Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/10/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

8 de octubre de 2021

B.O.P. DE CADIZ NUM. 193

la activación de los mecanismos de depuración y exigencia de las responsabilidades de carácter administrativo, penal, civil, o de cualquier otra índole, en las que se hubiera podido incurrir, dando traslado en su caso a las autoridades o instituciones que por razón de su competencia debieran conocer los hechos e irregularidades detectadas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Los modelos de formularios que se mencionan en la presente Ordenanza no forman parte del contenido de la misma. Tienen valor solamente enunciativo pudiendo ser modificados por el Ayuntamiento sin necesidad de modificar la Ordenanza.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
Los Anexos que se adjuntan a la presente Ordenanza así como los formularios en ellos incluidos no forman parte del contenido de la misma y en la medida que ajusta sus términos íntegramente a lo establecido en los Anexos recogidos en la Guía Práctica de la aplicación de la Declaración Responsable y la Comunicación Previa en materia de Urbanismo redactada por la Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, de sufrir esta Guía orientativa, modificaciones tras la aprobación de nueva Normativa o directrices futuras, resultará innecesario la modificación de esta Ordenanza, aunque sí se requerirá su aprobación mediante Decreto de Alcaldía y su publicación en el BOP
de la provincia y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
La presente Ordenanza deroga cualquier normativa aprobada por el Ayuntamiento que contradiga lo dispuesto en la misma.

DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
ANEXO I - ACTUACIONES SOMETIDAS A
DECLARACIÓN RESPONSABLE EN MATERIA DE OBRAS:

La relación de obras que se incorporan en el apartado siguiente establece las obras susceptibles de autorización mediante declaración responsable, suponen un listado ejemplificativo y no exhaustivo. Dichas obras estarán limitadas por el régimen correspondiente de la clase de suelo donde se ubiquen así como, cuando se trate de obras sobre edificaciones existentes, por el alcance de las obras permitidas sobre las mismas atendiendo a su régimen jurídico según su ajuste a la ordenación urbanística.

Así, el tipo de obras autorizables sobre edificaciones en asimilado a fuera de ordenación y reconocimiento legal de fuera de ordenación queda limitado por lo previsto en la LOUA y el Decreto ley 3/2019.De igual modo, la tramitación como declaración responsable de las actuaciones podrá quedar limitada por las legislaciones sectoriales que fueran de aplicación.

1. Actuaciones que han de tramitarse con intervención de técnico competente
Atendiendo a las actuaciones que han de tramitarse con intervención de técnico competente se diferencia en función de la necesidad o no de redacción de Proyecto:

Grupo 1. Obras autorizables mediante declaración responsable, cuando se ejecuten en suelo urbano consolidado y se ejecuten sobre edificaciones conformes a la ordenación urbanística, acompañadas de Proyecto según LOE:
- Demolición parcial para reconstrucción con idéntico volumen.
- Construcción y modificación de piscinas de uso público de servicio suplementario, según la definición recogida en el Reglamento técnico-sanitario de las Piscinas en Andalucía, en espacios libres de parcela.
- Obras de refuerzo, consolidación y sustitución o colocación de elementos estructurales que produzcan una variación esencial en el conjunto del sistema estructural del edificio.
- Modificación de cubiertas que produzcan una variación esencial de la composición general exterior y/o del conjunto del sistema estructural.
- Limpieza, raspado, pintura y acabados de fachadas o medianeras, así como reparación de enlucidos en paramentos, colocación de aplacados, modificación de revestimientos y/o sustitución de molduras de fachadas, zócalos y elementos similares, que requieran medios para trabajos en altura superior 6 metros y que supongan una variación esencial de la composición general exterior.
- Reforma, modificación y sustitución de cerramiento de fachada, incluso huecos, así como mejora de aislamientos, que no impliquen incremento de altura, siempre que suponga variaciones esenciales de la composición general exterior o del conjunto del sistema estructural.
- Reparación o sustitución de carpinterías exteriores, alterando las dimensiones de los huecos de fachada y/o empleando andamios, que supongan una variación esencial de la composición general exterior.
- Implantación, sustitución o mejora de instalaciones contra incendios en los establecimientos y zonas de uso industrial que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales.
- Nuevas instalaciones, ampliaciones y modificaciones de instalaciones eléctricas que requieran proyecto ITC-BT-04
- Nueva instalación o reforma de instalaciones fijas de climatización calefacción, refrigeración y ventilación y de producción de agua caliente sanitaria art. 2 RITE
con potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 70 kW
- Nuevas instalaciones, ampliaciones y modificaciones de instalaciones de gas que requieran proyecto técnico ITC-ICG
- Nuevas instalaciones o modificación sustancial de instalaciones de telecomunicaciones que requieran proyecto técnico RICT
- Ascensor en espacios privativos del edificio.- Instalación de gruas torres en espacios privativos de parcela
Grupo 2. Obras autorizables mediante declaración responsable, que requieren intervención de técnico competente y debidamente acompañadas de Memoria técnica descriptiva y gráfica:

A Obras de nueva planta:
A.1 Construcciones de escasa entidad sin uso residencial ni público de una planta de altura, incluso la colocación de elementos prefabricados que cumplan dichos requisitos.
A.3 Instalación, nueva construcción y/o rehabilitación total de invernaderos de estructura portante de sencillez constructiva o técnica, siempre que la agrupación de estructuras
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portantes sea inferior a 1.500 metros cuadrados
B Actuaciones exteriores a la edificación:
B.2 Limpieza y desbroce de solares siempre que no implique movimientos de tierra y no altere la rasante natural del terreno, en zona de servidumbre arqueológica o protección ambiental, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa específica.
B.4 Construcción de cerramiento de parcela.
B.8 Instalación de cerramientos metálicos delimitadores de las plantas bajas porticadas de edificaciones.
B.9 Tala y abatimiento de árboles en espacio privado, salvo que se sitúe en un jardín protegido, salvo regulación específica en ordenanza municipal.
B.10 Apertura de zanjas y catas en terrenos privados para albergar instalaciones o para la exploración de cimientos.
B.11 Construcción y modificación de pistas deportivas de paddel, tenis, etc., en espacios libres de parcela.
B.13 Construcción y modificación de piscinas de uso privado, según la definición recogida en el Reglamento Técnico-Sanitario de las Piscinas en Andalucía, en espacios libres de parcela.

C Estructuras C.1 Obras puntuales de refuerzo, consolidación y sustitución o colocación de elementos estructurales que no produzcan una variación esencial en el conjunto del sistema estructural del edificio.
C.3 Obras de refuerzo puntual de cimentación.
C.4 Ejecución de nuevas escaleras, siempre que no afecten a la ocupación y edificabilidad.

D Cubiertas, cerramientos y fachadas D.2 Reparación general de cubiertas planas, incluso levantado y reposición de solería de cubiertas planas transitables, impermeabilización y placas de cubrición; así como reparación puntual que genere residuos peligrosos.
D.3 Reparación de cubiertas inclinadas.
D.4 Modificación de cubiertas que no produzcan una variación esencial de la composición general exterior y/o del conjunto del sistema estructural.
D.9 Limpieza, raspado, pintura y acabados de fachadas o medianeras, así como reparación de enlucidos en paramentos, colocación de aplacados, modificación de revestimientos y/o sustitución de molduras de fachadas, zócalos y elementos similares, que requieran medios para trabajos en altura, siempre que no supongan una variación esencial de la composición general exterior.
D.11 Reforma, modificación y sustitución de cerramiento de fachada, incluso huecos, así como mejora de aislamientos, que no impliquen incremento de altura, siempre que no suponga variaciones esenciales de la composición general exterior o del conjunto del sistema estructural.
D.13 Cerramiento de balcones y terrazas, sin incorporación ni eliminación de elementos ciegos, siempre y cuando no compute a efectos de edificabilidad ni ocupación.

E Tabiquería interior. Revestimientos interiores E.2 Obras de división o modificación de dicha división, sobre locales comerciales manteniéndolos sin uso.
E.3 Obras de tabiquería interior que afecten a la distribución.E.4 Construcción de aseos en locales comerciales.
E.7 Colocación, reparación y sustitución de falsos techos que reduzca la altura libre existente.

F Carpintería y cerrajería F.2 Colocación, reparación o sustitución de carpinterías interiores, incluso variando la dimensión de los huecos, cuando se altere el número o la disposición de las piezas habitables.
F.4 Reparación o sustitución de carpinterías exteriores, alterando las dimensiones de los huecos de fachada y/o que requieran medios para trabajos en altura, que no supongan una variación esencial de la composición general exterior.
F.7 Colocación de elementos de cerrajería o su sustitución por otros de similares características o dimensiones, excepto barandillas, que requieran medios para trabajos en altura.
F.8 Colocación de barandillas o elementos de protección en altura, así como su sustitución variando sus características.

G Instalaciones G.2 Instalación, sustitución o mejora en las instalaciones de fontanería y saneamiento.
G.3 Implantación, sustitución o mejora de instalaciones contra incendios en los edificios a los que sea de aplicación el CTE DB-SI, excepto establecimientos y zonas de uso industrial que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales G.6 Nuevas instalaciones, ampliaciones y modificaciones de instalaciones eléctricas que requieran memoria técnica ITC-BT-04.
G.8 Nuevas implantaciones, reforma, renovación o sustitución de instalaciones placas solares fotovoltaicas de autoconsumo, salvo las actuaciones de escasa entidad.
G.11Nueva instalación o reforma de instalaciones fijas de climatización calefacción, refrigeración y ventilación y de producción de agua caliente sanitaria art. 2 RITE
con potencia térmica nominal a instalar en generación de calor o frío sea mayor o igual que 5 kW y menor que 70 kW
G.16Nuevas instalaciones, ampliaciones y modificaciones de instalaciones de gas que requieran documentación técnica ITC-ICG.

H Elementos auxiliares sobre el terreno, fachadas o cubiertas H.2 Colocación de rótulos, toldos y colgaduras, que requieran elementos estructurales sencillos para su fijación y/o medios para trabajos en altura, salvo que por legislación u ordenanza municipal requieran la redacción de proyecto.
H.3 Instalación de elementos publicitarios sobre solares y parcelas, tipo valla o monoposte, salvo que por legislación u ordenanza municipal, o por complejidad de la estructura, requieran la redacción de proyecto.
H.4 Obra civil necesaria, así como instalación de antenas e infraestructuras de telecomunicaciones, salvo que por complejidad de la estructura se requiera proyecto.

I Medios auxiliares I.4 Plataformas o guindolas suspendidas de nivel variable manuales o motorizadas,

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/10/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date08/10/2021

Page count19

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First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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