Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/10/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 16

B.O.P. DE CADIZ NUM. 194

desde el siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado conforme al artículo 194 LRJS mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. JUEZ que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a COSTAGOL 73
SA, MANTENIMIENTO Y SERVICIO SOLYSUR SL, RYDER CLUBS
RESTAURANTES SL y SERVICIOS TURISTICOS Y HOTELEROS DE SAN
ROQUE SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

27/9/21. EL/LA LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 85.221


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ALGECIRAS.

HACE SABER:

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 918/2020, sobre Despidos/
Ceses en general, a instancia de JUAN MANUEL SERRANO JIMENEZ contra MULTIREPUESTOS EGAR S.A, TRANSPORTES EGAR S,A, CONTRATACIONES
PAUBLETE S.L., ANTONIO PAUBLETE CLAROS y TRANSPORTE Y LOGISTICA
PAUBLETE, S.L., en la que con fecha 1/9/2021 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
SENTENCIA

En la Ciudad de Algeciras, a 1 de septiembre de 2021

D María Teresa Vidaurreta Porrero, Juez del Juzgado de lo Social nº 1
de esta ciudad, ha visto los presentes autos con el nº 918/2020-CH sobre Despido y Reclamación de cantidad, promovido a instancia de D. Juan Manuel Serrano Jiménez contra MULTIREPUESTOS EGAR S.A., TRANSPORTES Y LOGÍSTICA PAUBLETE
S.L., CONTRATACIONES PAUBLETE S.L., ANTONIO PAUBLETE CLAROS, ADUANAS Y TRASPORTES ANTONIO PAUBLETE S.L. y TRASPORTES EGAR
S.A.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. Juan Manuel Serrano Jiménez contra TRANSPORTES Y LOGÍSTICA PAUBLETE S.L.,se declara la improcedencia del despido realizado, DECLARANDO EXTIGUIDA LA RELACIÓN LABORAL a fecha de 15 de marzo de 2020 y se condena de forma solidaria a MULTIREPUESTOS
EGAR S.A., TRANSPORTES Y LOGÍSTICA PAUBLETE S.L., CONTRATACIONES
PAUBLETE S.L., ANTONIO PAUBLETE CLAROS, ADUANAS Y TRASPORTES
ANTONIO PAUBLETE S.L. y TRASPORTES EGAR S.A. a que abone la indemnización en la suma de 13.61003 euros; y condenando a dichas empresas de forma solidaria al pago de 8.68455 euros brutos por las cuantías reclamadas y no abonadas más el 10%
de interés por mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado conforme al artículo 194 LRJS mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. JUEZ que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a MULTIREPUESTOS EGAR
S.A, TRANSPORTES EGAR S,A, CONTRATACIONES PAUBLETE S.L., ANTONIO
PAUBLETE CLAROS y TRANSPORTE Y LOGISTICA PAUBLETE, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

27/9/21. EL/LA LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ. Firmado.

11 de octubre de 2021

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 85.223


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
ALGECIRAS
EDICTO

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 824/2020, sobre Despidos/ Ceses en general, a instancia de JAIME ROJAS BOY contra CENTRO
MEDICO LINENSE S.L. y CENTRO MEDICO SUR DE EUROPA S.L., en la que con fecha 15/07/2021 se ha dictado Sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
SENTENCIA

En la Ciudad de Algeciras, a 15 de julio de 2021

D María Teresa Vidaurreta Porrero, Juez del Juzgado de lo Social nº 1
de esta ciudad, ha visto los presentes autos con el nº 824/2020-CH sobre Despido promovido a instancia de D. Jaime Rojas Boycontra CENTRO MÉDICO LINENSE
S.L. y CENTRO MÉDICO SUR DE EUROPA S.L., con citación del FOGASA.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por D. Jaime Rojas Boycontra la CENTRO MÉDICO LINENSE S.L.,se declara laNULIDAD del despido realizado por la demandada por incumplimiento de los trámites legales para el despido colectivo, y se condena a la empresa a la inmediata readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido con el abono de los salarios de tramitación.

Se absuelve por Falta de Legitimación Pasiva y Desistimiento del actor a CENTRO MÉDICO SUR DE EUROPA S.L.

El FOGASA responderá con carácter subsidiario, en su caso, en los términos previstos en el artículo 33 del ET y concordantes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado conforme al artículo 194 LRJS mediante comparecencia, por escrito o por simple manifestación ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. JUEZ que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe..

Y para que sirva de notificación en forma a CENTRO MEDICO LINENSE
S.L. y CENTRO MEDICO SUR DE EUROPA S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de CADIZ, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

27/9/21. EL/LA LETRADO/A DE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
JESÚS MARÍA SEDEÑO MARTÍNEZ. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 85.226

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B

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 11/10/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date11/10/2021

Page count15

Edition count6011

First edition02/01/2001

Last issue07/05/2024

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