Boletin Judicial de Costa Rica del 26/1/2022

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 16

Miércoles 26 de enero del 2022

La Unidad de Control Interno velará por el cumplimiento de estas disposiciones e informará lo que corresponda al Consejo Superior.
San José, 12 de enero de 2022

Msc. Irving Vargas Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O. C. N 364-12-2021B.Solicitud Nº 682017-JA. IN2022617360 .
CIRCULAR Nº 249-2021
REPRODUCCIÓN POR ERROR

ASUNTO: Guía para la implementación del Trabajo Comunal Universitario TCU en los Centros de Conciliación del Poder Judicial.
AL CENTRO DE CONCILIACIÓN DEL PODER
JUDICIAL Y SUS SEDES REGIONALES
SE LES HACE SABER QUE:
En la sesión N 96-2021 celebrada el 09 de noviembre del 2021, artículo XLVI, se conoció el acuerdo tomado por la Comisión de Resolución Alterna de Conflictos del Poder Judicial, en la que se aprobó la Guía para la implementación del Trabajo Comunal Universitario, en adelante TCU, en los Centros de Conciliación del Poder Judicial; por lo que las jefaturas deberán velar por el cumplimiento de los requisitos institucionales requeridos para la solicitud y ejecución del TCU, los cuales se encuentran descritos en el citado documento que se encuentra adjunto a esta circular.
Lo anterior, en apego a lo establecido en la Circular N
085-2006 del Consejo Superior y demás normativa interna que regula este tipo de prácticas universitarias en el Poder Judicial y la disciplina de las personas funcionarias judiciales.
Anexos https secretariacorte.poder-judicial.go.cr/index.php/
documentos Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 18 de enero de 2022.

Máster Irving Vargas Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. N 364-12-2021B.Solicitud N 682017-JA. IN2022617353 .
CIRCULAR N 267-2021
ASUNTO: Obligación de cumplir con la corrección de inconsistencias de manera permanente, cumplimiento de circulares y actualización de los controles implementados bajo apercibimiento de aplicar el régimen disciplinario por su incumplimiento. Reiteración de las circulares 8715, 159-15, 27 y 28-16, 160-16, 89-18, 133-18 y 94-2019 con relación a la obligación de mantener todos los registros actualizados en el Sistema de Gestión y Escritorio Virtual.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE CONOCEN MATERIA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No.
101-2021 celebrada el 25 de noviembre de 2021, artículo XXXVI, acogió en todos sus extremos el acuerdo tomado por la Comisión Permanente para el Seguimiento de la Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, en sesión virtual N 10-2021 celebrada el 7 de octubre del presente año, artículo V, como parte de las labores asociadas al proyecto de implementación del Código Procesal de Familia y las recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República, aplicables para los Juzgados de Violencia Doméstica, en ese sentido, se autorizó la divulgación de la circular que dice:

Informar a los Juzgados de Violencia Doméstica que se acordó:
1. Reiterar las circulares 87-15, 159-15, 27 y 28-16, 160-16, 89-18, 133-18 y 94-2019 con relación a la obligación de mantener todos los registros actualizados en el Sistema de Gestión y Escritorio Virtual.
2. Solicitarles a todas las personas juzgadoras, coordinadoras judiciales y personal técnico de todos los despachos del país, que atienden las materias de Violencia Doméstica, que a inicios de cada mes primeros 5 días del mes deben atender y resolver todas las inconsistencias que reflejen los sistemas al cierre del mes anterior recién concluido; así como mantener actualizados los controles implementados mediante las circulares que se citan infra. Se les recuerda que el incumplimiento de las circulares sobre la actualización de la información en los sistemas informáticos institucionales permite activar el régimen disciplinario y también las evidencias de dicho incumplimiento serán consideradas para el sistema de evaluación del desempeño por la jefatura correspondiente. Lo anterior es de relevancia institucional debido a que el Poder Judicial se encuentra sometido a controles permanentes por parte de la Contraloría General de la República; por lo que la información brindada debe de ser fidedigna y actualizada para que las personas usuarias puedan acceder a la misma. En consecuencia, las personas juzgadoras coordinadoras de cada Despacho deben identificar, mes a mes, las personas que incumplen con la citada obligación, las cuales deberán de elaborar un plan correctivo en el mes siguiente y advertir a éstas, que de repetirse de nuevo, en mes consecutivo, será aplicado el régimen disciplinario correspondiente.
Circular 168-21: Obligación de uso del libro de pase a fallo y de reparto automático de asuntos nuevos en materia de Violencia Doméstica.
Circular 193-2020: Responsabilidades asociadas al Modelo de Sostenibilidad y Seguimientos de los proyectos de rediseño de oficinas.
Circular 194-2020: Responsabilidades en el cumplimiento de las labores y el rendimiento de todos los servidores del despacho y el régimen disciplinario.
Circular 230-2020: Deberes de las juezas y jueces en el Modelo de Sostenibilidad en las oficinas y despachos judiciales.
Circular xxx-2021: Detalla los asuntos que llevan número de voto y los tipos de resolución que deben utilizar oficio 1019-PLA-MI-2021 aprobado por el Consejo Superior en sesión 82-2021 celebrada el 21 de setiembre de 2021, artículo XXXVI, pendiente la circular de publicación.
Publíquese por una única vez en el Boletín Judicial.
San José, 14 de enero de 2022.

M.Sc. Irving Vargas Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O. C. N 364-12-2021B.Solicitud Nº 682017-JA. IN2022617359 .

TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexis Gerardo Nájera Brenes, cédula unocuatrocientos setenta y nuevequinientos ochenta y dos 0104790582, quien fue mayor, soltero, vecino de Pérez Zeledón y falleció el veintisiete de junio del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Proceso de Consignaciones de Prestaciones Laborales de persona fallecida bajo el Número 22-000022-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una

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Boletin Judicial de Costa Rica del 26/1/2022

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date26/01/2022

Page count16

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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