Boletin Judicial de Costa Rica del 6/7/2021

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 56 BOLETÍN JUDICIAL Nº 129

Martes 6 de julio del 2021

señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N 8687
del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N 6508, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente, se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http www.poder-judicial.go.cr.
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a Lugar de trabajo, b Sexo, c Fecha de Nacimiento, d Profesión u oficio, e Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f Estado civil, g Número de cédula, h Lugar de residencia.
Notifíquese esta resolución a Jessica Natalia González Matamoros y Jean Carlos Sandoval Rodríguez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Cartago. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso dela funcionarioa notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Siendo que se desconoce el paradero del señor Jean Carlos Sandoval Rodríguez, y según lo que consta en autos el mismo se encuentra privado de libertad, se procede a consultar al Ministerio de Justicia y Paz a fin de conocer la ubicación del requerido. De acuerdo a la medida cautelar solicitada y tomando en cuenta el interés superior de las personas menores de edad, se otorga el depósito provisional de Madison Dayleni González Matamoros y Eydan Jesús Sandoval González, en el hogar de la señora Xinia Matamoros Molina con cédula de identidad 1 0973 0683. Notifíquese.Juzgado de Familia de Cartago.Licda. Patricia Cordero García, Jueza.1 vez.O.C.
N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017-JA. IN2021563432 .

Edictos Matrimoniales an comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José Gerardo Chavarría Pérez, mayor, soltero, soldador, cédula de identidad número 0702190190, vecino de Guácimo, 800 metros este de la Escuela El Aguacate, calle a Cartagena, hijo de Guadalupe Pérez Loaiza y Álvaro Eugenio Chavarría Álvarez, nacido en Guápiles Pococí Limón, el 14/04/1993, con 27 años de edad, y Anayanci Brenes Chaves, mayor, soltera, No indica, cédula de identidad número 0401900272, vecina de la misma dirección del anterior compareciente, hija de Elena Chaves Mayorga y Joaquín Brenes Ríos, nacida en Centro Central Heredia, el 14/02/1986, actualmente con 33 años de edad, Pococí. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 19-001514-1307-FA.Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 17 de
octubre del año 2019.Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza Decisora.1 vez.O. C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017JA. IN2021563384 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jason David Chaves Arias, mayor, Soltero, Barbero, cédula de identidad número 0604310440, y Betzaida Waleska Fernández Canales, mayor, Soltera, Comerciante, cédula de identidad número 0117280446; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000776-1146-FA.Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas 29 de junio del año 2021.Msc. Tania Morera Solano, Jueza.1 vez.O.C. N 364-12-2021.Solicitud N 68-2017JA. IN2021563441 .
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José Alberto Jiménez Madrigal, mayor, divorciado, guarda, cédula de identidad número 0108410391, y Katia Alejandra Porras González, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0502950446; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000780-1146-FA.Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, 29 de junio del año 2021.Lic. Diego Acevedo Gómez, Juez.1 vez.O.C. Nº 364-12-2021.Solicitud Nº 682017-JA. IN2021563442 .
Los señores David Josué Pérez Pagola, de nacionalidad venezolana, portador del pasaporte de la República Bolivariana de Venezuela número: cero seis siete tres ocho cinco cinco cinco cinco, y Joane Ico nombre Ferrer de un solo apellido en razón de su nacionalidad filipina, portadora del pasaporte de la República de Filipinas número y letras: P seis nueve cuatro tres uno cuatro seis A, han solicitado al suscrito notario la celebración de su matrimonio civil. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber a esta notaría dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, al fax 2280-5469 o en mi despacho en la ciudad de San José, Zapote, exactamente de la estación de Radio Omega cien metros norte y setenta y cinco metros este, Edificio Jurys Asesores.San José, 02 de julio del 2021.Lic. Pablo Andrés Navarro Solano, Notario.1 vez. IN2021563524 .

Edictos en lo Penal Por requerirse así en la sumaria 18-001983-0485-PE, en contra de Bryan Alberto Díaz Ramírez, por el delito de Lesiones Culposas ley de tránsito, en perjuicio de Simbad León Cárdenas, se solicita publicar por medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal la siguiente Resolución:
Se tiene por presentada Acción Civil Resarcitoria del veintitrés del marzo mil veintiuno, establecida por el Lic. Abraham Chaves Acuña, en calidad de Abogado de la oficina de la Defensa Civil de la Víctima del MP, en contra de Bryan Alberto Díaz Ramírez y del tercer civil demandado Marilyn Rojas Cruz para que interponga las excepciones que estime convenientes. De conformidad con la circular N 67-09- emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de Junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige en esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derecho, Publíquese tres veces.Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.Licda.
Fabiola Vega Guerrero, Fiscal Auxiliar.O. C. Nº 364-12-2021.
Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2021563049 .
3. v. 2

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Boletin Judicial de Costa Rica del 6/7/2021

TitleBoletín Judicial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date06/07/2021

Page count56

Edition count5055

First edition01/01/2003

Last issue23/10/2023

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