lo exijan las condiciones de seguridad o fluidez de la circulación.
2. En determinados itinerarios, o en partes o tramos de ellos comprendidos dentro de las vías públicas interurbanas, así como en tramos urbanos, incluso travesías, se podrán establecer restricciones temporales o permanentes a la circulación de camiones con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, furgones, conjuntos de vehículos, vehículos articulados y vehículos especiales, así como a vehículos en general que no alcancen o no les esté permitido alcanzar la velocidad mínima que pudiera fijarse, cuando, por razón de festividades, vacaciones estacionales o desplazamientos masivos de vehículos, se prevean elevadas intensidades de tráfico, o cuando las condiciones en que ordinariamente se desarrolleaquél lo hagan necesario o conveniente.

Asimismo por razones de seguridad podrán establecerse restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos en los que su propia peligrosidad o la de su carga aconsejen su alejamiento de núcleos urbanos, de zonas ambientalmente sensibles o de tramos singulares como puentes o túneles, o su tránsito fuera de horas de gran intensidad de circulación.
3. Corresponde establecer las aludidas restricciones al organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, a la autoridad de tráfico de la comunidad autónoma que tenga transferida la ejecución de la referida competencia

Por todo cuanto antecede, Resuelvo:

Autorizar las siguientes medidas especiales de regulación del tráfico:
Cierre a la circulación de la carretera CA-5203 pk 0+000 al 2+500
entre las 15:00 y las 20:30 horas.
Cierre a la circulación de la carretera CA-5203 pk 0+000 al 2+500
10/10/2021:
entre las 09:00 y las 20:30 horas.
09/10/2021:

Cádiz, 5 de octubre de 2021. LA JEFE PROVINCIAL DE TRÁFICO. Ana B. Cobos Rodríguez. Firmado.
Nº 88.295

JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CADIZ
ACUERDO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
ACUERDO de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz, por la que se abre el periodo de información pública sobre:

EXPEDIENTE DE DESLINDE PARCIAL DE LA COLADA DE ARCOS
A UBRIQUE EXP VP@415/2016

De conformidad con lo previsto en los artículos 15 y 20.1 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio B.O.J.A. N.º 87, de 4 de agosto y en virtud de las competencias del artículo 19 del citado Reglamento, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.1 e de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en relación con el expediente VP@1716/2018.

ACUERDO

Primero. La apertura del período de información pública a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en el seno del procedimiento administrativo relativo al Expediente: VP@415/2016, con la denominación:
Proposición de deslinde parcial de la vía pecuaria COLADA DE ARCOS A UBRIQUE, TRAMO QUE DISCURRE DESDE LA PARCELA CATASTRAL 53026A01200044
HASTA EL ARROYO SALADO, en el término municipal de Prado del Rey Cádiz, promovido por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz.

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del presente Acuerdo, a fin de que durante el plazo de un mes desde el día posterior a su publicación, cualquier persona física o jurídica pueda acceder a la información, otorgándose además de dicho mes, un plazo de veinte días a partir de la finalización del mismo para formular cuantas alegaciones estimen oportunas, presentado los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

Tercero. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, a través de la url: https juntadeandalucia.
es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/servicios/participacion/
todos-documentos.html, así como en las oficinas de la Delegación Territorial en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal Edificio Junta de Andalucía 4 planta, CP 11008 de dicha
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localidad, en horario de 9:00 a 14:00 horas, previa cita en el teléfono 956 008 700.

Cuarto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería deAgricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

20/07/21. EL DELEGADO TERRITORIAL, Fdo.: Daniel Sánchez Román.

Nº 83.992


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO:
COMPAÑIA GADITANA DE CONTENEDORES S.L.
Expediente: 11/01/0127/2021
Fecha: 22/09/2021
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: SERVANDO ROLDAN MONTERO
Código 11101102012018.

Visto el texto del Acuerdo sobre modificación de la vigencia del presente convenio hasta el 31 de diciembre de 2026 entre la empresa COMPAÑÍA
GADITANA DE CONTENEDORES, S.L. CONCASA, y la representación de los trabajadores, suscrito el texto subsanado por las partes el día 16-09-2021, presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 30-07-2021, y subsanado definitivamente con fecha 22-09-2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo; Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 304/2015 de 28 de julio; Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Acuerdo sobre modificación de la vigencia del convenio en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 22 de septiembre de 2021. Delegado Territorial. ALBERTO
GABRIEL CREMADRES SCHULZ. Firmado.
ACTA DE ACUERDO PARA LA EXTENSIÓN Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO
COLECTIVO DE LA EMPRESA COMPAÑÍA GADITANA DE CONTENDORES, S.L. CONCASA Y LA REPRESENTACION LABORAL DE LOS EMPLEADOS
DE LA MISMA.

En Cadiz, siendo las 10 horas del día 16 de septiembre de 2021, se reúne la comisión negociadora los Convenio Colectivo de la Empresa Compañía Gaditana de Contenedores, S.L. Concasa, estando representados por:

Empresa: Dña. Diana Domecq Delgado
Por los trabajadores: Jose Luis Rueda Macias Delegado de Personal
Y ambas partes, ACUERDAN

PRIMERO. Constituir la mesa negociadora del Convenio Colectivo de la mercantil Compañía Gaditana de Contenedores, S.L. Concasa, estando representada empresa y trabajadores por las personas arriba indicadas.

SEGUNDO. Tras las oportunas deliberaciones, llega al acuerdo de PRORROGA del actual convenio hasta el 31 de diciembre de 2026, modificando el articulo cuatro según se recoge:

Artículo 4.- Ámbito temporal y revisiones salariales.

Se modifica el párrafo primero, quedando redactado como sigue:

Se modifica la vigencia del presente convenio, prorrogándose hasta el 31
de diciembre de 2026.

El resto del articulo queda con la misma redacción.

Las partes firmantes del presente acuerdo acuerdan delegar en D. Servando Roldan Montero para realizar las gestiones oportunas para la presentación de las presentes modificaciones ante la autoridad laboral para su homologación y publicación, según lo previsto en el vigente Estatuto de los trabajadores.

Por la empresa: Fdo.: Dña. Diana Domecq. Fdo: Servando Roldan Montero.
Por la representación de los trabajadores. D. Jose Luis Rueda Macias.
Nº 85.769


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
CONVENIO O ACUERDO:
COMUNIDADES DE REGANTES COSTA NOROESTE, COLONIA
AGRICOLA MONTE ALGAIDA Y GUADALCACIN
Expediente: 11/01/0102/2021
Fecha: 23/09/2021
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: MANUEL TOMAS DIAZ CARRASCO
Código 11003063011999.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/10/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date11/10/2021

Page count15

Edition count6011

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Last issue07/05/2024

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