Boletin Judicial de Costa Rica del 16/9/2021

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

RICARDO
SALAS
ALVAREZ
FIRMA

AÑO CXXVII

La San José, Costa Rica, jueves del2016
2021
LaUruca, Uruca, San José, Costa Rica, lunes16
1de desetiembre febrero del
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR N189-2021
ASUNTO:Acceso al sistema de planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS QUE CONOCEN
MATERIA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y LOS JUZGADOS PENALES
QUE POR DISPONIBILIDAD ATIENDEN VIOLENCIA
INTRAFAMILIAR

SE LES HACE SABER QUE:
Este Consejo Superior, en sesión número 70-2021
celebrada el 17 de agosto de 2021, artículo LIX, a solicitud de la Comisión permanente para el Seguimiento de la Atención y Prevención de la Violencia Intrafamiliar del Poder Judicial, dispuso comunicar a los Juzgados de Violencia Doméstica y los Juzgados Penales que por disponibilidad atiendan violencia Intrafamiliar, lo siguiente:
1.
Los Juzgados de Violencia Doméstica y los Juzgados Penales que por disponibilidad atiendan violencia Intrafamiliar, deberán solicitar a la Dirección Ejecutiva la respectiva clave para acceder al Sistema de Planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social, lo anterior con el fin de contar con una prueba inicial en caso de fijar como medida de protección lo referente a pensión alimentaria. 2. Cada persona juzgadora ingresará a la página web de la Dirección Ejecutiva, al ícono de Solicitud de claves para accesar al formulario que debe enviar con copia escaneada de la cédula de identidad a la cuenta de correo electrónico: direc_
ejecutiva@poder-judicial.go.cr. La Dirección Ejecutiva realiza el trámite ante la CCSS. 3.Comuníquese al Consejo Superior y a la Dirección Ejecutiva, para que informe a las Oficinas señaladas, la importancia de contar con esa herramienta.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 24 de agosto de 2021.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2021580384 .
CIRCULAR N 190-2021
Asunto:Obligación de participar en la capacitación del Código Procesal de Familia para personas juzgadoras y técnicas judiciales.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE CONOCEN MATERIA DE FAMILIA
Y PENSIONES ALIMENTARIAS Y
A LAS ADMINISTRACIONES
REGIONALES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en N 67-2021, celebrada el 05 de agosto de 2021, artículo LI, acordó comunicar a solicitud de la Comisión de la Jurisdicción de Familia, Niñez y Adolescencia, lo siguiente:
1.Recordar a todas las personas juzgadoras en materia de familia y pensiones alimentarias y al personal técnico de esos despachos, que de conformidad con el artículo
Firmado digitalmente por RICARDO SALAS
ALVAREZ FIRMA
Fecha: 2021.09.15
14:51:24 -0600

Nº 178 20 Páginas
31 de la Ley de creación de la Escuela Judicial, tienen la obligación de capacitarse sobre el Código Procesal de Familia.
2. Se les reitera el deber de atender las convocatorias que les realice la Comisión de la Jurisdicción de Familia, Niñez y Adolescencia, para prepararse de cara a la entrada en vigencia del Código Procesal de Familia.
3.Con respecto al personal técnico de esos despachos, las personas juzgadoras deben concederles el tiempo necesario para atender la capacitación a la que sean convocados, por lo que debe la jefatura tomar las decisiones internas en el despacho para que se concrete la capacitación de dicho personal. La respectiva jefatura está en la obligación de garantizar que la totalidad de la población convocada a la capacitación la realice, e informe a la Comisión por medio del gestor de familia la capacitación de todo el personal técnico y profesional de cada Despacho una vez concluida.
4.Deberán las Administraciones Regionales solicitar que faciliten la capacitación de las personas juzgadoras y personas técnicas supernumerarias en las fechas que se les asignen.
San José, 27 de agosto de 2021.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez,
Subsecretario General interino 1 vez.O. C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2021580386 .
CIRCULAR N 181-2021
ASUNTO: Autorización a los Juzgados Penales Juveniles y Juzgados Mixtos que conocen la materia juvenil restaurativa a nivel nacional, cuenten con un día cada dos meses, en la Agenda Cronos, con el fin de fortalecer la Red de Apoyo Intersectorial;
Establecer la programación de estas fechas es de carácter obligatorio.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N
66-2021 celebrada el 3 de agosto de 2021, artículo XLI, autorizó a todos los Juzgados Penales Juveniles y Juzgados Mixtos que conocen la materia juvenil restaurativa a nivel nacional, para que cuenten con un día cada dos meses, en la Agenda Cronos, con la finalidad de que se dediquen a ejecutar junto con el Ministerio Público, la Defensa Pública y el Departamento de Trabajo Social y Psicología, acciones de trabajo con la comunidad, en miras de fortalecer la Red de Apoyo Intersectorial, y establecer la programación de estas fechas de carácter obligatorio, tomando en consideración que se cuenta con el visto bueno de las oficinas involucradas.
En el entendido que debe ser prioritario el servicio público que brinda la institución y que se deben cumplir con las medidas sanitarias impuestas por el Ministerio de Salud, para evitar los contagios por COVID-19, en las acciones de trabajo.
Publíquese por una única vez en el Boletín Judicial.
San José, 23 de agosto de 2021.

Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez,
Subsecretario General Interino 1 vez.O. C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2021580387 .

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Boletin Judicial de Costa Rica del 16/9/2021

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date16/09/2021

Page count20

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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