Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/8/2020

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Fuente: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 156

AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTIN
ANUNCIO

Expediente 834/2020. Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública del acuerdo de aprobación Inicial de la MODIFICACION
del Apartado IV de la Ordenanza reguladora para la concesión de ayudas económicas sociales de carácter municipal a personas en situación de urgente necesidad, aprobado en sesión Plenaria de 28/05/20, y publicado en el BOP de Cádiz Num. 108 de fecha 10/06/20, el acuerdo inicial queda elevado a definitivo de conformidad con el artº 49 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y se procede a publicar el texto integro de dicha modificación de conformidad con el artº 70-2 del mismo cuerpo legal y que se transcribe a continuación:

IV.-OBJETO, DEFINICION Y COMPATIBILIDADES.-

-Estarán limitadas temporal y/o económicamente, de forma que podrán, para cada ejercicio presupuestario, percibir un tiempo y una cantidad máxima por persona o por único miembro de una unidad familiar. Solo será factible obtener:
Para alquiler urgente, ayuda por un valor máximo de 150 €/mes y un tiempo nunca superior a tres meses por año o ejercicio presupuestario.
Para las demás ayudas urgentes, y por sumatorio de todos los tipos, un máximo de 400 euros anuales.

Dicho aumento será proporcional en función del número de miembros de la unidad de convivencia y de la siguiente forma:
1 miembro:
2 miembros:
3 miembros:
4 miembros:

250 €
300 €
350 €
400 €

17 de agosto de 2020

Recibir en un mismo año las ayudas dirigidas al pago urgente de alquiler y las demás aquí reguladas, salvo si la suma de dinero recibido por el beneficiario uno por cada unidad familiar por todas ellas alquiler más el resto no superar la cantidad anual establecida por miembro y unidad de convivencia max 400 € anuales.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jerez de la Frontera Cádiz en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOP, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Villamartin, a 30/07/2020. El Alcalde. Firmado: Juan Luis Morales Gallardo.
Nº 40.576


AYUNTAMIENTO DE VILLAMARTIN
ANUNCIO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, se hace pública la aprobación de un Plan económico-financiero por el Pleno de esta Corporación en sesión de fecha 30-07-20, el cual estará a disposición de los interesados en la sede del Ayuntamiento.

En Villamartín, a 31/07/2020. El Alcalde, Juan Luis Morales Gallardo.
Firmado.
Nº 40.580


AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO BOP CADIZ

Con fecha 30 de Julio de 2020, se ha dictado Decreto nº 1834/2020 del - No será posible volver a solicitarse, por ningún miembro de la unidad familiar, en siguiente tenor literal:
un mismo ejercicio presupuestario año, si se han sobrepasado los límites marcados
Resultando que desde el día 1 al 8 de Agosto, ambos inclusive, desde el en el punto anterior.
día 15 al 21 de Agosto, ambos inclusive y el próximo 7 de Septiembre, estaré ausente y -No incluyen, bajo ningún concepto, las que se pretendan destinar a pagar deudas con debiendo quedar debidamente cubierto el cargo de Alcalde, es por lo que RESUELVO:
la Seguridad Social, el Impuesto de Bienes Inmuebles IBI o Contribución como se Primero.- Designar Alcalde Accidental al Primer Teniente de Alcalde, Don Helenio conoce popularmente, deudas con la recaudación local Tasas Municipales, multas, Lucas Fernández Parrado desde el día 1 al 8 de Agosto, ambos inclusive, desde el día Impuesto de vehículos, y similares.
15 al 21 de Agosto, ambos inclusive y el próximo 7 de Septiembre.

- Serán incompatibles:
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Con el disfrute o existencia de otros servicios o recursos que cubran o palien, total o Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 44 y 47 del ROF
parcialmente, las mismas o similares necesidades.
Tercero.- Notificar el presente acuerdo al interesado para su conocimiento y efectos.
Con el disfrute o posibilidad de acceder, por parte de cualquier componente de la Cuarto.- Del presente decreto se deberá dar cuenta al Pleno de la Corporación en la unidad familiar, de manera simultánea a otras ayudas económicas, dirigidas al mismo primera sesión ordinaria que celebre, en cumplimiento del art. 42 del ROF.
concepto o similar, de otras administraciones u organismos públicos, de entidades
31/07/2020. EL ALCALDE, Firmado: José Juan Franco Rodríguez.
privadas reconocidas, etc..
Nº 40.674


AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NUMERO 33 TRANSFERENCIA
DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE DISTINTO PROGRAMA

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda, por el que se aprueba definitivamente el expediente de MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
NUMERO 33/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS, ENTRE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE DISTINTO
PROGRAMA.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 30.06.2020, TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS, ENTRE APLICACIONES DISTINTO PROGRAMA, en la forma que sigue:
CAPÍTULOS

DESCRIPCION

II

GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS

V

FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS

IV

CREDITOS INICIALES

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

10.347.731,27 €
20.524.378,25 €

600.000,00 €

MODIFICACIONES DE CREDITO

290.724,83 €
451.650,00 €

-500.000,00 €

CRÉDITOS FINALES

9.771.081,27 €

20.976.028,25 €
100.000,00 €

VI
INVERSIONES REALES
2.135.000,00 €
625.000,00 €
2.760.000,00 €

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

31/07/2020. COTEJADO, EL JEFE DE LA OGSP DEL AREA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. Fdo. Santiago Soler Rabadán. SECRETARIO GENERAL POR
SUPLENCIA. Fdo. Víctor Barbero Diéguez.
Nº 40.700


AYUNTAMIENTO DE BORNOS
ANUNCIO

El Sr. Alcalde Presidente con fecha 31-07-2020, ha dictado Decreto 1170/2020, por el que se resuelve que durante el período de ausencia del mismo, le sustituye asumiendo la totalidad de funciones, el 2º. Teniente de Alcalde, don Jesús Sánchez Castro, desde el día 1 al 28 de agosto de 2020.

Bornos, 31 de julio de 2020. El Alcalde, Firmado: Hugo Palomares Beltrán. .
Nº 40.706


AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA
MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NUMERO 37
CRÉDITO EXTRAORDINARIO
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sanlúcar de Barrameda
por el que se aprueba definitivamente el expediente de MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA NUMERO 37/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de CRÉDITO EXTRAORDINARIO financiado con cargo a resto de recursos venta de terrenos en la Anualidad de 2008 y sobrante de proyectos ya ejecutados REHABILITACIÓN FIRME BAJO DE GUÍA y MEJORA SEGURIDAD VIAL
LA JARA.

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 30.06.2020, CRÉDITO EXTRAORDINARIO, que se financia con cargo al resto de recursos venta de terrenos en la Anualidad de 2008 y sobrante de proyectos ya ejecutados REHABILITACIÓN FIRME BAJO DE GUÍA y MEJORA SEGURIDAD
VIAL LA JARA. recogidos en el Remanente de Tesorería Afectado, 31.12.19, en los siguientes términos:

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/8/2020

TítuloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaísEspaña

Fecha17/08/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6017

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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