Boletin Judicial de Costa Rica del 4/5/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 4 BOLETÍN JUDICIAL Nº 77

Jueves 4 de mayo del 2023

territorios indígenas, así como los sitios sagrados, así como que el Río Grande de
Americana. Así lo expresó el Estado costarricense ante el Comité para la
Térraba sea considerados un sujeto con personalidad jurídica conforme se pide en
Eliminación de la Discriminación Racial en el 2006, de igual forma el gestionante
la acción.

cita el caso de Pueblo Indígena Xucuru y sus miembros vs. Brasil. Señala también
13.- Mediante escrito presentado por medio de fax el 10 de mayo de 2018, a
el conflicto del artículo 9, incisos a, b, c, y d, del Decreto Ejecutivo, y el
la secretaría de la Sala, el señor Roy Rodríguez Araya, abogado y auditor
Convenio N 169, y su aplicación del derecho internacional hacía los recursos
ambiental, vecino de la Zona Sur, solicita se le tenga como coadyuvante activo
naturales de las comunidades indígenas. También, se enfocó en traer a la discusión
para que se respeten los territorios indígenas, así como los sitios sagrados,
la jurisprudencia internacional de la Corte Interamericana: caso Saramaka vs.

patrimonio histórico, arqueológico, y su cosmovisión espiritual de los pueblos
Surinam, en la que hizo referencia cuando la propiedad comunal indígena y la
indígenas. Y, además, que se declare al Río Grande de Térraba como un sujeto con
propiedad privada entran en contradicción. En similar sentido el caso Yakye Axa
personalidad jurídica, respeto al principio de irreductibilidad del bosque, solicita la
vs. Paraguay en el que la propiedad de la tierra garantiza el patrimonio cultural de
inspección-in situ, entre otras cosas.

las comunidades indígenas. En el escrito de coadyuvancia se afirma que los
14.- Por escrito presentado el 11 de mayo de 2018, en iguales términos que
pueblos indígenas tienen derechos sobre todos los recursos existentes en sus
los anteriores coadyuvantes, presentan solicitud Maritza Marín Herrera, portadora
tierras, en el que destaca que el Estado de Costa Rica informó al Comité para la
de la cédula de identidad N 1-0759-0200; Javier Aguilar Arguedas, portador de la
Eliminación de la Discriminación Racial 2014 sobre un abordaje favorable a los
cédula de identidad N 1-1697-0541; Leonel Castro Ulloa, portador de la cédula de
derechos humanos de los pueblos indígenas. Señala también la posición de la
identidad N 3-0971-0845; Edwin Fabián Chacón Benavides, portador de la cédula
Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre el respeto que los Estados
de identidad N1-1428-0735; Christian Nuñez Vargas, portador de la cédula de
deben garantizar a la propiedad colectiva de los pueblos indígenas. Continúa
identidad N 1-1616-0362; Irene Arias González, portadora de la cédula de
destacando la jurisprudencia de la Corte Interamericana en el caso Saramaka vs.

identidad N 1-1685-0890; Andreína Chinchilla Prado, portadora de la cédula de
Surinam para las emisión de concesiones madereras y otros recursos naturales en
identidad N 1-1584-0692; Allan Marc Leiva, portador de la cédula de identidad
tanto tengan participación de los beneficios efectivos y resguardar las condiciones
N 1-1687-0997; Allison Fernández Sandí, portadora de la cédula de identidad N

señaladas, entre otras cosas. Finalmente, considera que la Sala debe dar un paso
1-1692-0660; María Lucía Granados S., portadora de la cédula de identidad N 3-

adelante como se ha realizado en otros pocos Estados del mundo en reconocer la
0510-0860; Tania Sánchez Agero, portadora de la cédula de identidad N 7-0244-

personalidad jurídica al Río Grande de Térraba. Entiende que es un río que se ha
0058; Jorge Vega Delgado, portador de la cédula de identidad N 1-1682-0498;

venido deteriorando, que se habían diseñado planes para su recuperación y
Ismael Morales Murillo, portador de la cédula de identidad N 2-0751-0637;

protección, pero no se habían materializado. Señala a la Corte Constitucional de
Mónica Mora Mora, portadora de la cédula de identidad N 1-1687-0767; y
Colombia en su sentencia T-622 de 2016, con el reconocimiento del río Atrato, su
Diayner Baltodano Zúñiga, portador de la cédula de identidad N 7-0243-0624.

cuenca y afluentes como una entidad sujeto de derechos de protección,
15.- Álvaro Enrique Baca, mayor de edad, casado, abogado y profesor de Derecho Indígena de la Universidad de Oklahoma, con número de pasaporte 540724534, solicita admitirle como coadyuvante activo de la acción de inconstitucionalidad. Se propone establecer que las comunidades indígenas tienen el derecho de usar y gozar de sus tierras tradicionales, bosques y a que no se pongan en peligro o riesgo la subsistencia de los mismos. Alega que hay una diferenciación cuando se aplica cualquier normativa que incida o involucre a un territorio indígena. Señala el conflicto de naturaleza constitucional que hay en el
conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las comunidades étnicas .. sic. Lo mismo que Corte de Ecuador, India y Nueva Zelandia. Pide, independientemente de si se tratase de fase inicial o no del proyecto, declarar con lugar la acción contra el artículo 9, incisos a, b, c, y d, del Decreto Impugnado, en el tanto concuerde con tierras dentro de territorios indígenas.
16.- Por escrito presentado el 16 de mayo de 2018, solicitan ser tenidos como coadyuvantes activos de la acción, los siguientes gestionantes: Leonor Isabel Antillón Sargent, portadora de la cédula de identidad N 1-0399-1373; Diego
artículo 9, incisos a, b, c y d, del Decreto Ejecutivo N 34312. Afirma que se
Grooscors Antillón, portador de la cédula de identidad N 1-1178-0088; y Carlos
incurre en desprotección si no se observan las garantías exigidas en los estándares
Humberto Orozco Araya, portador de la cédula de identidad N 1-1027-0146,
del derecho internacional de los derechos humanos, la ejecución de estos proyectos
quienes manifiestan su atención al elevado valor del Río Grande de Térraba, que
sin los mencionados estándares internacionales causa daños, pérdidas irreparables,
ha venido siendo respetado, amado, admirado y protegidos por generaciones de
generan situaciones de mayor pobreza y sufrimiento en las comunidades afectadas.

pueblos indígenas, con valor paisajísticos, fuente de vida, y su ecología. Piden
Razón por la cual, se requiere de medidas estructurales y acciones integrales de
respeto a los territorio indígenas, así como los sitios sagrado de la región. Piden
parte de los Estados para proteger a las comunidades indígenas. El gestionante
tomar al mencionado Río como sujeto con personalidad jurídica y manifiestan
repasa la historia de participaciones a nivel internacional de Costa Rica con sus
actuar en apoyo de las personas que son de pueblos originarios.

votos afirmativos para la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos
17.- Por escrito presentado el 17 de mayo de 2018, el señor Mauricio
de los pueblos indígenas 2007, y la ratificación del Convenio N 169, de la
Álvarez Mora, coordinador del Programa Kioscos Socioambientales de la
Organización Internacional del Trabajo OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales
Universidad de Costa Rica, solicita se le tenga como coadyuvante activo de la
en países independientes 1993. El Decreto Ejecutivo no hace referencia alguna
acción. Pide que se disponga que el Río Grande de Térraba sea tomado como un
a territorio indígena ni otro similar, pero se debe asegurar una aplicación rigurosa
sujeto con personalidad jurídica, por las siguientes razones: Esta declaratoria es un
de estas obligaciones jurídicas en el marco de los territorios indígenas. En virtud de
proceso legal y político basado en los derechos de la naturaleza de las nuevas
los compromisos internacionales el Estado debe la protección jurídica de esas
constituciones y sentencias de la Corte Constitucional Colombiana Río Atrato; y
tierras, territorios y recursos. Dicha protección respetará debidamente las
los casos de Río Whanganui en Nueva Zelanda, y el sagrado rio Ganges en India.

costumbres, tradiciones y los sistemas y tenencia de la tierra de los pueblos
Se podría afectar a más de trescientas sesenta y cinco especies de animales
indígenas de que se trate Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos
terrestres que habitan los bosques que se verían inundados, además de la
de los pueblos indígenas, artículo 26.3, y el artículo 21, de la Convención
desaparición de trece especies de peces que no se encuentran en otra parte del

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Boletin Judicial de Costa Rica del 4/5/2023

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date04/05/2023

Page count52

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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