Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/7/2019

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

19 de julio de 2019

B.O.P. DE CADIZ NUM. 137

ESTRATÉGICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL
Con competencias en las siguientes materias:
2.1. Planificación y Estrategia de sectores económicos 2.2. Industria Naval y Aeronáutica 2.3. Desarrollo Rural 2.4. Ganadería y Agroalimentación 2.5. Sector pesquero 2.6. Plan estratégico 2.7. Consejo Económico y Social 2.8. Turismo 2.9. Memoria Histórica y Democrática, Cooperación Internacional y Participación Ciudadana.
2.10. Consumo 2.11. Juventud y Educación Adscribiéndose funcionalmente la siguientes entidades:
Patronato Provincial de Turismo Empresa Pública Empresarial TUGASA
Aprobando las siguientes Delegaciones genéricas y especiales:
Delegación del Área: José María Román Guerrero.
Delegación de Desarrollo Democrático: Lucía Trujillo Llamas.
Competencias: Memoria Histórica y Democrática, Cooperación Internacional y Participación Ciudadana.
Delegación de Desarrollo Social:Daniel Moreno López.
Competencias: Juventud, Educación y Consumo Junta arbitral de consumo.

3. ÁREA DE VICEPRESIDENCIA 2, TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y
DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE
Con competencias en las siguientes materias:
3.1. Desarrollo Sostenible 3.2. Educación Ambiental 3.3. Transición Ecológica 3.4. Vivienda Adscribiéndose funcionalmente las siguientes entidades:
Agencia Provincial de la Energía Patronato de Viviendas Empresa Provincial de Vivienda de Cádiz, S.A. PROVISA
Aprobando la siguiente Delegación genérica:
Delegación del Área: Mario Helio Fernández Ardanaz Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.

4. ÁREA DE FUNCIÓN PÚBLICA
Con competencias en las siguientes materias:
4.1. Formación 4.2. Función Pública y Recursos Humanos 4.3. Prevención y Salud Laboral 4.4. Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales Aprobando la siguiente Delegación genérica:
Delegación del Área: Encarnación Niño Rico.
Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.

5. ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS, HACIENDA Y
RECAUDACIÓN
Con competencias en las siguientes materias:
5.1. Hacienda 5.2. Intervención 5.3. Contratación 5.4. Tesorería 5.5. Recaudación y Gestión Tributaria Aprobando las siguiente Delegación genérica:
Delegación del Área: Juan Carlos Ruiz Boix.
Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.

6. ÁREA DE DESARROLLO DE LA CIUDADANÍA
Con competencias en las siguientes materias:
6.1. Deportes 6.2. Cultura 6.3. Publicaciones 6.4. Bienestar social Adscribiéndose funcionalmente las siguientes entidades:
Fundación Provincial de Cultura IFECA
Aprobando las siguientes Delegaciones genéricas y especiales:
Delegación del Área: Jaime Armario Limón.
Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.
Delegación de Bienestar Social: Javier David de la Encina Ortega.
Competencia: Bienestar Social Delegación de Cultura: Antonio González Mellado.
Competencia: Cultura
7. ÁREA DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA A MUNICIPIOS
Con competencias en las siguientes materias:
7.1. Asistencia municipal 7.2. Carreteras 7.3. Gestión de Fondos PROFEA
7.4. Planeamiento
Página 3

Aprobando la siguiente Delegación genérica:
Delegación del Área: Javier Pizarro Ruiz.
Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.

8. ÁREA DE DESARROLLO LOCAL
Con competencias en las siguientes materias:
8.1. Planificación de Programas y Planes de Cooperación 8.2. Entidades Locales Autónomas.
8.3. Gestión de convocatorias publicas y ayudas en obras y servicios Aprobando la siguiente Delegación genérica:
Delegación del Área: Manuel Ángel Chacón González.
Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.

9. ÁREA DE EMPLEO
Con competencias en las siguientes materias:
9.1. Fomento de Empleo 9.2. Fondos Europeos. FEDER
9.3. Inversiones Territoriales Integradas I.T.I.
Adscribiéndose funcionalmente la siguiente entidad:
- Instituto de Empleo y Desarrollo Socioeconómico y Tecnológico IEDT.
Aprobando la siguiente Delegación genérica:
Delegación del Área: Ana Belén Carrera Armario.
Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.

10. ÁREA DE IGUALDAD
Con competencias en las siguientes materias:
10.1. género y diversidad 10.2. Transversalidad 10.3. Promoción de Igualdad y NO discriminación Aprobando las siguiente Delegación genérica:
Delegación del Área: María del Carmen Collado Jiménez.
Competencias: Dirigir, gestionar, coordinar, inspeccionar e impulsar los Servicios adscritos al Área.

SEGUNDO: Se delega en los Diputados con delegación genérica la facultad de dictar actos administrativos que afecten a terceros, incluyéndose la firma de los correspondientes Decretos.

TERCERO: Se delega en la Diputada responsable de la Delegación Especial de Innovación, Municipios Inteligentes y Transformación Digital, del Área de Presidencia y Coordinación Institucional el visado de las certificaciones de la Secretaría General.

CUARTO: Se resuelve la delegación de la firma de la Presidenta a favor de los Diputados/as Delegados, de cuantos documentos se generen en los expedientes administrativos instruidos en el ámbito competencial respectivo, con exclusión expresa de los Decretos, reservados a la Presidenta y a los Diputados/as con delegación genérica, y del visado de las certificaciones mencionadas en el apartado tercero.

QUINTO: Se delega en los Diputados/as con delegación genérica la facultad de imposición de toda clase de sanciones administrativas en las materias de su competencia, por la comisión de infracciones de las ordenanzas y reglamentos, o por infracción de otras normas de rango legal o reglamentario emanadas del Estado o de la Comunidad Autónoma que atribuyan potestades sancionadoras a la Presidenta.

SEXTO: Se delega en los Diputados/as con delegación genérica la facultad de resolver los recursos de reposición que se formulen contra los actos dictados en el ejercicio de las competencias delegadas.

SÉPTIMO: Los Diputados/as con delegación genérica y los que ostenten delegaciones especiales, podrán elaborar y suscribir propuestas para la Junta de Gobierno y para el Pleno Provincial, en sus respectivos ámbitos competenciales.

OCTAVO: En todo caso, esta Presidencia se reserva el ejercicio de las competencias no delegables del artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y de las demás no expresamente delegadas por esta Resolución.
La delegación de atribuciones que se establece en el presente Decreto, no será obstáculo para que la Presidencia pueda avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento y resolución de los asuntos que considere oportunos.
Las competencias delegadas en los Diputados/as no podrán ser, a su vez, delegadas por éstos en otro órgano o autoridad. Siempre que se haga uso de la delegación de atribuciones contenidas en este Decreto, deberá hacerse constar expresamente en la correspondiente resolución.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 41.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Presidencia es competente para dirigir la administración provincial y la organización de los servicios administrativos de la Corporación, procediendo adoptar las medidas oportunas para la reestructuración y reordenación de sus servicios administrativos a fin de adecuarlos a la nueva configuración de las Áreas de Gobierno y distribución de competencias aprobadas por esta Presidencia, todo ello con la finalidad de optimizar la organización en cuanto instrumento esencial parra el desarrollo de la acción de Gobierno.

En virtud de lo expuesto, RESUELVO:

ÚNICO: Adscribir los Servicios y unidades administrativas, detalladas en el ANEXO, a las Áreas de Gobierno establecidas anteriormente.

La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios de la Corporación, dándose cuenta al Pleno, en la inmediata sesión que se celebre.

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de la fecha, debiéndose adoptar por todos los Servicios provinciales, las medidas que correspondan para la efectividad de cuanto antecede.

About this edition

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/7/2019

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date19/07/2019

Page count11

Edition count6010

First edition02/01/2001

Last issue06/05/2024

Download this edition

Other editions

<<<Julio 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031