Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2020 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del
General Manuel Belgrano
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXVII - Nº 154
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
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a SECCION

PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10700

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ejecución de la obra Ensanche de Traza Camino T-188-07, una fracción de terreno parte de una mayor superficie del inmueble ubicado en el Establecimiento La Negrita, Pedanía Reducción, Departamento Juárez Celman, Propiedad Nº 18-03-1997188-1, inscripto en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula 200.767, con una superficie aproximada de tres hectáreas, tres mil ochenta y cinco metros cuadrados 3
ha, 3.085,00 m2, conforme Memoria Descriptiva y Plano de Mensura para Expropiación sujeto a visación los que, compuestos de una foja cada uno, forman parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.
Artículo 2º.- Las medidas lineales, angulares y de superficie definitivas serán las que resulten de las operaciones de mensura que se realicen a los fines del cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 3º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.

Artículo 4º.-

Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN SESIÓN DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN CÓRDOBA, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
VEINTE.
FDO.: MANUEL CALVO, PRESIDENTE - GUILLERMO CARLOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Ley Nº 10700 Pag. 1
Decreto Nº 475 Pag. 1
Decreto Nº 468 Pag. 2
PODER LEGISLATIVO
Decreto Nº 137 Pag. 3
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución Nº 133 Pag. 3
Resolución Nº 134 Pag. 4
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Resolución Nº 12 Pag. 4
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario Nº 1635 Pag. 5

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- TÉNGASE por ley de la Provincia Nro. 10.700, CÚMPLASE.
Artículo 2.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Coordinación Operativa de la Secretaría Legal y Técnica del Ministerio de Finanzas, a realizar las transferencias de fondos que resulten necesarias para disponer la consignación judicial autorizada por el artículo 20 de la Ley 6394, en caso de corresponder.
Artículo 3.- INSTRÚYESE al Registro General de la Provincia a los fines de la oportuna toma de razón y consecuente anotación marginal a nombre de la Provincia de Córdoba, C.U.I.T. N 30-70818712-3, en los correspondientes dominios, de lo dispuesto en la citada Ley.

ANEXO

Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.

Decreto N 475
Córdoba, 02 de julio de 2020
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese al Registro General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/07/2020 - 1º Sección

TitleBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CountryArgentina

Date08/07/2020

Page count6

Edition count4128

First edition01/02/2006

Last issue30/04/2024

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