Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/7/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 10

B.O.P. DE CADIZ NUM. 136

PRIMERO.- Nombrar Tenientes de Alcalde y con el orden que se establece a:
1.- D. Manuel Tovar Gómez: Primera Tenencia de Alcaldía.
2.- D. Javier Pérez Castro: Segunda Tenencia de Alcaldía.
3.- D. Cristina García Salguero: Tercera Tenencia de Alcaldía.
SEGUNDO. En uso de la facultad que me otorga el articulo 20 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y el articulo 122 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, nombrar como representante personal del Alcalde en la Aldea de Benamahoma, al Sr. Concejal y Primer Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento D. Manuel Tovar Gómez.
TERCERO. Notificar la presente resolución a los interesados a efectos de su aceptación, dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, y proceder a su publicación en el B.O.P.
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 189/2019 DE FECHA 17.06.2019 REFERENTE AL
NOMBRAMIENTO DE LOS CONCEJALÍAS-DELEGADAS parte dispositiva:

PRIMERO.- Delegar las atribuciones de los servicios que a continuación se detallan, con el contenido que determinan los artículos 43.4 y 43.5.b del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en los Concejales que asimismo se relacionan:
D. Manuel Tovar Gómez: Personal, Régimen Interior y Atención Ciudadana. Policía Local y Seguridad Ciudadana. Salud Pública.
D. Javier Pérez Castro: Economía y Hacienda. Fomento Económico y del Empleo.
Contratación, Compras y Suministros. Bienestar Social. Fiestas.
D. Lorena Gil Flores: Educación e Infancia. Juventud. Cultura. Cementerio. Consumo.
D. Francisco Javier Domínguez García: Deportes. Vías Públicas / Parques y Jardines.
Limpieza Viaria y Residuos. Mayores. Desarrollo Rural y Medio Ambiente.
D. Cristina García Salguero: Presidencia. Comunicación y Transparencia. Turismo.
Participación Ciudadana.
D. María del Carmen Barrera Román: Igualdad.

SEGUNDO. Delegar en D. Manuel Tovar Gómez, como Primer Teniente de Alcalde y representante del Alcalde en la Aldea de Benamahoma, todas las facultades delegables del Alcalde, circunscritas al ámbito de Benamahoma, a excepción de las que se indican a continuación que se delegan a favor de la Concejala D. María del Carmen Barrera Román, y que ambos deberán ejercer en coordinación con esta Alcaldía:
D. María del Carmen Barrera Román: Fiestas Benamahoma. Cultura Benamahoma.
Educación e Infancia Benamahoma.

TERCERO. Todas estas delegaciones incluirán la facultad de dirigir, gestionar y organizar los respectivos servicios, pero no incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

CUARTO.- Asumir personalmente como Alcalde todas las restantes delegaciones, entre ellas, Urbanismo y Patrimonio, Obras públicas y Servicios Generales.

QUINTO.- Notificar la presente resolución a los interesados a efectos de su aceptación, dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, y proceder a su publicación en el B.O.P.
ACUERDO DE PLENO DE FECHA28.06.2019 REFERENTEALAS DEDICACIONES
EXCLUSIVAS Y PARCIALES parte dispositiva:

PRIMERO.- Establecer como cargos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva los siguientes y con las retribuciones brutas que se indican a continuación:
- Primera dedicación exclusiva: ALCALDÍA PRESIDENCIA:
Sueldo bruto mensual: 2.500 Euros.
Con dos pagas extraordinarias.
Incrementos anuales: el mismo que se establezca con carácter general en las LPGE.
Fecha: Desde su toma de posesión.
- Segunda dedicación exclusiva: CONCEJALÍA-DELEGADA DE ECONOMÍA Y
HACIENDA. FOMENTO ECONÓMICO Y DEL EMPLEO. CONTRATACIÓN, COMPRAS Y SUMINISTROS. BIENSTAR SOCIAL. FIESTAS:
Sueldo bruto mensual: 1.800 Euros.
Con dos pagas extraordinarias.
Incrementos anuales: el mismo que se establezca con carácter general en las LPGE.
Fecha: Desde el Decreto de nombramiento y aceptación de las Delegaciones.

SEGUNDO.- Establecer como cargos a desempeñar en régimen de dedicación parcial los siguientes y con las retribuciones brutas que se indican a continuación:
- Primera dedicación parcial: CONCEJALÍA-DELEGADA DE DEPORTES. VÍAS
PÚBLICAS Y PARQUES Y JARDINES. LIMPIEZA VIARIA Y RESIDUOS
MAYORES. DESARROLLO RURAL Y MEDIO AMBIENTE:
Régimen de dedicación mínima: 30 horas semanales de lunes a viernes de dedicación mínima.
Sueldo bruto mensual: 1.350 Euros.
Con dos pagas extraordinarias.
Incrementos anuales: el mismo que se establezca con carácter general en las LPGE.
Fecha: Desde el Decreto de nombramiento y aceptación de las Delegaciones.
- Segunda dedicación parcial: CONCEJALÍA-DELEGADA DE PRESIDENCIA.
COMUNICACIÓN Y TRANSPARENCIA. TURISMO. PARTICIPACIÓN
CIUDADANA:
Régimen de dedicación mínima: 30 horas semanales de lunes a viernes de dedicación mínima.
Sueldo bruto mensual: 1.350 Euros.
Con dos pagas extraordinarias.
Incrementos anuales: el mismo que se establezca con carácter general en las LPGE.
Fecha: Desde el Decreto de nombramiento y aceptación de las Delegaciones.

TERCERO.- Que se incluyan estas retribuciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, que esta entidad debe realizar, conforme a las disposiciones vigentes.

CUARTO.- Manifestar que el desempeño de tales funciones con dedicación exclusiva y parcial en ningún caso supondrá mérito para el acceso al empleo o a la
18 de julio de 2019

función pública.

QUINTO.- Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios de la Corporación, de conformidad con lo estipulado en el artículo 75.5 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local de 2 de Abril de 1.985.

SEXTO.- Facultar expresamente a la Alcaldía-Presidencia para que realice cuantos actos y dicte cuantas resoluciones sean necesarias en orden a la ejecución del presente acuerdo.
ACUERDO DE PLENO DE FECHA 28.06.2019 REFERENTE A LAASIGNACIÓN A
LOS GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES E INDEMNIZACIONES POR RAZÓN
DEL SERVICIO parte dispositiva:

PRIMERO.- Establecer las siguientes dotaciones económicas para los grupos municipales:
- Componente fijo por cada grupo: 50 Euros mensuales.
- Componente variable por cada Concejal que tenga cada grupo: 100 Euros mensuales.

SEGUNDO.- Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de:
- Plenos Municipales de carácter ordinario: 200 Euros.
- Comisiones Informativas Generales y Especial de Cuentas: 100 Euros.
- Juntas de Gobierno Local de carácter ordinario: 25 Euros.

TERCERO.- Establecer como indemnizaciones para los miembros de la Corporación por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo dietas por desplazamientos y gastos de viaje los realmente gastados y justificados documentalmente sin que su cuantía pueda exceder de las previstas legalmente para los altos cargos conforme al Anexo II del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnización por razón del servicio y revisiones o actualizaciones posteriores, así como por el uso de vehículo particular las cuantías por Km recorrido conforme a la Orden EHA/3770/2005, de 1 de diciembre, y revisiones o actualizaciones posteriores.

CUARTO.- Facultar expresamente a la Alcaldía-Presidencia para que realice cuantos actos y dicte cuantas resoluciones sean necesarias en orden a la ejecución del presente acuerdo.
ACUERDO DE PLENO DE FECHA 28.06.2019 REFERENTE A LA CREACIÓN
DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL parte dispositiva:

PRIMERO.- La creación de la Junta de Gobierno Local cómo órgano de asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones para un mejor funcionamiento de la Corporación Municipal y para una mejor gestión de los asuntos que son competencia de la Alcaldía.

SEGUNDO.- Facultar expresamente a la Alcaldía-Presidencia para que realice cuantos actos y dicte cuantas resoluciones sean necesarias en orden a la ejecución del presente acuerdo.
ACUERDO DE PLENO DE FECHA 28.06.2019 REFERENTE A LA PERIODICIDAD
DE LA SESIONES ORDINARIAS DEL PLENO parte dispositiva:

PRIMERO.- Establecer que las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación Municipal tengan lugar cada dos meses enero, marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre, a celebrar preferentemente el último jueves del mes que corresponda a las 20:00 horas. El primer Pleno ordinario a celebrar será el correspondiente al mes de septiembre 2019.

SEGUNDO.- Igualmente celebrará sesiones extraordinarias y extraordinarias y urgentes siempre que se consideren necesarias y de conformidad con lo preceptuado en la legislación vigente.

TERCERO.- En el supuesto de que el día señalado para las sesiones ordinarias fuese festivo, la sesión se trasladará al día que la Alcaldía considere más adecuado previa consulta con los portavoces de los Grupos Municipales.

CUARTO.- Facultar expresamente a la Alcaldía-Presidencia para que realice cuantos actos y dicte cuantas resoluciones sean necesarias en orden a la ejecución del presente acuerdo.
ACUERDO DE PLENO DE FECHA 28.06.2019 REFERENTE A LA CREACIÓN
Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS parte dispositiva:

PRIMERO.- La creación de las siguientes Comisiones Informativas Permanentes para el mandato corporativo 2019-2023:
Comisión especial de cuentas preceptiva: cuya función será el estudio, consulta y dictamen de la Cuenta General que se haya de someter al Pleno y a la Cámara de Cuentas.
Comisión informativa general: cuya función será el estudio, consulta y dictamen de la totalidad de los asuntos que vayan a ser sometidos a la consideración plenaria, salvo los que sean declarados urgentes y a excepción de la Cuenta General que compete a la Comisión Especial de Cuentas.

SEGUNDO.- Su composición será la siguiente:
Número de miembros: El Presidente y cuatro Concejales.
Presidente: La Alcaldía.
Miembros Concejales: 2 por el Grupo M. Socialista y 2 por el Grupo M. Popular.
Suplentes de los miembros titulares: Un suplente por cada titular.
Secretario: El Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.

TERCERO.- Se crearán comisiones informativas especiales cuando así lo acuerde la Corporación.

CUARTO.- Las sesiones de estas Comisiones se celebrarán con la antelación suficiente y necesaria para informar los asuntos que hayan de tratarse por el Pleno Municipal y en los días y horas que en cada caso establezca el Presidente.

QUINTO.- Los diferentes Grupos Políticos Municipales deberán designar sus representantes en las citadas Comisiones titular y suplente, notificándolo por escrito dirigido a la Alcaldía-Presidencia en el plazo de una semana a contar desde la adopción del presente acuerdo.

SEXTO.- Hasta la designación de los representantes indicados en el punto anterior y la efectiva constitución de la Comisión Informativa General pondrán elevarse al Pleno y adoptarse acuerdos sin que previamente hayan sido dictaminados por la citada Comisión Informativa General.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 18/7/2019

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date18/07/2019

Page count11

Edition count6015

First edition02/01/2001

Last issue13/05/2024

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