Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 154
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

PODER LEGISLATIVO
Decreto N 137
Córdoba, 03 de julio de 2020
VISTO: El Decreto Nº 474 de fecha 2 de Julio de 2020 del Poder Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la conmemoración del 447º aniversario de la fundación de la Ciudad de Córdoba, Capital de la Provincia, por Don Jerónimo Luis de Cabrera, mediante Decreto Nº 474/2020 del Poder Ejecutivo Provincial se declaró el día 6 de julio del año en curso como día no laborable para la Administración Pública Provincial, en todo el ámbito de la ciudad de Córdoba, Departamento Capital.

Que en el mencionado Decreto se invita a las entidades autárquicas y a los organismos descentralizados de la Provincia de Córdoba a adherir al mismo.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el artículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia de Córdoba.
Por ello, la normativa citada, y en uso de sus facultades, EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, EN EL CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA
PROVINCIAL DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- ADHIÉRASE al Decreto Nº 474 del Poder Ejecutivo Provincial de fecha 2 de julio de 2020; y, en consecuencia DECLÁRASE el próximo 6 de julio de 2020 como día no laborable en el ámbito del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese y archívese.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - ANA CAROLINA COMBA, SECRETARIA ADMINISTRATIVA,
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N 133
Córdoba, 07 de julio de 2020.
Expediente N 0644-008577/2020.VISTO: este expediente mediante el cual el entonces Secretario de Arquitectura y el Subsecretario de Obras Públicas de este Ministerio, propician se disponga la incorporación en el Plan de Inversión de Obras Públicas para el Ejercicio Presupuestario Año 2020, de las obras nominadas en autos, en el marco del artículo 31 de la Ley Nº 9086.
Y CONSIDERANDO:
Que instan el presente pedido a los fines de incorporar en el referido Plan, las obras que describen en sus respectivas notas, atento que al momento de confeccionar el Presupuesto para el año 2020 no fueron individualizadas, en razón de haber surgido la necesidad de su ejecución con posterioridad a la fecha de elaboración del anteproyecto del Plan de Inversión de Obras Públicas para el presente ejercicio presupuestario, solicitando además que las obras de que se trata sean afectadas presupuestariamente en forma total en el corriente año, en razón del plazo de ejecución.

Que la Directora General de Administración de este Ministerio expresa en autos que las obras solicitadas deberán ser individualizadas en el Plan de Obras del Ejercicio Presupuestario - Año 2020, en el Programa 506011, adjunta Planilla Anexa sobre el monto de los trabajos y manifiesta que serán compensadas con los créditos asignados a la Jurisdicción de este Ministerio.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que obra Dictamen N 150/2020 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento las constancias agregadas en autos y conforme lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley Nº 9086 y artículo 2º del Cuerpo Normativo Unificado del Sistema Integrado de Administración Financiera aprobado por el artículo 1º de la Resolución Nº 3/2018 de la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Finanzas, puede dictarse el acto administrativo conforme lo propiciado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 150/2020 y en uso de sus atribuciones.
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la incorporación en el PLAN DE OBRAS
PÚBLICAS - AÑO 2020 Programa 506-011, de las obras nominadas y detalladas en autos que como ANEXO I compuesto de una 1 foja, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de Administración de este Ministerio a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
ANEXO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date08/07/2020

Page count6

Edition count4144

First edition01/02/2006

Last issue21/05/2024

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